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Resumen: Este artículo realiza un análisis heurístico de la Sección Civil y Judicial del Archivo Nacional de Asunción y como la documentación puede ser útil para comprender las dinámicas familiares, sociales, económicas y religiosas en una provincia situada en los confines de los dominios hispanos. El Archivo Nacional de Asunción remonta su origen a fines del siglo XVI por disposición del gobernador Hernando Arias de Saavedra. Originalmente los documentos que conforman la sección provienen de los juzgados de 1er y 2do voto del Cabildo de Asunción. Se procederá a analizar la documentación en los dos siglos más completos de la misma que son los siglos XVII y XVIII. Se determinará la tipología documental, el objeto entre otros aspectos que ayuden a caracterizar los expedientes que integran dicha colección.
Palabras clave: Fuente judicial, historiografía paraguaya, Asunción, siglo XVII, siglo XVIII.
Abstract: This article makes an heuristic analysis of the Civil and Judiciary Section of the National Archive of Asunción and how the documentation can be useful for the comprehension of the dynamics in the families, society, economics and religious aspects in the province located in the bounds of the Hispanic possessions. The National Archive of Asunción was originated in the late 16th century after a provision of the governor Hernando Arias de Saavedra. Originally the files that made up the section come from the 1st and 2nd courts of the Asunción City Council. The text will proceed to an analysis in the two more complete centuries of the same of the documentation, which were the 17th and 18th centuries. It will be to determine a documentary typology, as well as the object between other aspects that could help characterize the files that are part of this collection.
Keywords: Judiciary Sources, Paraguayan historiography, Asunción, 17th century, 18th century.
1.Introducción
El valor que tienen las fuentes judiciales en las investigaciones históricas sobre el período colonial es indudable; las informaciones que aportan no sólo dan cuenta de cómo funcionaban las instituciones, de qué forma se aplicaba la ley, o que diferencias existía en la aplicación de la las normativas teniendo en cuenta la casta, la clase social o el origen de los súbditos. La historia actual es vista como poliédrica1 en la que son diversos los factores, fuentes y categorías de análisis los que permiten al historiador acercarse a su objeto de estudio, el auge de una historia social, que incluya a los actores subalternos de la sociedad, requiere de unas fuentes que provean informaciones que acerquen lo más posible al pasado de la vida cotidiana, las relaciones económicas y los vínculos sociales de las personas.
Silvia Mallo al referirse al estudio de los conflictos en la sociedad colonial escribe que "La memoria judicial americana, instalada y transmitida como efecto de la conquista y destinada a mantener el orden colonial establecido, evidencia como pocas fuentes históricas las distancias sociales y la presencia de los múltiples conflictos que afectan a sectores sociales diferentes. Así como dicha memoria nos muestra los ideales del orden y la regulación de las desobediencias, nos muestra también la presencia del desorden centrado en la marginación, la vagancia y la ausencia de familia vinculada a la muy extendida movilidad en el espacio que es visible en la presencia de los forasteros"2.
Por su parte en una propuesta para la Provincia de Corrientes, Salinas y Valenzuela al explicar porque escogieron el fondo judicial del Archivo de la Provincia de Corrientes, afirman que "es un mirador privilegiado de múltiples aristas de la configuración social en un espacio periférico del Imperio Español"3.
La importancia del expediente judicial lo señala con mucha claridad Viviana Kluger al sostener que "Al mismo tiempo, el litigio y las formas que tienen las justicias de resolverlos trasunta las concepciones del poder, las relaciones de éste con los administrados, y, en definitiva, demuestra una forma de asentamiento del Estado.
De allí que no resulte muy difícil detectar a una justicia que se constituye en instrumento de control social, cuyos integrantes cargan con el peso de mantener la paz y la justicia. Estos objetivos se presentan como necesarios, habida cuenta de las características que, también a través de los expedientes judiciales, conocemos acerca de la vida social indiana en los siglos XVIII y XIX: un escenario en el que nunca faltan violencias cotidianas, injurias, riñas, pendencias, insultos, insubordinaciones, etc. Es así como los tribunales tienen la responsabilidad de castigar los delitos y "pecados públicos", de enmendar las costumbres y de suprimir los escándalos.
Al adentrarnos en este mundo de conflictos cotidianos, afloran las mentalidades de los involucrados en un juicio: acusados, testigos, jueces, defensores, abogados, etc. Cada uno de ellos deja su huella en el expediente, y expresa conductas sociales y características de la vida privada de hombres y mujeres del pasado..."4.
Pero además de su utilidad para una historia social, económica y del derecho las fuentes judiciales nos permiten comprender como funcionaba la estructura de poder en el mundo colonial español como bien lo destaca José Caño Ortigosa cuando afirma que "existe la posibilidad de estudiar la institución municipal, las élites capitulares y sus actuaciones con respecto al resto de la población, por medio de otros tipos de documentos, como los propios de la administración de justicia; tanto la civil, como la militar y la religiosa. Sirva como garantía de lo que afirmamos el enorme número de documentos que, sobre asuntos judiciales de toda índole, emanó y recibió el ayuntamiento de Sevilla, en el que, si los aislamos por materias, destacan por su cantidad los referidos a alcaldes, pleitos, querellas, requerimientos, presos, embargos, etc."5.
Fernández por su parte analiza las limitaciones y desafíos metodológicas que significa recurrir al estudio de las fuentes judiciales pero señala con pertinencia que:
"consideramos que ofrecen una inmensa riqueza para abordar los conflictos del pasado, no sólo por la escasa documentación alternativa sino por las potencialidades que muestran en diferentes planos: el de la interacción social de los individuos que se enfrentan en las distintas disputas, el de los motivos que detonan las tensiones, que remiten al problema central acerca de las razones de la conflictividad interpersonal, el de las formas de clasificación y jerarquización social, el de las características de las sociabilidades urbanas y barriales, el de las condiciones cotidianas de vida y trabajo de los involucrados, el de las lógicas y dinámicas que motivan tanto las presentaciones judiciales como las actuaciones extrajudiciales, el de la cultura jurídico-judicial que enmarca los procesos y que demuestran los diferentes actores -legos o letrados- involucrados en los juicios y, finalmente, aportan de manera significativa al análisis de los valores socioculturales y al de la compleja dimensión de los usos y representaciones de la justicia y de la violencia"6.
El estado español a través de sus instancias judiciales iba estableciendo las normativas y disciplinando a los habitantes de sus reinos, que se debían amoldar al estado moderno que:
"remodelado, o incluso resueltamente nuevo, el Estado sigue siendo lo mismo de siempre, un haz de funciones, de poderes diversos. Sus tareas más importantes no varían apenas, si bien sus medios no cesan de cambiar. Su primera tarea: hacerse obedecer, monopolizar en su provecho la violencia de una sociedad dada."7.
En los expedientes judiciales se daba el encuentro entre una minoría letrada, que poseía "un conocimiento tan específico" como era la tecnología de escribir frente a una gran parte de la población que era analfabeta8. Esa peculiaridad del encuentro de diferentes formas de comunicarse entre esa minoría letrada y la gran masa iletrada le llevó a señalar con tanta claridad a Ginzburg que:
"las actas procesales labras por los tribunales laidos y eclesiásticos podrían compararse, de hecho, con libretas de notas de antropólogos en las cuales se ha registrado un trabajo de campo efectuado siglos atrás"9.
En la historiografía paraguaya de comienzos del siglo XXI no hay un énfasis en los estudios coloniales, los mismos son escasos y aislados; tal vez mucho de eso tiene que ver con la realidad de los estudios históricos en Paraguay descripta por Ignacio Telesca "Sobre la historia del Paraguay se escribe poco, y en el Paraguay se escribe menos"10, en ese sentido mucho tiene que ver con un aislacionismo que según Brezzo se evidencia en el hecho que los historiadores paraguayos durante la segunda mitad del siglo XX "no se habrían hecho eco de las transformaciones que fueron acompañando la práctica de la historia en esos años en Europa y en algunos países de América"11.
En ese sentido las temáticas dominantes en los estudios históricos en y sobre el pasado paraguayo se concentran en los siglos XIX y XX, principalmente en los conflictos bélicos en los cuáles participó la nación paraguaya. Los que se refieren a los siglos XVII y XVIII están enmarcados en estudios de fundación de ciudades, biografías de personajes políticos o militares, historia religiosa, aspectos económicos, pueblos indígenas y recientemente sobre afrodescendientes12.
En este contexto este artículo pretende realizar una primera aproximación descriptiva sobre las temáticas y aspectos que caracterizan a los fondos documentales que forman parte de la Sección Civil y Judicial del Archivo Nacional de Asunción.
2.La Provincia del Paraguay
La ocupación española en el Río de la Plata comenzó en la expedición de Pedro de Mendoza en 1536. Un año después Juan de Salazar fundó Asunción, en las tierras de los indígenas Carios. El 16 de septiembre de 1541, Domingo Martínez de Irala estableció el Cabildo de Asunción.
Asunción del Paraguay fue la capital de la Gobernación del Río de la Plata hasta que en 1617 el rey Felipe III decidió dividir la provincia a pedido de los diferentes gobernadores; Buenos Aires quedó como capital de la Provincia del Río de la Plata y Asunción se convirtió en la cabeza de la gobernación del Paraguay13.
Desde entonces la jurisdicción paraguaya se constituyó como un territorio periférico en el contexto de las Indias, en donde con la presencia de las reducciones jesuíticas14, se fue configurando una sociedad aislada dependiente de la explotación de la yerba mate. Garavaglia y Marchena afirman que:
"La ciudad de Asunción, durante mucho tiempo la "cabeza" de toda la inmensa gobernación que abarcaba desde el Guayrá hasta la orilla del Plata, perdió esta preeminencia desde los años veinte y pasó de forma inevitable a un segundo plano, manteniendo solo al comercio de la yerba mate como vínculo mayor con el espacio peruano, pero su aislamiento espacial la obligó a dejar una parte relevante de los beneficios del tráfico yerbatero en manos de los mercaderes santafesinos durante todo ese periodo. Santa Fe era el nexo inevitable y funcionaría como "llave del paso" del comercio desde y hacia Asunción"15.
Ese aislamiento en el confín norteño del Río de la Plata se acentuó aún más luego de las invasiones bandeirantes que redujeron la superficie controlada por las autoridades españolas de Asunción, quedando la Provincia reducida a tan sólo dos ciudades de españoles que contaban con Cabildo, la propia Asunción y Villarrica del Espíritu Santo. En ese estado de cosas se mantuvo la provincia hasta la fundación de Curuguaty en 1715, sumándose una tercera villa de españoles en la jurisdicción. La pobreza de los habitantes del Paraguay hizo que la mayoría de los procesos judiciales concluyesen ante las instancias del Cabildo pues apelar ante la Real Audiencia conllevaba un gasto que para muchos de ellos era imposible de sufragar.
3.El Archivo Nacional de Asunción
El Archivo Nacional de Asunción se origina en una resolución del gobernador Hernando Arias de Saavedra, más conocido como Hernandarias, quien en 1596 dispuso que se establezca un Archivo para que se guarden los documentos del gobierno. En ese sentido el historiador paraguayo Carlos Pusineri Scala afirma que el Archivo se remonta a un acuerdo del Cabildo de Asunción que el 26 de julio de 1544 mandó confeccionar un arca con 3 llaves para guardar los papeles16.
Para la historiadora Margarita Durán, el Archivo se originó con el acto de establecimiento del Cabildo de Asunción el 16 de septiembre de 1541, para sostener su postura afirma que:
"Sabemos que el Cabildo de Asunción es el más antiguo del Río de la Plata; que dicha ciudad fue el único centro poblado por españoles durante la década y media, vale decir, desde su fundación en 1541 hasta el inicio de la expansión fundadora, 1555-1556. Este hecho explica la razón de porqué se conservan en el Archivo Nacional el título de gobernador y capitán general otorgado a Don Pedro de Mendoza en 1534, además de bulas, provisiones y cédulas reales destinadas al Río de la Plata"17.
No es el propósito de este artículo entrar en las consideraciones con respecto a cuál es la fecha de creación del Archivo, pero lo claro es que son casi cinco siglos de documentación que es resguardada en su acervo.
El Archivo Nacional de Asunción sufrió a lo largo de su existencia diversas circunstancias que fueron perjudicando la conservación y la integridad de la documentación bajo su custodia.
Durante la Guerra contra la Triple Alianza (1864-1870) los documentos del Archivo fueron conducidos a la ciudad de Luque cuando dicha población fue elegida como capital en 1868, luego se trasladó a Piribebuy en donde cayó en manos de las tropas brasileñas el 12 de agosto de 186918
Después de la Guerra una parte importante de su documentación fue llevada a la Biblioteca de Río de Janeiro, en donde estuvieron dichos documentos hasta 1981. En ese sentido fue importante la labor de los historiadores Hipólito Sánchez Quell e Idalia Flores de Zarza para que el gobierno de la República Federativa del Brasil restituya al Archivo Nacional de Asunción los documentos llevadas por las tropas brasileñas19.
La reorganización de la documentación que quedó en Paraguay la comenzó a realizar José Falcón desde 1871. El trabajo fue lento y siempre el personal fue escaso, por lo que la conservación de la documentación adoleció de carencias permanentes. Un intento de preservación de la información se dio mediante la promulgación de una ley de 1898 se resolvió la publicación de una Revista del Archivo Nacional, que según explicaba el director Manuel Domínguez tenía como propósito:
"...librar de la destrucción el contenido de los más antiguos documentos del Archivo. Millares de documentos primitivos se han destruido y otros millares están sin clasificarse, tirados en los armarios como si nada valieran. En estos sin embargo y en otros catalogados se encuentran datos de la mayor importancia para la historia de la conquista y colonización del Río de la Plata"20.
Domínguez señalaba que los trabajos de transcripción se iniciarían con los documentos que más pronto amenazaban su destrucción, y que no sería un orden cronológico estricto, pues para ello se precisaba de una catalogación y con el número de empleados con el que contaba el Archivo, el trabajo de clasificación no concluiría sino en 10 o tal vez 15 años, tiempo durante el cual temía se perdiesen aún mayor número de documentos21.
La mayoría de los documentos que fueron transcriptos correspondían a expedientes judiciales, cartas obligación, sucesiones, querellas, etc. La labor se realizó febrilmente durante dos años, publicándose diez y siete números de la Revista, pero a fines de 1902 el director Manuel Domínguez fue elegido como vicepresidente de la República, dejando su valiosa labor de clasificación y transcripción de importantes documentos del siglo XVI.
Años después llegó al país Viriato Díaz Pérez22, un intelectual español que se dedicó con ahínco a la clasificación y organización de los fondos documentales del Archivo Nacional de Asunción.
El Archivo Nacional de Asunción formaba parte de la Dirección General de Biblioteca, Museo y Archivo de la nación, instancia creada por ley en 1901, y que en 1950 por un decreto del presidente Federico Chaves pasó a depender del Ministerio de Educación y Culto, dependencia que se mantuvo hasta que en 2008 se creó la Secretaria Nacional de Cultura, pasando a depender de dicha secretaria23.
El Archivo Nacional cuenta con doce secciones, siendo estas: Historia, Nueva Encuadernación, Propiedades y Testamentos, Civil y Judicial, Educación, Colección Río Branco -hoy denominada Archivo Histórico de la República del Paraguay-, Colección Doroteo Bareiro, Colección Moisés Bertoni, Actas Capitulares, Carpetas Sueltas, Microfilm, Libros de Tesorería, un total de 7.000 volúmenes que están compuestos por aproximadamente 2.500.000 de expedientes24.
En las primeras décadas del presente siglo el Archivo Nacional de Asunción ha iniciado un proceso sumamente interesante de modernización y digitalización, al respecto Salinas y Valenzuela sostienen que:
"En esos casos últimos, el Archivo llevo a cabo un proceso de digitalización, indexación y publicación de los documentos. Para lo cual, se apoyó en el uso del software libre denominado ICA-AToM, el cual está destinado a la descripción archivística, la creación de cuadros de clasificación, realización de descriptores, creación de registros de autoridad, gestión de ingresos y la creación de páginas estáticas. De esa manera, lo generado en Asunción constituye un ejemplo modelo a seguir..."25.
4.La Sección Civil y Judicial
Si bien es posible encontrar fuentes judiciales en las diferentes secciones del Archivo Nacional de Asunción, nos hemos concentrado en la sección Civil y Judicial para este trabajo. La sección está compuesta por expedientes desde el siglo XVI hasta 1870 aproximadamente. Cuando una Misión de la UNESCO procedió a microfilmar los documentos del acervo del Archivo Nacional de Asunción, se constata que la Sección se denominaba "Causas Criminales" y constaba de 2.259 volúmenes26. Williams al referirse a la misma afirma que la Sección Civil y Judicial está compuesta por 6220 volúmenes y que es la peor conservada del Archivo en ese sentido sostiene que 983 de los volúmenes están en un avanzado estado de descomposición ocasionado a su ninguna conservación pues:
"Algunos de los volúmenes (todos son mal atados en el mejor de los casos) han sido literalmente destruidos por los gusanos y el clima, sus documentos se vuelven ilegibles"27.
Pero ese no sólo era el problema de la Sección, además el segundo podía ser tan o más grave, el desorden, en ese sentido Williams realizó una cruda descripción que por su crudeza la transcribimos in extenso:
"El historiador ávido debe excavar (literalmente) a través de cientos y tal vez miles de documentos en busca de material que podría no estar allí, o que puede haber sido consumido por el hombre, la naturaleza o la bestia. En gran parte debido a esto, la sección es desconocida y casi sin uso. Cada volumen contiene de 1 a 12 folios y cada folio a su vez puede contener hasta 15 procesos, o denuncias y registros judiciales, a menudo totalmente desconectados y variando como loco en el tiempo y el espacio. Además, muchos de los casos están incompletos, sus diversas partes se distribuyen en varios volúmenes y folios. En resumen, la sección sigue siendo imposible de usar de manera efectiva, muy difícil usar en absoluto, y nadie sabe lo suficiente sobre ella como para ser de ayuda"28.
Para este trabajo hemos seleccionado los expedientes de acuerdo a la clasificación que se hizo en los años 90, donde mediante un proyecto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, se realizó una preservación de los documentos. De un catálogo en una planilla electrónica Excel que posee el Archivo Nacional de Asunción se constata que la sección actualmente está compuesta por 1822 expedientes. De los cuales corresponden al siglo XVII 245 expedientes y al siglo XVIII un total de 884, representando los expedientes judiciales de ambos siglos casi el 62 % de toda la sección, como se observa en la tabla Nro. 1.
Esta sección ha sido digitalizada en el 2009-2010 mediante un proyecto financiado por la Universidad de Harvard29, lo que favorece su consulta desde cualquier lugar.
Se ha realizado una clasificación de acuerdo a las temáticas de una forma que se pueda vislumbrar la riqueza de este acervo documental que está bastante inexplorado por los historiadores que trabajan el Paraguay. Las temáticas se han agrupado de acuerdo a las cuestiones económicas, familiares, personales y criminales. Como se ha señalado no todos los expedientes judiciales tramitados ante los Juzgados de Primer y Segundo Voto del Cabildo de Asunción se encuentran en esta sección. Muchos de ellos se encuentran también en la Sección Nueva Encuadernación y en la Sección Propiedades y Testamentos30.
Según se puede observar tanto en el siglo XVII como en el XVIII la mayor parte de los expedientes tiene que ver con demandas por deudas, la peculiaridad de la situación económica en el Paraguay es que al utilizarse las monedas de la tierra dichas demandas estaban muchas veces expresadas por la no entrega de cantidades de yerba que debían ser trasladadas hasta Santa Fe o Buenos Aires para su intercambio por los efectos de Castilla.
En ese sentido en el XVII el 45% de los expedientes son de demandas por Deudas, mientras que en el siglo XVIII aumentan numéricamente pero porcentualmente solo representan el 47% de los expedientes.
Los expedientes como los de Bienes de Difuntos si tienen un incremento considerable de un siglo a otro en el siglo XVII es el 7% mientras que en el siglo siguiente representan casi el 10%, lo mismo ocurre con los te4mas relacionados a posesión de esclavos, libertad de mulatos, quejas contra amos que en los 1600 representan el 2, 44% mientras que en el XVIII son el 6,9 % de los expedientes conservados en la sección como se puede observar en la tabla Nro. 2.
Otros tipos de expedientes que aumentan considerablemente de un siglo a otro son los que tienen que ver con denuncias con respecto al Honor que pasan de 0,8 % a 1,47 % al igual que las denuncias contra las autoridades que van de 1,22% a un 2,03%.
En lo referente a la cuestión de la esclavitud, mulatos que piden su libertad o denuncian los maltratos de sus amos se incrementan considerablemente, pues representan en el siglo XVII solo el 2,44% frente al 6,9% en el siglo XVIII. Este aumento se explicaría en el aumento de la población afrodescendiente en la Provincia del Paraguay a lo largo del siglo XVIII y también en lo que hace a las disposiciones de un trato mejor a los esclavos impulsado por las autoridades en el marco del avance de las ideas ilustradas31.
En lo que hace a las denuncias presentadas por mujeres o contra ellas, al igual que la falta de cumplimiento de compromiso matrimonial al igual que la oposición de esponsales aparecen en el siglo XVIII. La razón de estas denuncias también debería explorarse con mayor detenimiento, para caracterizar a las mujeres que hacen sus denuncias. Un aspecto interesante como se verá en los ejemplos seleccionados es que en muchos casos las mujeres que presentan denuncias son blancas y dos de las saben leer y escribir.
Este aumento de un siglo a otro, de la diversidad y cantidad de expedientes se podría explicar por dos motivos, uno primero de conservación, al ser menos antiguos se dañaron menos los expedientes, uno segundo se podría explicar en las transformaciones por las que atravesó la Provincia del Paraguay durante el siglo XVIII con su expansión territorial, el auge económico a partir del Decreto de Libre Comercio y el establecimiento del Estanco del Tabaco en 1779 que permitió la circulación de moneda metálica, que conlleva el hecho de que las personas tenían más recursos para poder litigar ante los tribunales.
De hecho, la variedad de temas no se limita a los que se han señalado de manera general. A continuación, se presentan algunos expedientes de manera sintética de forma a que se pueda ver la riqueza de este fondo documental para el historiador avezado, que no necesariamente se dedique a la historia del Derecho.
Un expediente llamativo es que está fechado el 25 de noviembre de 1757, en el que una mujer doña Mariana de Ojeda presenta ante al alcalde de Segundo Voto de la ciudad de Asunción una demanda contra Matías Encinas para que haga entrega el Primer tomo de la Recopilación de Indias. El expediente tiene solo 9 folios, pero es sumamente interesante porque doña Mariana quiere un libro de Derecho y solicita que el capitán Encinas sea declarado en rebeldía por no hacer entrega de dicho volumen32. Este pleito puede ser abordado desde diferentes aristas, permitiendo una mejor comprensión del rol que cumplían algunas mujeres que como doña Mariana sabía leer y escribir, hecho que era excepcional entonces.
Como señalaron varios autores, una de las funciones fundamentales de la Justicia en el régimen colonial era el de buscar que la sociedad se amolde a las pautas establecidas, tanto de acuerdo a las prescripciones del estado como de la religión.
En ese sentido la justicia también llegaba a los religiosos, un peculiar expediente es el pleito que presento Fray Domingo Soriano de Liendo, quien era Examinador Sinodal del Obispado del Paraguay y ex comendador de este Convento Grande de San José de la misma ciudad y Regente de estudios del mencionado convento, quien el 13 de noviembre de 1799 fue reconvenido por el Prelado por el hecho de haber "pernoctado fuera de clausura con las amenasas de que me esperaban malas resultas"33, el buen fraile Soriano lo que pedía era que se le reconvenga al Prelado quien se negaba a darle justicia, pues esa acusación era el resultado de la "malignidad" de quienes le acusaron de dicho incumplimiento. La respuesta del comendador Fray Alexo Burgos fue que no había daño a su honor porque el proceso y la reconvención se hizo de manera secreta en el seno de la comunidad, y que fue Fray Domingo quien fue el que recurrió al gobernador Intendente para que por su intermedio se recurra a la Real Audiencia Pretorial de Buenos Aires, para darle justicia. El expediente es una muestra de cómo los aspectos religiosos y políticos se entrecruzaban entonces y la injerencia del poder político se daba en el marco del Patronato Regio.
Pero el tribunal no solo se limitaba a juzgar aspectos religiosos, sino que buscaba también regimentar la vida de las personas comunes que debían adecuar su conducta a las leyes, en ese sentido la justicia buscaba reprimir los "escándalos públicos" como el que cometió Gregorio Ojeda en el valle del Espinillo, jurisdicción de Villarrica. Don Gregorio estaba acusado de estar amancebado con su cuñada Feliciana, a la par que vivía con su propia esposa, la acusación además del amancebamiento que estaba prohibido, era el de incesto, el expediente aporta interesantes datos sobre el proceder de las autoridades para indagar sobre la vida de las personas, en un paraje alejado y poco poblado34. Otro tipo de expediente en el que se vislumbra el ámbito privado con el público es cuando se presentan reclamos como el formulado por Juan Rodríguez vecino de la Asunción quien en enero de 1760 manifestó que quería que su esposa Joaquina de la Rosa se le vuelva a unir porque "...por ciertos motivos que le asistió se bajo de la vida maridable", al correrse traslado a la mujer ella mediante interpósita persona, porque no sabía leer ni firmar procedió a exponer que el citado Rodríguez la calumnió manifestando a varias personas que ella era adultera, por lo que pedía se le limpie su buen nombre y que aceptaba volver a vivir con él por el consejo de varias personas con dos condiciones una que le limpie su buen nombre y segundo que la trate como compañera no "como sierva", por lo que la autoridad procedió en consecuencia a lo solicitado por doña Joaquina35.
Pero no sólo las autoridades debían velar por las buenas costumbres sino también por la piedad y caridad cristiana, es por ello que el Defensor General de Pobres Juan Joseph Bazán de Pedraza en 1798 en nombre del esclavo Luciano hizo formal queja contra su amo Juan Miguel Martínez, vecino de Villarrica. Luciano afirmaba que "aunque el es humilde, fiel y servicial no puede dar gusto a su Amo y le trata con mucha aspereza sin darle el vestido correspondiente a un Criado y le haze trabajar de sol a sol hasta en los Domingos y demas fiestas de guardar del año dejando de oir Misa en los mas de los días de precepto." pero no solo se trata de no cumplir con las obligaciones religiosas de asistir al culto, sino que también el excesivo trabajo hace que no pueda cumplir con sus obligaciones maritales pues seguía afirmando Luciano a través del Defensor que ".no puede valerse de su mujer en todo el dia por que la tienen mas ocupada qe a una esclava, y no siendo esto regular"36. El expediente continuó su trámite y finalmente se resolvió que como siendo Luciano parte de los bienes de la finada suegra de Martínez; se procedió a concederle como parte de la herencia a Juan Joseph Martínez, y de esa forma el recurso en contra de su anterior amo quedó archivado.
En otro caso vinculado a un esclavo Roque Ovelar del Valle de las Cordilleras procedió a denunciar los tormentos y prisiones que ejecutó don Lorenzo Gómez al esclavo Baptista que pertenecía a Fernando Larios Galván, para que confiese haber robado unos ganados de su amo. Ovelar quería que su reputación y buen nombre queden alejados de los excesos cometidos por Gómez37.
Pero de expedientes en contra de autoridades se puede observar un incremento importante en el siglo XVIII, los más denunciados son los Alcaldes de Santa Hermandad. En 1746 Manuela de Mendoza y Abreu denunció al Alcalde de Santa Hermandad Ramón Ayala, a quien acuso de atropellos a su chacra además de acusarla de que ella y su hermana eran mujeres de mala vida por lo que fueron entregadas en depósito, y una vez demostrada su honra nuevamente el mismo alcalde volvió a realizar la denuncia, por lo tanto, pedía justicia ante los abusos de la mencionada autoridad quien también le había sustraído algunos objetos. Finalmente se dio la razón a las denunciantes38. Pero parece que los alcaldes actuaban casi siempre contra mujeres desvalidas porque doña Sebastiana de Oviedo, Mujer viuda y pobre denunció el atropello que sufrió por parte del Alcalde de Santa Hermandad Matías Antonio Santacruz que acuso tanto a la denunciante como a su cuñada de "prostitutas" por lo que procedió a actuar. Ante la denuncia el Teniente de Gobernador Fulgencio de Yegros encargó al alcalde de 2do Voto de la ciudad de Asunción a ofrecer "recta justicia" a la denunciante y prevenir al alcalde de que además de aplicarle las penas establecidas en la ley se le haría la perdida del cargo por los abusos que aparentemente se daban porque el teniente de gobernador afirmaba en su decreto que "como si no hubiese causa suficiente para el"39.
Pero una de las características que tuvo el régimen español en su implantación en América fue el "mecanismo de reparto" que se remontaba a los tiempos medievales durante la Guerra de Reconquista. En ese sentido la encomienda fue toda una institución en las Indias, donde "los indios estaban más bien en una relación de protección, que implicaba deberes y derechos recíprocos con su encomendero"40. Es por eso que en cantidad y porcentaje nos encontramos con un mayor número de expedientes de litigios sobre encomiendas en el siglo XVII. Es así que a pesar de que las Encomiendas de indios siguieron vigentes en el Paraguay hasta finales del siglo XVIII, fue en el XVII donde quedaron más testimonios de las disputas por dicho beneficio, como ejemplo está la demanda que realizó Francisco Suárez de Figueroa al licenciado Francisco de Saldívar por "cuatro piezas de servicio", el expediente concluye con las copias autorizadas solicitadas por el demandante para recurrir ante otras instancias41. Los abusos cometidos por los encomenderos motivaron las célebres Ordenanzas dictadas por el visitador Lic. Francisco de Alfaro, el procurador general de la ciudad de Asunción Alonso Giménez de La Gasca presento un escrito en contra de dichas ordenanzas, porque su parte se sentía "agraviada" por dichas disposiciones legales, pues los encomenderos les brindaban buen trato en todo tiempo a sus indígenas y que por lo tanto hacia la presentación para desagraviarlos42. Pero a pesar de los buenos tratos que decía con Alonso se les brindaba a los indígenas parece que ellos no pensaban lo mismo, por eso un expediente fechado casi un siglo después, en 1718 el encomendero maestre de campo general José de Yegros solicitaba que un indígena de su encomienda que se encontraba en Villarrica fugado de su servicio sea traído a su servicio43.
Estos expedientes brevemente descriptos nos indican la riqueza de la información contenida en los mismos y que pudieran darnos cuenta de las tensiones, conflictos y relaciones interpersonales que existían en una sociedad provinciana de frontera en los siglos XVII y XVIII.
Lo que podemos también apreciar en los fondos documentales analizados es que los pleitos de honor se incrementaron en el siglo XVIII, uno de ellos es sumamente significativo pues nos da la indicación de cómo funcionaba una sociedad de castas en que cada cual ocupaba un lugar determinado y era renuente a que se le considere inferior a su origen y derechos. Este ejemplo lo da Josef Gregorio López en su demanda contra Juan de Bargas Machuca. López manifestó en su demanda "...por injuriarme me trato delante de tgos de Yndio siendo como soy español neto, cuya proposición me produce infamia, por que de esta suerte se me rebaja la buena reputación que tengo; y además de ella la participación de los fueros y privilegios que esta concedida a los españoles, y esta infamia resulta en desmedro de mi postiriedad (sic), pues asi como seria injuria llamar plebeyo al que fuese noble e hijodalgo asi también llamar Yndio al que es español"44. El expediente concluyó con la sanción a Vargas condenando a ambos a mantener silencio sobre el tema y en caso de volver a alterar la "armonía y la paz" entre ambos vecinos del valle de Pirayú se procedería a multarlos con la suma de 50 pesos.
En ese sentido como se ha señalado los pleitos de naturaleza económica son los más numerosos y porcentualmente los más representativos en ambos siglos estudiados, un ejemplo del tipo de pleitos es el que planteo Daniel de Quin contra Juan de la Coizqueta, por la suma de 408 pesos que el citado Quin entregó en "efectos de Castilla" a Coizqueta, quien debía pagarle en yerba mate, cuando "el barco de Franco de Arze viniese desde Curuguati". El plazo acordado era de cuatro meses, y la transacción se realizó en 1733. La demanda fue presentada en 1735, pues tras dos años afirmaba Quin que a pesar de la cláusula "maliciosa" de la llegada del barco, decía que en dos años no vino y "no aiga esperanza de que benga"45. Este tipo de denuncias abundan en la sección, y son un testimonio de las redes comerciales, asociaciones y formas de producción que operaban en la Provincia del Paraguay, otro tipo de expedientes dan cuenta de cómo dichos vínculos comerciales llegaban hasta Corrientes, Santa Fe o Buenos Aires.
Un ejemplo de esos vínculos regionales se puede observar en el pleito presentado por Bernabé Ortigoza, vecino de Asunción que reclama al vecino de Curuguaty don Rafael Castro, la suma de 214 pesos en "yerba de buena calidad", deuda que estaba pendiente por varios años. En el pleito Ortigoza solicita carta de Justicia ante el Juzgado de "do Voto de la Ciudad de Asunción para el Cabildo de Corrientes, donde reside Diego Benítez, vecino de dicha ciudad. Benítez era el aval de Castro, quien en ese momento se encontraba en estado de insolvencia. Este tipo de pleitos ilustran como operaban las transacciones comerciales en torno a la yerba mate y como los comerciantes a lo largo de la carrera del Paraguay se vinculaban en busca de ganancias que proporcionaba el entonces denominado oro verde. Pero vinculado al negocio yerbatero se encontraba el negocio de la producción ganadera, en ese sentido Ignacio de Meza denunció al capitán Miguel de Garay por no querer pagarle el flete correspondiente a 20 mulas que les cedió para flete de mercaderías hasta los yerbales, y que además de negarse a pagar por el flete a reponer las mulas que habían muerto en la travesía46.
Los pleitos vinculados a la construcción de barcos, fletes incumplidos o cargas embargadas constituyen otro tipo de expedientes que proporcionan informaciones valiosas sobre el mundo de la yerba mate en ambos siglos. En los albores del siglo XVII Julián de Nicolao demando a Juan de Rojas Aranda por la construcción de una barca que el Rojas de Aranda se negó a pagar. El expediente da un detalle de los gastos y de los elementos utilizados en la construcción de la embarcación47. A fines del siglo XVIII la denuncia del piloto y baqueano Marcos de Rojas contra Francisco de Bedoya por no pagarle su salario por haber conducido un bote y otras cinco embarcaciones hasta el puerto de las Conchas en Buenos Aires conduciendo maderas permite acercarnos a la realidad de la vida marinera, la forma en que se compensaban las pérdidas y mermas en la mercadería y las redes comerciales a lo largo de la denominada carrera del Paraguay48.
Los pleitos por perjuicios ocasionados por el ganado a los cultivos de los agricultores también ayudan a vislumbrar esa tensa relación entre vecinos, como cuando el alcalde de 2do Voto de la ciudad de Asunción, don Juan Valeriano Zeballos ordeno que se justiprecie el daño que provocaron los animales de Pedro Nolasco Barrientos en el cañaveral de Pedro José Leiva. Barrientos fue condenado por mantener boyadas en el valle que estaba reservado para la agricultura49.
Con esta breve pero diversa selección de ejemplos se evidenció la riqueza de las informaciones contenidas en los expedientes que forman parte de la Sección Civil y Judicial del Archivo Nacional de Asunción, fuentes que como sostiene Silvia Mallo no sólo interesan a los historiadores sino que también indudablemente a antropólogos, sociólogos, analistas literarios, filósofos entre otros pues "estas fuentes contienen, a través del conflicto planteado, la evidencia del registro vital de las vidas de los individuos involucrados en el pasado50.
El conjunto documental que forma parte de la sección analizada, constituye una diversa y rica colección de informaciones y que cada uno de los expedientes que forman parte de dicho acervo constituye -como afirma Viviana Kluger- "...una "Caja de Pandora" en la que no sabemos con qué nos vamos a encontrar y que conforma un universo en sí mismo"51.
5.Consideraciones Finales
El acervo contenido en la Sección Civil y Judicial del Archivo Nacional de Asunción, sigue siendo un conjunto documental poco explotado por los historiadores por las mismas razones que ya señaló hace casi 50 años John Hoyt Williams, pero con la gran oportunidad de que al estar hoy en día digitalizados y en línea su consulta será cada vez más recurrente entre los investigadores de diferentes disciplinas que tengan por propósito indagar sobre diversos aspectos de la vida comunitaria del Paraguay durante el período colonial, siendo como se ha demostrado la mayor parte del acervo lo que concierne a los siglos XVII y XVIII.
El interés por los estudios de historia colonial en el Paraguay podrá incrementarse en la medida que la consulta de documentación como las fuentes judiciales se vea facilitada por un catálogo mucho más descriptivo y preciso, de forma tal que la pesquisa pueda discurrir con mayor facilidad y no insuma un tiempo innecesario en poder identificar claramente de que trata cada expediente mediante su lectura casi completa.
La diversidad de aspectos y temáticas que conforman el conjunto documental contenido en dicha Sección archivística, proporciona sin dudas diversas aristas para una mayor comprensión del pasado en el Paraguay teniendo en cuenta las peculiaridades de una sociedad que era periférica, fronteriza y carente de profesionales del derecho, por lo que la mayor parte de los procesos sustanciados ante los tribunales de Asunción o de Villarrica fueron conducidos por legos ya sean estos los propios papelistas que redactaban los recursos para las partes, o los propios jueces y actuarios.
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