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La Unión Europea ha enfrentado situaciones críticas con anterioridad y de todas ellas ha sabido salir avante. Sin embargo, el rechazo del referendo francés y del holandés a la Constitución Europea, ha suscitado incertidumbre respecto del futuro de dicha Unión. En consecuencia, los líderes de esta última deberán actuar con la mayor cautela posible, evitando que un núcleo de Estados miembros pretenda regirse por la Constitución, al margen de los demás países. Además, deberán reformular el texto constitucional, simplificándolo, haciéndolo más breve y, en particular, clarificando la distribución de poderes al seno de la UE. En este artículo se explicarán diversos aspectos propuestos en la Constitución Europea, que afectarían la vida de los ciudadanos de los Estados miembros de dicha Unión, en los ámbitos económico, político y social.
En el año 2003, los representantes de los quince gobiernos de los países que entonces conformaban la Unión Europea, se dieron a la tarea de redactar un conjunto de reglas, cuyo objetivo era el de normar la convivencia común de sus ciudadanos, así como el de delimitar sus relaciones con otros Estados europeos no pertenecientes a dicha Unión. El nombre por el que se le conoce comúnmente es el de Constitución Europea, aunque su nombre legal es el de Tratado por el que se establece una Constitución para Europa. Para los juristas, la diferencia técnica entre una Constitución y un Tratado, consiste en que la primera es el fruto de la deliberación de constituyentes electos, mientras que para la elaboración del segundo basta la participación de los Estados firmantes, representados por sus respectivos gobiernos. Adicionalmente, una Constitución deberá ser siempre refrendada por el pueblo mediante el procedimiento de referéndum, mientras que para el refrendo de un Tratado basta la firma de los gobiernos participantes, siendo opcional si se realiza referéndum o no. Sin embargo, diversas circunstancias han hecho que, en la práctica, prevalezca la expresión Constitución Europea para aludir a dicho Tratado. Una de las razones para que esto ocurriera es que las personas no especializadas en la temática jurídica, no hacen las distinciones técnicas mencionadas con anterioridad; otra razón es que, paradójicamente, el Tratado sí contiene, como veremos en este trabajo, múltiples características que corresponden a una verdadera Constitución. Por lo anterior, nosotros usaremos...