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Introducción
Examinar una estadística disciplinaria, para reflexionar sobre la incidencia del abandono de los deberes profesionales en el descrédito de la administración de justicia, en la crisis de la administración de justicia, y en la dudosa reputación de los abogados, es una tarea inaplazable.
Los datos que se leen en este escrito fueron proporcionados por el Consejo Superior de la Judicatura, a partir de una muestra logitudinal (Alba y Ruiz, 2015) que comprende los años 2010 a 2014 inclusive. La muestra, corresponde a los abogados en litigio, y a aquellos que desarrollan actividades de consultoría; excluye, en consecuencia, a los abogados funcionarios públicos.
La elección de la muestra, obedeció a encontrar datos que reflejaran, simultáneamente, la aplicación del Decreto 196 de 1971, y la Ley 1123 de 2007, con el ánimo identificar tendencias en determinadas conductas de los abogados, en el ejercicio de la profesión, y de establecer con cierto grado de aproximación, la eficacia de la nueva legislación.
El estudio de datos, nos permite establecer una realidad objetiva bastante aproximada, porque aunque ellos no corresponden a una muestra completa (si se tiene en cuenta que en algunos casos por negligencia y en otros por temor, no se denuncia la transgresión a la norma, lo cual, de por sí, entraña la impunidad de algunas de las conductas profesionales), sí permiten mostrar una tendencia conductual, para plantear algunas hipótesis que deriven en un diagnóstico sobre el estado actual del ejercicio de la profesión.
Por otra parte, identificar la proclividad a determinadas conductas, nos permite poner el acento en las responsabilidades que trascienden en todo caso los taxativos deberes del saber hacer, a responsabilidades de contenido ético, las cuales han de ser consideradas, dada la trascendencia social del ejercicio de la profesión.
Esta lectura además, tiene como propósito especial, contribuir a la construcción de lo público[1] y por qué no, a la política pública, en el sentido de exigencia de responsabilidad especial para el ejercicio de los deberes especialísimos de quienes se dedican al ejercicio del derecho, como agentes de justicia, en tanto contribuyen activa y necesariamente, a la realización del más alto valor de la comunidad. Por eso, este escrito va dirigido a:
· Las instituciones públicas y privadas, porque podrán dirigir sus esfuerzos al mejoramiento...