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Palabras clave: cooperativismo - electricidad - Córdoba - financiamiento Abstract The study focuses on an example of inter - cooperative associative: the Financing Institute of Public Service Cooperatives (IFICOSEP), cooperative of cooperatives with a strictly financial nature that organized the solidarity credit for the benefit of its membership. [...]the aim of the institute was to satisfy the financial needs of partner entities through a capital fund and facilitate access to other national and international financial sources, for the development of mid and long term investment projects. La cuestión del financiamiento del accionar cooperativo eléctrico es un tema ya tratado con anterioridad y por lo tanto en este caso lo que se ofrece es una síntesis de trabajos anteriores, a la que se han incorporado nuevos datos.1 Ahora bien, aunque para una mejor comprensión de la cuestión tratada, el análisis está precedido de una rápida referencia a la política estatal, especialmente la crediticia, a la que debieron amoldarse las cooperativas, en esencia el propósito es profundizar, a partir de fuentes oficiales, del propio instituto y de diversas entidades cooperativas de primero y segundo grado que incluyen informes estadísticos e información cualitativa, el análisis del accionar del IFICOSEP en sus dos décadas de vida, prestando atención a las modalidades aplicadas a los préstamos otorgados, a las características de las entidades beneficiadas, a la evolución del volumen de los fondos prestados y, especialmente, el destino que se dio a los mismos, pues a medida que la institución se afianzó de créditos para financiar pequeñas obras se pasó a préstamos para la ejecución de obras de gran envergadura, como la construcción e instalación de redes de gas natural. Esa actitud, sin embargo, contrastó francamente con la conducta seguida por el gobierno de Córdoba que a partir de mediados de la década de 1930, cuando el fenómeno cooperativo eléctrico comenzaba su desarrollo en la provincia, comprendió la importancia económica y social del mismo.
Resumen
El estudio se centra en un ejemplo de asociativismo inter-cooperativo: el Instituto de Financiamiento de Cooperativas de Servicios Públicos (IFICOSEP), cooperativa de cooperativas de carácter estrictamente financiero que organizó el crédito solidario en beneficio de su membrecía. Esta entidad de segundo grado, cuya proyección es regional, fue fundada en la provincia de Córdoba en julio de 1992 por un grupo de cooperativas con dificultades para acceder a créditos y que se propusieron crear esta instancia financiera autogestiva. Por lo tanto, el objetivo del instituto fue satisfacer las necesidades financieras de las entidades asociadas a través de un fondo de capital y facilitar el acceso a otras fuentes financieras nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos de inversión a mediano y largo plazo.
Palabras clave: cooperativismo - electricidad - Córdoba - financiamiento
Abstract
The study focuses on an example of inter - cooperative associative: the Financing Institute of Public Service Cooperatives (IFICOSEP), cooperative of cooperatives with a strictly financial nature that organized the solidarity credit for the benefit of its membership. This second-grade entity, whose projection is regional, was founded in the province of Cordoba in July of 1992 by a group of cooperatives with difficulties accessing to credits that decided to create this selfmanaged financial instance. Therefore, the aim of the institute was to satisfy the financial needs of partner entities through a capital fund and facilitate access to other national and international financial sources, for the development of mid and long term investment projects.
Key words: cooperative - electricity - Cordoba - financing
Introducción
El propósito de este estudio es analizar un ejemplo de asociativismo inter-cooperativo, el del Instituto de Financiamiento de Cooperativas de Servicios Públicos (IFICOSEP), que es una cooperativa de segundo grado de carácter estrictamente financiero, que organizó el crédito solidario en beneficio de su membrecía y sus respectivos lugares de actuación. El IFICOSEP es una instancia financiera autogestiva que tiene proyección regional y que fue fundado en julio de 1992 en la provincia de Córdoba por un grupo de trece cooperativas con dificultades para acceder a créditos. Su objetivo es satisfacer las necesidades financieras de las entidades asociadas a través de un fondo de capital y facilitar el acceso a otras fuentes financieras nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos de inversión a mediano y largo plazo.
La cuestión del financiamiento del accionar cooperativo eléctrico es un tema ya tratado con anterioridad y por lo tanto en este caso lo que se ofrece es una síntesis de trabajos anteriores, a la que se han incorporado nuevos datos.1 Ahora bien, aunque para una mejor comprensión de la cuestión tratada, el análisis está precedido de una rápida referencia a la política estatal, especialmente la crediticia, a la que debieron amoldarse las cooperativas, en esencia el propósito es profundizar, a partir de fuentes oficiales, del propio instituto y de diversas entidades cooperativas de primero y segundo grado que incluyen informes estadísticos e información cualitativa, el análisis del accionar del IFICOSEP en sus dos décadas de vida, prestando atención a las modalidades aplicadas a los préstamos otorgados, a las características de las entidades beneficiadas, a la evolución del volumen de los fondos prestados y, especialmente, el destino que se dio a los mismos, pues a medida que la institución se afianzó de créditos para financiar pequeñas obras se pasó a préstamos para la ejecución de obras de gran envergadura, como la construcción e instalación de redes de gas natural.
Instituciones gubernamentales y políticas públicas
El desarrollo eléctrico cooperativo en la provincia de Córdoba no escapa al escenario nacional y esta afirmación es también aplicable a las instituciones gubernamentales, pero en lo que se refiere a las políticas públicas se observan algunas interesantes diferencias.
En la Argentina, si bien a las cooperativas en general se les había otorgado reconocimiento legal mediante la ley nacional 11.388 sancionada en 1926, respecto de las cooperativas eléctricas la actitud que el Estado -nacional o provincial- adoptó a través del tiempo osciló entre la indiferencia, el ataque y el considerarlas como una fuerza positiva para el cambio económico y social. En sus comienzos la cooperación eléctrica fue atacada, a veces despiadadamente, por las empresas privadas de capital extranjero, en tanto que algunos gobiernos provinciales y municipales tardaron en comprenderla y aceptarla. Esa actitud, sin embargo, contrastó francamente con la conducta seguida por el gobierno de Córdoba que a partir de mediados de la década de 1930, cuando el fenómeno cooperativo eléctrico comenzaba su desarrollo en la provincia, comprendió la importancia económica y social del mismo.
Para la provincia de Córdoba, la década de 1930 es crucial porque marca el comienzo de la decidida política de intervención del Estado en el sector eléctrico y una de las razones que provoca tal intervención es sin duda la necesidad de apoyar el desarrollo industrial a través de un abastecimiento regular y suficiente de energía pero, por sobre todo, la motivación está dada por la conveniencia de defender las fuentes provinciales de energía. En las décadas de 1930 y 1940 el Estado provincial se fue preparando para asumir un rol protagónico no sólo como regulador sino también como empresario en el sector eléctrico, cuya situación se había convertido en un problema de Estado que exigió una inmediata solución, pero que en un primer momento no fue visto ni enfrentado del mismo modo por la clase política en su conjunto.
El lugar que las cooperativas eléctricas ocuparon en ese avance intervencionista fue definido en el informe que en 1935 presentó la Comisión de Estudio de Concesiones Eléctricas, creada en 1932 por el gobernador demócrata Pedro J. Frías. En ese documento conocido como Informe Río-Bobadilla, al delinear la política eléctrica futura respecto a las empresas del sector, se propuso una configuración que reservase a una entidad autárquica del Estado, bajo la fiscalización de los poderes públicos, las grandes centrales de generación y las líneas de transporte de energía y que concediera la distribución local a empresas particulares. "Este sistema -aseguró-, que ha sido aplicado en formas semejantes en otros países, permitiría la suficiente intervención del Estado, sin implicarlo excesivamente en el comercio, la organización técnica de la industria y la realización de las útiles iniciativas privadas locales, impidiendo el monopolio capitalista". Acerca de las empresas de distribución, el informe sugirió que con preferencia se procurase "la formación de sociedades de tipo cooperativista, en que se dé la condición de sana economía de identidad de quienes hacen las aportaciones a la empresa y de quienes usan de sus servicios."2
Casi tres lustros después, en la constitución provincial reformada en 1949 se reafirma esa política cuando no solamente se declara que "los servicios públicos pertenecen originariamente, según su naturaleza o característica, a la provincia o a las municipalidades y no podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. El Estado organizará y controlará su administración", sino que además se afirma que: "En caso que el Estado no los pueda explotar por cualquier circunstancia, se otorgarán en forma precaria a cooperativas y, en su defecto, a argentinos nativos. Los que se hallen en poder de particulares serán transferidos al Estado mediante compra o expropiación con la indemnización previa, cuando una ley lo determine". Es decir, la constitución reformada consagra un principio que venía siendo sostenido por la dirigencia cordobesa de distintos signos políticos, desde hacía más de una década.
No debe sorprender por tanto que la política eléctrica que venía gestándose desde mediados de la década de 1930, culminase en 1953 con la creación de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC), a cuyo cargo quedó la generación, explotación, industrialización, transporte, distribución y comercialización de la energía eléctrica en todo el territorio de la provincia; el fomento y asesoramiento en la constitución de sociedades cooperativas que tuviesen por objeto la prestación del servicio público y privado de energía eléctrica, y el contralor posterior de su funcionamiento; y toda otra actividad vinculada con los servicios de energía eléctrica en la que, por su naturaleza, el Estado debiese intervenir. EPEC monopolizaría el negocio eléctrico provincial y sus relaciones con el poder ejecutivo se mantendrían por intermedio del ministerio de obras públicas.
La ley 4358 que crea EPEC definió la política que en materia eléctrica rigió en la provincia en las décadas siguientes, según la cual la función que el Estado provincial se reservaba para sí era la de proveedor de la infraestructura eléctrica -es decir, la prestación de obras y servicios en gran escala-, mientras que la adecuación de los servicios a las necesidades concretas de cada comunidad quedaba en manos de las cooperativas que actuarían como intermediarias entre el Estado y los usuarios. De este modo el carácter de servicio público quedaba reservado solamente a la distribución, es decir, a los actos que ponen la electricidad a disposición de los usuarios, en tanto que la generación, la transformación y la transmisión se califican como actividades de interés general.
En la implementación de esa decidida política de fomento cooperativo no sólo intervino EPEC, sino que con ese fin se crearon otros organismos. A fines de 1959 se organizó el Departamento de Promoción y Fomento Cooperativo, dependiente del ministerio de hacienda y previsión social, cuya función específica fue brindar apoyo a las cooperativas asesorándolas en cualquier situación.3 Ese apoyo fue técnico, legal, contable y crediticio, y también mediante préstamos de equipos -relojes, conductores, armaduras, etc.- y la venta de cables, lámparas y otros elementos necesarios para el mejor servicio. Al año siguiente, en ese departamento se instituyó el Registro Permanente de Cooperativas,4 repartición que debía ocuparse del empadronamiento de las cooperativas ya existentes y de las que en el futuro se creasen en la provincia.
La ley de creación de EPEC es una medida legislativa que tiende a fomentar el accionar de las cooperativas y que convierte al Estado en agente promotor del cooperativismo eléctrico a través de esa empresa y de los organismos que se creasen con posterioridad. Esa política de fomento seguida respecto de las cooperativas se basaba en el convencimiento de que sería la constante colaboración entre ellas y EPEC, lo que permitiría el logro de los objetivos fundamentales de la política eléctrica encarada por el gobierno a través de su organismo especializado. Son razones económico-financieras las que determinan la opción por las cooperativas para gestionar la etapa de distribución y comercialización de energía eléctrica, porque de esa manera el Estado evitaba hacerse cargo de un servicio público que no estaba en condiciones de prestar en forma directa, pero que al ser efectuado por una cooperativa aseguraba la defensa del interés de los consumidores. Sin embargo, a las cooperativas sólo se les asignó el servicio en las zonas más desfavorables y con escasa densidad de población -pequeñas y medianas localidades del interior provincial y las áreas propiamente rurales-, pero no en los grandes centros urbanos y zonas turísticas donde el negocio eléctrico era rentable y al Estado le convenía, por lo tanto, que allí el servicio fuese prestado en forma directa por la empresa eléctrica provincial. De todos modos esa limitación no frustró el esfuerzo cooperativo pues las cooperativas eléctricas no solamente fueron motor del crecimiento de muchas poblaciones en el interior provincial sino que también garantizaron la participación democrática de sus habitantes, llegando a ser en muchos casos, además, las empresas más importantes en sus respectivas localidades. Es en ese marco que se desenvolvió la relación de las cooperativas eléctricas con el Estado provincial, que las promovió y autorizó a funcionar en aquellos lugares en donde no le era posible prestar el servicio o sencillamente no era de su interés, frente a la creciente necesidad de los usuarios de contar con un servicio que les permitiera mejorar su calidad de vida y acercara el progreso a su localidad.
El Estado y la financiación de los emprendimientos cooperativos
En la provincia de Córdoba como en el resto de la Argentina el desarrollo del cooperativismo eléctrico fue arduo debido a su incapacidad para financiar tanto la instalación del servicio como las mejoras en su explotación. Esta dificultad, que siempre acompañó su evolución, fue el resultado de una política crediticia que durante mucho tiempo desprotegió a las cooperativas y las dejó libradas a su solo esfuerzo, pues si bien algunas entidades lograron que sus primeras instalaciones fueran financiadas sobre la base de créditos -comerciales o bancarios- a corto plazo y con altos intereses, esto sólo ocurrió en los comienzos del cooperativismo eléctrico y nunca fue una buena solución ni tampoco estuvo al alcance de todas las cooperativas.
Casi simultáneamente a la sanción de la ley general de cooperativas 11.388 y a la creación de la primera cooperativa eléctrica argentina en Punta Alta, en 1926 el Estado nacional dictó otra ley -la 11.380- sobre créditos a cooperativas, que facultó al Banco de la Nación Argentina y al Banco Hipotecario Nacional a concederles créditos de hasta el 80% de la inversión total a realizar y pagaderos en cómodos plazos. Sin embargo, la realidad muestra que tanto esos bancos oficiales como los privados, por lo general prestaron muy escasa atención a los requerimientos de crédito de las cooperativas eléctricas, a las que se les acordó préstamos muy reducidos en relación con los montos de inversión y se les exigió avales y garantías personales de sus consejeros, lo que con frecuencia obligó a recurrir a la capitalización adicional de los propios asociados. Esa iniciativa fue complementada años después por la ley 11.684 que creó la Sección Crédito Agrario en el Banco de la Nación Argentina, en la que luego se organizó la Inspección de Cooperativas encargada de supervisar e impulsar a estas entidades a través del crédito. Una década después, el Banco de Crédito Industrial Argentino -creado en 1943- abrió líneas de crédito destinadas a los entes cooperativos y durante toda la gestión peronista (1946-1955) las cooperativas eléctricas se beneficiaron con créditos a bajo costo otorgados por este banco.5 No obstante, el número de préstamos otorgados fue ínfima y de tramitación muy laboriosa y, además, en la práctica muy pronto esta fuente de financiamiento también quedó eliminada.
En el caso de Córdoba, ese escaso e insuficiente apoyo financiero proveniente de instituciones bancarias nacionales podría haber sido reforzado por el banco oficial si el Estado provincial hubiese contado con los fondos necesarios, pero es de lamentar que esto no sucediera pese a la política favorable al cooperativismo eléctrico. En efecto, concordando con esa política y como una manifestación concreta de la misma, en 1940 la legislatura sancionó la ley 3877 que facultaba al Banco de Córdoba para que por cuenta del gobierno provincial acordase a las cooperativas eléctricas préstamos especiales de hasta un 60% del costo de maquinarias y materiales, a un interés del 5% anual.6 Sin embargo, aunque el proyecto presentado por un senador radical fue recibido con general complacencia, porque la política favorable al cooperativismo eléctrico era compartida por la clase política en su conjunto, incluido el sector demócrata, la ley fue vetada por el gobernador radical Santiago H. del Castillo porque en el presupuesto general no había fondos disponibles para atender ese gasto.
Durante la primera administración peronista (1946-1955) el panorama comenzó a cambiar en forma efectiva y favorable, cuando el gobierno federal dispuso que de la cuestión se ocuparan los entes oficiales vinculados con la prestación del servicio eléctrico, los que empezaron a atender los problemas de financiamiento de las cooperativas. Empero, ese cambio no alcanzó para superar la dificultad representada por la incapacidad para financiar la instalación del servicio, agudizada por la ausencia de una política crediticia adecuada, y esa política no se afianza hasta la sanción en 1960 de la ley nacional 15.336, que crea el Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior (FEDEI), y de la resolución N° 29/63 de la Secretaría de Energía que permitió el acceso directo de las cooperativas a esta fuente crediticia que otorgaba préstamos a 15 años de plazo y 6% de interés.
En la provincia de Córdoba, a partir de 1961 será EPEC el organismo provincial que actuará como intermediario en las tareas vinculadas con la distribución y contralor del auxilio financiero federal asignado por el FEDEI para cubrir déficit de explotación y fueron numerosas las cooperativas y usinas particulares beneficiadas con ese tipo de préstamos. Con todo, esos aportes nacionales, aunque importantes, fueron insuficientes pues siguieron faltando las fuentes crediticias para el desenvolvimiento de corto plazo y para la diversificación de actividades y fue inevitable que la acción del gobierno nacional fuera complementada por la de las provincias, que en el caso de Córdoba también se realizó a través de EPEC.
Al momento de sancionarse la ley 15.336 las autoridades de EPEC, compenetradas de la función que competía al Estado y de las dificultades financieras que debían afrontar las cooperativas, mediante resolución del 22 de noviembre de 1958,7 ya habían dispuesto la creación del "Fondo para Fomento de Sociedades Cooperativas de Electricidad", formado con recursos provenientes del presupuesto y con los intereses devengados por los préstamos a acordar con tales recursos. No obstante, si bien la creación de ese fondo vino a complementar la financiación ofrecida por el gobierno nacional, esa medida no fue todo lo efectiva que se esperaba debido a que los recursos votados por la legislatura provincial fueron exiguos y no alcanzaron a cubrir el volumen de los pedidos formalizados por las cooperativas; en algunos casos, los préstamos fueron utilizados en el mejoramiento de las maquinarias y líneas de distribución y en otros para realizar las obras eléctricas más necesarias y urgentes como para iniciar la prestación del servicio.
La exigüidad de los fondos oficiales, tanto federales como provinciales, destinados a apoyar financieramente al cooperativismo eléctrico incidió negativamente en el desarrollo de las pequeñas cooperativas del interior provincial, sobre todo en aquellas que pretendieron iniciar proyectos de electrificación rural, pues el elevado costo del tendido de líneas que llevaran la electricidad hasta el campo propiamente dicho determinó que el servicio prestado por ellas sólo beneficiara a las poblaciones, en muchos casos pequeñas, pero no a su zona de influencia. Por la misma razón, la electrificación del agro fue una cuestión que los poderes públicos aplazaron de suerte que casi hasta comienzos de la década de 1970 no planificaron ni un metro de línea rural. En consecuencia fueron las cooperativas las precursoras en esta cuestión y en la actualidad las doscientas cuatro cooperativas eléctricas cordobesas atienden un tercio de las conexiones eléctricas de toda la provincia y el 95 % de la electrificación rural.
Es verdad que desde comienzos de los años 60', en esa tarea las cooperativas fueron apoyadas por el Estado provincial a través de EPEC, cuyo personal especializado promovió numerosas reuniones pro electrificación rural destinadas a la preparación de proyectos de obras a ejecutar por ellas. Merced al esfuerzo propio y a ese apoyo, para fines de la década de 1960 ya se habían construido diez líneas de electrificación rural, catorce estaban en obra y otras ocho listas para iniciar los trabajos y la electrificación rural ya beneficiaba a las chacras y quintas aledañas a la ciudad capital y a algunas zonas más alejadas del interior provincial.8 Empero, ese avance era ínfimo debido a la señalada escasez de recursos crediticios puestos en juego por el Estado y a la ausencia también del crédito privado.
Aunque con evidente atraso, el apoyo estatal finalmente llegó para proporcionar el marco legal en el que se insertara la acción tanto estatal como cooperativa cuando en 1971, durante el gobierno de facto de Helvio Nicolás Gouzden, se sanciona la ley 5252 que declaró de interés provincial y de "urgente necesidad para el desarrollo de la economía agropecuaria" la promoción y ejecución de obras de electrificación rural, entendiendo por tales a las destinadas a proveer de electricidad a los predios rurales y/o plantas industriales de actividades afines radicadas en la zona de influencia de las obras de electrificación. Los encargados de realizar los estudios dirigidos a determinar las necesidades y a satisfacerlas, mediante "un racional y económico abastecimiento de energía eléctrica" desde las fuentes de producción que operaba EPEC hasta las zonas rurales, serían esa empresa oficial y el ministerio de agricultura y ganadería, los que actuarían conjuntamente con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). El costo total de las obras estaría a cargo de los contribuyentes y sería prorrateado entre ellos de la siguiente manera: 20% por partes iguales, 50% en proporción a la superficie del predio y el 30% restante directamente proporcional a la potencia demandada por el futuro usuario. La cooperativa financiaría a los contribuyentes, como mínimo, el 60% del costo de las obras de electrificación obligatoria, con un plazo igual al que le fuese concedido a ella por la entidad crediticia que otorgase el préstamo; el saldo hasta cubrir el 100% sería aportado por los contribuyentes en un máximo de cuatro cuotas iguales.
La ley 5252 confirmó definitivamente el papel insustituible que las cooperativas eléctricas debían desempeñar en el proceso de electrificación de las áreas rurales y marcó asimismo el comienzo de una etapa en que ese proceso adquirió un ritmo más acelerado, aunque condicionado por las circunstancias de una época demasiado inestable, marcada por una serie de fenómenos políticos, económicos y sociales que conmovieron al país. También es evidente que la acción mancomunada llevada adelante por el Estado provincial a través de EPEC y los entes cooperativos fue decisiva para la electrificación de las áreas rurales, a lo que hay que agregar asimismo que este proceso se vio favorecido por los programas nacionales de electrificación rural, que contaron con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo, del Banco de la Nación Argentina y de la Secretaría de Estado de la Nación.
De acuerdo al Primer Programa Nacional de Electrificación Rural, la financiación se hizo de la siguiente manera: Banco Interamericano de Desarrollo, 40%; Banco de la Nación Argentina, 20%; Secretaría de Estado de la Nación, 20%; usuarios, 20%. En el plan eléctrico del año 1977 las autoridades provinciales destacaron la importancia de aprovechar al máximo este tipo de posibilidades para realizar obras públicas, "sin ocasionar erogación alguna al Estado provincial, dado que el responsable de las obligaciones emergentes de los créditos es el propio usuario, quien ve facilitada la absorción de este cargo por las condiciones favorables de los mismos."9
La solución al problema del financiamiento:
el dinero de las cooperativas administrado por ellas mismas
El apoyo financiero ofrecido por la provincia y por los organismos nacionales no alcanzó para satisfacer las necesidades de las cooperativas cuya situación financiera siguió siendo un problema y entonces la única solución que se encontró fue la de recurrir al crédito solidario. Esa idea no era nueva sino que venía siendo propiciada por pacíficas y persistentes acciones desarrolladas a lo largo de más de dos décadas por un destacado especialista en cooperativas, el contador Constancio F. Beltramo,10 quien a mediados de 1992 logró concretar la creación del Instituto de Financiamiento de Cooperativas de Servicios Públicos (IFICOSEP), que como ya se dijo es una cooperativa financiera de segundo grado cuyo fundamento es "el dinero de las cooperativas administrado por ellas mismas" y que su financiamiento no depende de la banca estatal, porque como sostiene su actual titular Jorge Ricardo Bértola, representante de la Cooperativa de Elena, eso ataría al instituto "a los vaivenes políticos", los que repercutirían en su manejo.
El accionar del IFICOSEP
A partir de la concepción estratégica de Beltramo, basada en la exitosa experiencia de las cooperativas de Estados Unidos agrupadas en la NRECA11 y en la certeza que las cooperativas de servicios públicos son excelentes sujetos de crédito, Beltramo vio que una cooperativa de segundo grado, cuya finalidad se centrara en un objetivo específico cual es proveer financiamiento a tasas adecuadas y sin mayores restricciones a sus asociadas, era una muestra de cuánto se puede realizar en este campo sencillamente cubriendo la demanda planteada por las propias entidades interesadas y generando lazos de respaldo para el sector. Es oportuno destacar que hasta ese entonces, la integración de las cooperativas eléctricas y de servicios públicos existentes en distintas localidades del interior provincial, se expresaba a través de la pertenencia a federaciones, con objetivos de defensa del interés común mediante acciones de tipo gremial.12
Merced a su fecundo accionar a lo largo de veinte años de vida institucional, y a pesar de los fuertes shocks económicos, nacionales e internacionales, que trajeron serias consecuencias a la economía argentina, actualmente la membrecía del IFICOSEP alcanza a 106 asociadas, las que, mediante un aporte continuo que no restringe sus finanzas, obtienen grandes beneficios por su participación en esta organización inter-cooperativa. Esa favorable respuesta de las cooperativas de primer grado hizo posible que, desde 1995, el IFICOSEP pudiera dar una solución eficaz a sus problemas de liquidez, otorgándoles adecuados soportes financieros para resolver situaciones provocadas por la difícil coyuntura económica del país, impulsada por la crisis externa.
El seguro y responsable accionar del IFICOSEP permitió a las cooperativas asociadas apreciar la importancia de contar con un organismo financiero especializado de su propiedad, al cual dirigirse frente a la necesidad de ayuda rápida y a tasas de interés viables, que no afectaran sus estructuras de costos y sin necesidad de garantías reales o la exigencia del aval de los propios consejeros, práctica común que se les requería al solicitar asistencia financiera a cualquier tipo de entidad bancaria. Por otra parte, además de la atención crediticia, el IFICOSEP ofrece otros tipos de prestaciones. Es decir, su accionar no se limita solamente al otorgamiento de créditos a las cooperativas asociadas sino que también les ofrece otros importantes servicios, tales como la promoción de la vinculación directa entre ellas; el otorgamiento de avales, fianzas u otras garantías que las mismas requieran; la provisión de liquidez y el servicio de administración de los fondos de sus asociadas. Junto a esta última, que tuvo un fuerte impacto en sus cooperadas, otra importante actividad del IFICOSEP fue la organización de una estructura de compras agrupadas y de venta anticipada de energía eléctrica, a la cual adhirieron buen número de cooperativas de servicios públicos, que se beneficiaron con los retornos propios de las compras en volumen y los atributos específicos de los sistemas de pre-venta.
Características de los préstamos otorgados por el IFICOSEP
En la actualidad las más de cien cooperativas asociadas al IFICOSEP tienen su sede en las provincias de Córdoba, Santa Fe, Santiago del Estero y Buenos Aires y su cartera activa supera los diez millones de pesos, mientras que sus últimos balances indican que los préstamos otorgados, con fuentes de financiación propia y de terceros, también rondan esa cifra.
Desde su creación el IFICOSEP, cuya sede está en la ciudad de Córdoba, otorgó créditos a las cooperativas de servicios públicos para la realización de obras. Las líneas de créditos habilitadas son: 1) para financiamiento de proyectos;13 2) para cubrir necesidades transitorias de liquidez;14 3) ambas líneas de crédito contribuyen a sufragar los gastos de funcionamiento del Instituto con una suma equivalente al 20% de los intereses de cada préstamo.
Para acceder a los créditos es necesario asociarse, y para ello se debe presentar una solicitud por escrito, acreditar el carácter de cooperativa prestataria de algún servicio público o de entidad auxiliar cuyos miembros sean mayoritariamente asociados al instituto, suscribir un capital mínimo inicial equivalente a la cuarta parte del uno por ciento (1%) del patrimonio neto de la cooperativa, que se puede integrar en cuotas, y suscribir capital adicional a razón de $0,25 por usuario y por mes mientras mantenga el carácter de asociada.
La obligación de cada asociada de suscribir un capital inicial hizo que el IFICOSEP no comenzara a otorgar préstamos en forma inmediata luego de su creación, sino que al comienzo las entidades realizaron ese aporte de dinero que, después de un período de carencia, se volcó al crédito para financiar pequeñas obras. Con el tiempo se fueron sumando más cooperativas a las asociadas en un primer momento y el volumen de fondos creció permitiendo otorgar préstamos para la ejecución de obras de gran envergadura, como la construcción e instalación de redes de gas natural.
El análisis de los préstamos otorgados en los últimos años -desde diciembre de 2010 a diciembre de 2013-, permite arribar a algunas conclusiones importantes. En primer lugar y como se observa en la tabla 1, en ese lapso los préstamos otorgados fueron 172 y el monto total involucrado se acerca a los cuarenta millones de pesos, con más de nueve millones en cada uno de los tres últimos años. En segundo lugar y según indica la tabla 2, las cooperativas beneficiadas fueron en total 57, aunque la distribución de los préstamos entre ellas fue notablemente desigual, pues 36 sólo recibieron uno o dos, 19 entre tres y ocho y una cooperativa obtuvo veinticuatro préstamos.15
La financiación otorgada por el IFICOSEP ha permitido a las cooperativas asociadas realizar las más diversas obras y también ha contribuido a paliar contingencias financieras temporales. Por eso es interesante mostrar concretamente el destino dado a los fondos prestados en los últimos años. La tabla 3 indica que de los 172 créditos entregados la mayor parte -142- fueron para financiamiento de capital de trabajo, servicio eléctrico y de Internet, renovación y ampliación del parque automotor y construcciones y refacciones varias.
En lo que se refiere al servicio eléctrico, los préstamos recibidos por las cooperativas fueron para obras de electrificación rural; remodelado de redes y mejora del servicio; adquisición, instalación y/o reparación de transformadores; construcción de líneas de media tensión; compra de un equipo de reguladores de alto voltaje; construcción de subestaciones de rebaje y compra de plumas y postes de cemento. Mientras que en el caso del servicio de agua corriente lo fueron para ampliación cisternas; construcción de pozos; redes de distribución; reemplazo de cañerías e inversiones varias. El único préstamo otorgado al servicio de cloacas fue destinado a la compra de maquinarias y accesorios para la ejecución de ampliación de obras.
El servicio de Internet merece una mirada especial. Sus 21 préstamos fueron para adquisición de equipamiento para el servicio de banda ancha, digitalización y tendido de fibra óptica. Todos ellos fueron entregados entre 2012 y 2013 y en su mayoría estuvieron destinados a la interconexión del Valle de Calamuchita. Esta trascendente obra fue solventada con fondos propios del sector cooperativo y créditos del IFICOSEP -la inversión fue de 290 mil dólares- y realizada por el Consorcio Cooperativo del Valle de Calamuchita que incluye a un conjunto de cooperativas del interior de la provincia16 y que a mediados de 2013 inauguró 80 km de tendido de fibra óptica. Por medio de la misma las entidades participantes brindan el servicio de Internet en la región, contando actualmente con unos 7.000 usuarios adheridos. Además, el proyecto posibilitó explorar un tipo de alianza cooperativa regional que puede servir de precedente para otras localidades cordobesas.
En cuanto al rubro construcciones y/o refacciones varias creemos interesante señalar que en él se incluyen el cerramiento de un depósito cooperativo, la construcción de salas velatorias y de panteones y nichos en cementerios locales, polideportivos con salón de usos múltiples, un hogar geriátrico y una biblioteca popular.
Por último veamos cuál fue la modalidad de los préstamos otorgados por el IFICOSEP en los últimos años. Según indica la tabla 4 son dos las modalidades de crédito ofrecidas por el instituto, el contrato de mutuo y el descuento de documento, entre las que se repartieron casi por igual el total de préstamos otorgados, 81 en el caso de la primera y 91 en el de la segunda. En cuanto a los plazos para la cancelación de los préstamos, en el primer caso predomina el contrato de mutuo pagadero en 60 meses (33) y en el segundo caso el descuento de documento pagadero en 10 meses (44). Ahora bien, si tenemos en cuenta que el plazo mínimo para cancelar un contrato de mutuo es de 12 meses y en el caso de descuento de documento el plazo máximo es de 10 meses (sólo hubo un préstamo a 21 meses) podemos inferir que la mayoría de los préstamos acordados debía ser cancelada en un plazo que oscilaba entre 10 meses y cinco años.
Conclusiones
En este trabajo se ha tratado de mostrar que el crédito es un recurso escaso y que lo es aún más para las cooperativas cuya existencia depende de él. El estudio se ha centrado en las cooperativas de servicios públicos y en especial en las eléctricas a cuyo accionar se lo ha enmarcado en la política oficial frente a su incapacidad para instalar y prestar el servicio, tratando de destacar que el principal obstáculo para que las cooperativas surgidas entre las décadas de 30 y 40 pudieran motorizar sus planes, comienza a destrabarse en la década de 1940 al insinuarse el apoyo crediticio del Estado para emprendimientos productivos en etapa de iniciación. Y mostrar asimismo que pese al apoyo oficial, siempre débil, en las décadas siguientes las cooperativas continuaron enfrentado dificultades para acceder a préstamos que facilitaran la prestación y la ampliación de los servicios prestados.
A lo largo del análisis del surgimiento y accionar del IFICOSEP se ha puesto en evidencia que el cooperativismo de servicios públicos tiene como horizonte fundamental crecer hacia adentro, en las instituciones ya formadas, en el fortalecimiento de los servicios que se prestan y en las alianzas entre las propias cooperativas, para asegurar su permanencia y para el necesario recambio de tecnología o de nuevas inversiones requeridas, en lo que juega un papel muy importante el financiamiento al que puede acceder el sector.
Con este estudio se han reafirmado también conclusiones anteriores respecto a que en el financiamiento del accionar cooperativo, la creación del IFICOSEP fue crucial como alternativa ante la inercia y/o ineficacia del Estado provincial, que fracasó pues fue incapaz de brindar el apoyo financiero que las cooperativas necesitaban. Con el aporte solidario de las cooperativas miembros, este organismo también cooperativo fue, en cambio, capaz de paliar sus contingencias financieras temporales, permitiéndoles realizar las más diversas obras, desde estaciones transformadoras y líneas de distribución hasta sedes sociales y centros recreativos, y también la adquisición de vehículos.
En fin, con el IFICOSEP quedó demostrado que la débil integración que caracteriza por lo general al cooperativismo y que limita sus bondades, puede ser superado si las cooperativas se esfuerzan por trabajar de manera unida e integrada, superando la tendencia individualista así como el débil nivel de integración que sin duda afecta la capacidad de negociación con los organismos estatales para promover más y mejores políticas públicas para el sector.
1 Para el desarrollo del tema se han utilizado también las conclusiones parciales que sobre el mismo se fueron anticipando en diversas ponencias anteriores: "Industria eléctrica e intervención estatal en la provincia de Córdoba (1930-1946)", IX Jornadas Interescuelas/Departamentos de Historia, 2003; "De cooperativas eléctricas a cooperativas de servicios públicos. El cooperativismo eléctrico en la provincia de Córdoba", XIX Jornadas de Historia Económica, 2004; "El cooperativismo como alternativa en la política eléctrica de la provincia de Córdoba (Argentina), 1930-1981", 1er. Congreso Latinoamericano de Historia Económica y IV Jornadas Uruguayas de Historia Económica, Montevideo, 2007; "EPEC y el servicio eléctrico en la Provincia de Córdoba, 1953-1980", XXI Jornadas de Historia Económica, Caseros, Universidad Tres de Febrero, 2008; "Las cooperativas de servicios públicos en la provincia de Córdoba", XXII Jornadas de Historia Económica, Río Cuarto, 2010; "De 'cooperativas eléctricas' a 'cooperativas de servicios públicos'. Análisis del fenómeno en la provincia de Córdoba", III Jornadas de Historia de la Industria y de los Servicios, Buenos Aires, 2011; "El dificultoso devenir de las pequeñas cooperativas eléctricas de zonas turísticas de la provincia de Córdoba (Argentina)" y "Del Estado prescindente al Estado Empresario. Políticas públicas y desarrollo eléctrico en la provincia de Córdoba (Argentina), 1928-1980", V Jornadas Uruguayas de Historia Económica, Montevideo, 2011; "Políticas públicas y cooperativismo eléctrico en la provincia de Córdoba", IV Jornadas de Historia de la Industria y de los Servicios, Buenos Aires, 2013; "El dinero de las cooperativas administrado por ellas mismas. El caso del IFICOSEP (Córdoba, Argentina)", Bogotá, 2014.
2 Córdoba. Los servicios públicos de energía eléctrica en Córdoba, Córdoba, publicación oficial, 1936, p. 554.
3 El departamento cooperativas de la empresa estatal fue creado por decreto núm. 3662, Serie B, del 29 de noviembre de 1959 y su primer jefe fue el contador Constancio Francisco Beltramo.
4 Ese registro fue creado por el decreto 634/60.
5 Entre las cooperativas cordobesas figuran la Cooperativa Eléctrica de Oncativo Ltda., la Cooperativa de Electricidad de Colonia Caroya Ltda. y la Cooperativa de Luz y Fuerza Motriz Ltda. de Oliva.
6 Diario de sesiones del Senado provincial, 1940, t. 1, p. 620. El promotor de la iniciativa fue el senador radical Juan A. Más, cuyo proyecto fue aprobado por la legislatura provincial, por considerarlo de "interés de orden general en el aspecto no sólo económico y financiero, sino también social".
7 Resolución núm. 4323.
8 Las zonas comprendidas entre Colonia Caroya y Colonia Tirolesa -primer sistema desarrollado para atender la electrificación rural en la Argentina-, Alta Gracia y Rafael García, Río Segundo y Lozada, General Cabrera y Carnerillo estaban ya electrificadas y se había comenzado a ejecutar diversos proyectos que habrían de beneficiar la zona sur del territorio provincial, en torno a las localidades de Holmberg, Vicuña Mackenna, Tosquita, Coronel Moldes y Eduardo Bulnes (en el departamento Río Cuarto), de Laboulaye y Melo (en el departamento Presidente Roque Sáenz Peña), en el sur de Bell Ville (departamento Unión) y al oeste de Holmberg (departamento Río Cuarto) y en la zona centro se trabajaba entre las poblaciones de Matorrales y Oncativo (departamento Río Segundo).
9 Córdoba, Plan de Desarrollo de Córdoba, p. 21.
10 El contador Constancio F. Beltramo, que según ya se dijo en 1959 había sido designado como jefe del Departamento de Promoción y Fomento Cooperativo de la Provincia de Córdoba, mientras desempeñaba ese cargo, que ejerció durante catorce años, había presentado su tesis doctoral cuyo tema fue: "La Sociedad Cooperativa y sus Problemas de Financiamiento".
11 National Rural Electric Cooperative Association.
12 En la provincia de Córdoba unas 130 cooperativas se encontraban nucleadas en la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda. (FACE), con alcance nacional, mientras que otras 80 entidades estaban adheridas a la Federación de Cooperativas Eléctricas y de Obras y Servicios Públicos Ltda. de la Provincia de Córdoba (FECESCOR), de alcance provincial.
13 Son créditos pagaderos en cuotas iguales según el sistema francés que incluyen una tasa de interés del 21% nominal anual sobre saldos.
14 Estos créditos, cuyo plazo de devolución no puede exceder de 6 meses, se instrumentan en documentos de pago único con un interés sobre saldos que se cobra por anticipado.
15 El último caso corresponde a la Cooperativa Eléctrica de Servicios y Obras Públicas, Provisión, Servicios Sociales y Vivienda de Alcira Ltda. El destino de los dos primeros obtenidos en marzo y abril de 2011 fue la prestación de servicios de constructora y la compra de equipos a tal fin; los restantes 22 préstamos (7 en 2011, 7 en 2013 y 8 en 2013) fueron destinados a financiamiento de capital de trabajo.
16 El Consorcio está integrado por la Cooperativa de Aguas de Villa Gral. Belgrano, la Cooperativa Eléctrica de Santa Rosa de Calamuchita, la Cooperativa de Servicios Públicos de Villa Rumipal y la Cooperativa de Servicios Públicos de Embalse. En tanto, la Cooperativa de Electricidad y Servicios Públicos de Almafuerte cedió el espacio para la colocación de los equipos que conectan con el proveedor nacional. Respecto a esta última cooperativa es interesante señalar que gracias al apoyo financiero brindado por el IFICOSEP pudo recuperar en años anteriores el control del servicio de televisión por cable.
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