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Los casos presentados en este trabajo y muchos otros, nos muestran que generalmente, las decisiones estatales respecto a cuándo, dónde y cómo explotar los recursos naturales o impulsar megaproyectos, se justifican en nombre de los intereses de la Nación, los cuales, suelen ser interpretados como el reflejo de los intereses de la mayoría. De ahí que, las conclusiones corresponden a cada pueblo indígena.
Introducción
Este artículo se ubica en la etapa actual, la de la justiciabilidad en tiempos neoliberales, donde los pueblos indígenas en la región están defendiendo sus territorios ,utilizando los derechos que lograron las últimas tres décadas. El componente central de la resistencia indígena es la organización para la defensa de sus territorios, y el uso del derecho tiene sentido sólo en ese contexto (Gómez, 2011). Me propongo colocar elementos para la reflexión sobre el sentido de la decisión de algunos pueblos indígenas de recurrir a instancias judiciales apelando a la violación al derecho a la consulta y en su gran mayoría es el derecho al territorio en peligro de despojo. Para ello, me apoyaré en tres casos que ofrecen escenarios y desenlaces sobre la lucha jurídicopolítica cuya valoración corresponde a los pueblos: la tribu yaqui en Sonora contra el Acueducto Independencia (Gómez, 2018), comunidad binni'zaa del Istmo de Tehuantepec en Juchitán, Oaxaca, contra los parques eólicos (Gómez, 2017) y la comunidad de San Miguel del Progreso en Guerrero contra una concesión minera. Cobra sentido esta mirada frente a nuevas amenazas del actual gobierno que encabeza el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, como la de los inconsultos megaproyectos del tren que llaman maya, el corredor transístmico y el Plan Integral Morelos, que abarca un gasoducto, un acueducto y una termoeléctrica en Huexca1.
Acerca del derecho a la consulta, establecido en el artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) existe jurisprudencia muy diversa y criterios expresados desde los órganos de control de la OIT a través de su comité de expertos así como del sistema interamericano (OIT, 2009a; 2009b). Se ha insistido en la lógica de que la consulta se oriente a la construcción de acuerdos, lo cual plantea de parte de los estados serias objeciones. Una de ellas, la más álgida, es la relativa...





