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La unidad constitucional de España y la ?milonga? catalana (3)
La stc 259/2015, de 2 de diciembre, de manera impecable, declaró inconstitucional y nula la declaración secesionista y rebelde del Parlamento catalán de 9 de noviembre de ese mismo año (ver nuestros comentarios sobre la preocupante situación en Ais-Ars Iuris Salmanticensis, 2016, n.° 1: 391-397, y en Ais-Ars Iuris Salmanticensis, 2017, n.° 1: 327-331, pero el envite golpista contra la Constitución española de 1978 y contra el sistema democrático ha continuado durante 2017, de manera ciertamente empecinada; pero el Estado de Derecho y las Instituciones democráticas siguen funcionando con normalidad, y continúan anulando tales intentos secesionistas antidemocráticos y golpistas.
Esta nueva etapa de la lucha contra la ?milonga catalana? se inicia con el Auto tc 24/2017, de 14 de febrero, relativo al incidente de ejecución de la stc 259/2015, del atc 141/2016, de la Providencia de 1 de agosto de 2016 y del atc 170/2016, en relación con determinados apartados de la Resolución del Parlamento regional 306/ XI, de 6 de octubre de 2016, sobre la orientación política general del Gobierno (ворс n.° 237, del 18), que reafirma inequívocamente la intención de realizar un referéndum vinculante de independencia y abrir un proceso constituyente a continuación. El Abogado del Estado solicitó en su escrito por el que promueve incidente de ejecución que se declaren nulos y sin efecto jurídico alguno los referidos apartados de la resolución citada, así como otras medidas.
El Tribunal Constitucional afirma, claramente, que
nos enfrentamos una vez más -la tercera- a un supuesto de contravención, por parte del mismo poder público, de los pronunciamientos contenidos en la stc 259/2015. Esta declaró inconstitucional y nula la resolución 1/xi del Parlamento de Cataluña; Cámara que aprobó su resolución 306/xi cuando, como señala el Abogado del Estado (y corrobora en su informe quien a la sazón desempeñaba el puesto de Secretario General del Parlamento), ya tenía conocimiento del atc 170/2016, que declaró la nulidad de la resolución 263/xi, por la cual se ratifica el informe y las conclusiones aprobadas por la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente creada por la resolución 5/xi. Sobre esta había recaído previamente el atc 141/2016, estimatorio del incidente de ejecución promovido contra la misma, en el que se advertía expresamente...