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Abstract This paper analyzes the town of Sanlúcar de Barrameda in the late Middle Ages. On the one hand, it takes a close look at the integration of its port within international maritime networks with special attention to the presence of the Mediterranean fleets. [...]it focuses on the Genoese community and its consulate, which was headed by Juan Martinez Verde, a famous notary and governor. INTRODUCCIÓN Sanlúcar de Barrameda, a pesar de su condición de capital de los estados señoriales de los Guzman, cuenta con muy pocos documentos para la reconstrucción de la historia de la villa en época medieval, una cuestión recientemente vuelta a poner de relieve pese a los no pocos esfuerzos puestos en su mitigación4. Sin lugar a duda, una de las metodologías que se ha revelado fundamental en tal sentido es el recurso de las fuentes itálicas, tal como han puesto significativamente de relieve las publicaciones de Raúl González Arevalo6. Su importancia radica en el hecho de que nos aporta una información muy relevante sobre el desconocido consulado genovés de Sanlúcar de Barrameda, que estuvo operativo desde, al menos, la década de 1460. Se trata, pues, de un registro de incalculable valor para profundizar en la comunidad ligur, de la que apenas hay datos, debido a esa parquedad documental comentada, que coarta sobremanera no solo la fijación del momento exacto en que los mercaderes de la Superba pudieron recalar en la villa, sino también su desarrollo posterior hasta que, en beneficio exclusivo de Cádiz, desaparecen de la documentación en los albores de la Edad Moderna. 2. A tenor de su posición geográfica asumió, sobre todo desde la segunda mitad del siglo XIV, las funciones navales y portuarias de la capital debido a las condiciones náuticas del antiguo río Betis. Por esta razón, se consolidó desde aquel momento como el punto de entrada de las mercancías que tenían como destino final el mercado hispalense9. La distancia desde Sanlúcar de Barrameda a Sevilla era de 60 millas y para introducirse en el río era necesario contar con los vientos de levante y siroco: «Entro levante e sirocco, dalla detta bocea alla cittade di Sibilia sono miglia 60», tal como se cita en el portulano atribuido a Alvise da Ca da Mosto y editado por Bernardino Rizzo en 149016. Así pues, en el último tramo del itinerario de ida el barco tenía que detenerse en la villa sanluqueña a ñn de enrolar un piloto para remontar el río Guadalquivir: «apud rivum Sibilie antequam dicta navis ibi intret levabimus ibi pilot et vos solvatis salarium ipsius pilot in introitu, et nos solvemus salarium ipsius in exitu dicti rivi»19.
Recepción: 2024/02/02 * Comunicación de observaciones de evaluadores: 2024/02/23 * Aceptación: 2024/03/07
doi: https://doi.org/10.5944/etfiii.37.2024.39784
Resumen3
En este artículo se estudia la villa de Sanlúcar de Barrameda durante la Baja Edad Media. Por una parte, se profundiza en la participación de su puerto dentro de las redes marítimas a nivel internacional, con especial atención en la presencia de las flotas mediterráneas. Por otra, se estudia la comunidad genovesa y su consulado, cuyo oficio desempeñó Juan Martínez Verde, célebre notario y regidor.
Palabras clave
Sanlúcar de Barrameda; Genova; consulado; notariado; Baja Edad Media.
Abstract
This paper analyzes the town of Sanlúcar de Barrameda in the late Middle Ages. On the one hand, it takes a close look at the integration of its port within international maritime networks with special attention to the presence of the Mediterranean fleets. On the other hand, it focuses on the Genoese community and its consulate, which was headed by Juan Martinez Verde, a famous notary and governor.
Keywords
Sanlucar de Barrameda; Genoa; Consulate; Notary; Late Middle Ages.
1. INTRODUCCIÓN
Sanlúcar de Barrameda, a pesar de su condición de capital de los estados señoriales de los Guzman, cuenta con muy pocos documentos para la reconstrucción de la historia de la villa en época medieval, una cuestión recientemente vuelta a poner de relieve pese a los no pocos esfuerzos puestos en su mitigación4. Esto ha obligado en numerosas ocasiones a conjeturar acerca de ciertos temas que con las escasas fuentes conservadas no se han podido levantar con la exactitud deseada. Precisamente, uno de ellos ha sido siempre el de la presencia de comunidades extranjeras en suelo sanluqueño, especialmente por haber dejado una huella manifiesta bien en la nomenclatura de algunas de las calles de su entramado urbano, bien en algunos ejemplos edilicios e institucionales que han perdurado en él. Sin embargo, lo que conocemos de las mismas, de forma particular de ingleses, bretones y flamencos, está centrado en una cronología muy tardía, de modo que su estudio se vuelve en extremo complejo al intentar descender el siglo XVI.
Recientemente, con relación a esta carencia documental, Emilio Martín ha subrayado que «no debe convertirse en un problema irresoluble», sino todo lo contrario: «podría avivar la iniciativa medievalista a la hora de buscar otras vías alternativas»5. Sin lugar a duda, una de las metodologías que se ha revelado fundamental en tal sentido es el recurso de las fuentes itálicas, tal como han puesto significativamente de relieve las publicaciones de Raúl González Arevalo6. Ciertamente, se trata de una senda repleta de posibilidades para estudiar los puertos del sur de Castilla en general y el de Sanlúcar de Barrameda en particular. Así pues, fruto de la aplicación de este planteamiento, hemos hallado en el Archivio di Stato di Genova un documento que, si bien citado hace más de medio siglo por el profesor Jacques Heers, nunca había sido examinado con la atención que, en efecto, su contenido requería7. Su importancia radica en el hecho de que nos aporta una información muy relevante sobre el desconocido consulado genovés de Sanlúcar de Barrameda, que estuvo operativo desde, al menos, la década de 1460. Es un original que se ha conservado entre las escrituras del notario Antonio Fazio y que recoge incluso la figura pública que se encontraba al frente del mismo, que no era sino uno de los más afamados notarios de la villa, Juan Martínez Verde. Se trata, pues, de un registro de incalculable valor para profundizar en la comunidad ligur, de la que apenas hay datos, debido a esa parquedad documental comentada, que coarta sobremanera no solo la fijación del momento exacto en que los mercaderes de la Superba pudieron recalar en la villa, sino también su desarrollo posterior hasta que, en beneficio exclusivo de Cádiz, desaparecen de la documentación en los albores de la Edad Moderna.
2. «APUD RIVUM SI Bl LI E»: EL PUERTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA EN LA BAJA EDAD MEDIA
Ubicada a orillas de la desembocadura del río Guadalquivir, la villa de Sanlúcar de Barramcda desempeñó un papel destacado en las rutas marítimas en calidad de antepuerto de Sevilla durante la Baja Edad Media8. A tenor de su posición geográfica asumió, sobre todo desde la segunda mitad del siglo XIV, las funciones navales y portuarias de la capital debido a las condiciones náuticas del antiguo río Betis. Por esta razón, se consolidó desde aquel momento como el punto de entrada de las mercancías que tenían como destino final el mercado hispalense9. En otras palabras, en aquel puerto se organizaban los cargamentos y se redistribuían en barcos de menor porte que eran más aptos para la navegación fluvial10. Al mismo tiempo, consecuencia del traslado del movimiento portuario hacia el estuario, se convirtió en el centro exportador y redistribuidor de los artículos cargados en el interior, de modo que su despegue marinero estuvo estrechamente vinculado con una fructífera relación con la ciudad de Sevilla. Ambos entes urbanos constituyeron uno de los polos económicos más relevantes del sur de la Corona de Castilla, basado en la interacción, la interdependencia y el beneficio mutuo. Junto con Cádiz, fueron los puertos más frecuentados por las flotas mediterráneas y atlánticas en la Baja Edad Media11.
La villa de Sanlúcar de Barrameda fue adquiriendo una identidad marítima a nivel internacional durante los siglos baj omedievales, cuya prueba más evidente es su cita en los portulanos y cartas náuticas italianas bajo los términos: rio di Sibilia, rivo Sibilie, Fiume di Sibilia, Santucha di Barramida o Santucha di Boromida12. Efectivamente, el uso de estas expresiones evidencia distintas realidades. La mención explícita al río se utiliza para citar el puerto, mientras que los otros dos lo hacen para aludir a la fortaleza: «La chonoscenza del rio di sibilia e vn castello chessi chiama san lucha di borimida, 3 torri che vi sono»13. Los testimonios coinciden en las dificultades para entrar en su puerto, en particular debido a los bancos de arena y a los bajos, que obligaban a los navegantes a acceder durante la pleamar14, motivo por el que era indispensable reclutar a un piloto: «ma bissognati peloto per entrare dentro et entra dentro in fino a borimida». A lo que se recomendaba que se fondeara en la orilla izquierda de la desembocadura debido a la poca profundidad: «e achostati sempře a banda sinestra al terreno per certe basse che vi sono e vuoi entrare con montante»15. La distancia desde Sanlúcar de Barrameda a Sevilla era de 60 millas y para introducirse en el río era necesario contar con los vientos de levante y siroco: «Entro levante e sirocco, dalla detta bocea alla cittade di Sibilia sono miglia 60», tal como se cita en el portulano atribuido a Alvise da Ca da Mosto y editado por Bernardino Rizzo en 149016.
A pesar de la integración de Sanlúcar de Barrameda en los circuitos comerciales, la villa no contaba con un muelle, pero sí disponía de otras infraestructuras portuarias como aduana, almacenes y atarazanas17. Por este motivo, las labores de carga y descarga de los barcos mercantes, anclados en el puerto de Barrameda, se efectuaban mediante navios de menor porte y calado que zarpaban desde la playa. Estas acciones de estiva eran realizadas por esclavos moros y negros en la plaza de la Ribera, próxima a la Aduana del Duque. Moreno Ollero ha reseñado que las denominaciones de Barrameda, Zanfanejos, Bonanza o Sanlúcar respondían a un mismo puerto, cuya designación más antigua era Barrameda. Su función era eminentemente comercial: «la carga o descarga de artículos y mercancías destinados al comercio»18.
Las primeras noticias sobre la navegación de naves mediterráneas hacia la villa de Sanlúcar de Barrameda datan de finales del siglo Xlll. En mayo de 1292 diez mercaderes barceloneses habían fletado a los patrones mallorquines Mateo Cabrito y Berenguer Reya su nave, Santa Maria de Natzarè, para navegar desde Barcelona a Sevilla. Durante el viaje de ida estaban previstas las escalas intermedias en Palma de Mallorca, Alicante, Almería, Málaga y Sanlúcar de Barrameda, mientras que para el tornaviaje se estipuló realizar el trayecto directo a Mallorca o Barcelona. Así pues, en el último tramo del itinerario de ida el barco tenía que detenerse en la villa sanluqueña a ñn de enrolar un piloto para remontar el río Guadalquivir: «apud rivum Sibilie antequam dicta navis ibi intret levabimus ibi pilot et vos solvatis salarium ipsius pilot in introitu, et nos solvemus salarium ipsius in exitu dicti rivi»19. Su salario se acordó que sería abonado en dos partes: la primera que sería sufragada por los comerciantes en la entrada del río, mientras que la segunda lo sería por los patrones en la salida. El piloto debía cumplir la función de dirigir la nave desde allí hasta el Arenal en la ciudad hispalense y viceversa.
Aunque disponemos de noticias puntuales sobre Sanlúcar de Barrameda desde fines del siglo Xlll, durante la centuria siguiente los datos se multiplican. Un caso significativo se halla en la suplicación que elevaron los familiares y amigos del patrón Antonio Mestre, que había sido capturado junto a algunos marineros por una galera benimerín en su viaje de Faro a Cádiz en los últimos meses de 1340. Previamente, su barcaza había sido cargada en Sevilla con aceite, cuero, cera y algodón, mientras que en la villa sanluqueña se había completado la bodega con más cueros, pieles y metal amonedado. Desde el estuario del Guadalquivir el patrón mallorquín debía navegar hasta el puerto gaditano para transbordar allí las mercancías a otra embarcación que iba directa para Mallorca. Sin embargo, a causa de un temporal la nave arrumbó a Faro. En su regreso a Cádiz fue interceptada, cerca de Tavira, por una galera musulmana que la condujo hasta Arcila. De los doce testigos que participaron en la probanza, siete residían en Sevilla y cinco en Sanlúcar de Barrameda, a saber: Pedro Bellveí, Bernardo Bas, Francisco Pons, Pedro Ortolá y Ramón Segarra. A pesar de que no es posible determinar si habitan en calidad de vecinos o estantes, lo cierto es que utilizaron su puerto como base de sus operaciones comerciales20.
Las embarcaciones genovesas comenzaron a acudir con cierta frecuencia al puerto de Sanlúcar de Barrameda en la segunda mitad del siglo XIV. Aunque es cierto que la escala primordial de la ruta de Poniente entre Génova y Flandes era Cádiz21, la villa sanluqueña empezó a dar muestra de sus dotes para atraer el tráfico marítimo. Así queda de relieve en los riesgos marítimos otorgados ante el notario Teramo Maggiolo. Por ejemplo, en agosto de 1368 fueron aseguradas las mercancías de llario de Mari y de Battista de Mari, que debían ser embarcadas en Sanlúcar de Barrameda por el primero en la nave del patrón Giuliano de Mari, que navegaba desde La Esclusa con rumbo a Alejandría22. Pese a que no se especifique la naturaleza de los bienes cargados, evidencia una conexión entre Andalucía y Alejandría que debió ser constante desde, al menos, esa década. Lo confirma el hecho de que en ese mismo año se habían concertado tres riesgos más con un itinerario similar, si bien en algunos casos se completa el viaje con escalas intermedias en Sicilia y en Quíos antes de arribar al puerto egipcio23.
En otros casos, las noticias sobre el comercio marítimo en el puerto de Sanlúcar de Barrameda proceden de incidentes navales a manos de corsarios catalanes. En 1370 el embajador de Genova, Oberto Pelliccia, elevó una queja formal ante el monarca Pedro IV de Aragón para reclamar una indemnización para los ligures que habían sufrido algún tipo de robo por parte de los catalanes. En el elenco de los ataques se recoge la denuncia de Nicolo de Camilla, quien declaró que en octubre de 1367 había sido sufrido el robo de un tonel de aceite, cuya valoración estimó en 46 florines, a manos del corsario Pere Bernardo de Mallorca, cuando estaba «in partibus Rii Sibille» a bordo de la coca de Guglielmo Nave, que provenía de Flandes24. A luz de este ejemplo, se puede corroborar que en la década de 1360 el puerto sanluqueño se había establecido como un punto de referencia de la navegación de Genova en el sur ibérico.
En muchas ocasiones la villa de Sanlúcar de Barrameda comparece como un puerto subsidiario de Sevilla. En cierto modo, el incremento de embarcaciones en el estuario del Guadalquivir fue correlativo a un descenso en la capital hispalense, dado que ofrecía una ventaja muy provechosa desde el punto de vista naval: evitaba remontar el río. Esta es sin duda la principal razón que explica su desarrollo portuario y su interrelación con Sevilla. De hecho, este eje queda perfectamente de manifiesto en los seguros marítimos ligures, sobre todo de aquellos viajes que tenían como punto de partida Andalucía, puesto que se les permitía a los patrones iniciar su travesía en Sevilla o en Sanlúcar de Barrameda. Así, por ejemplo, en 1368 se estipuló un riesgo con destino a Pera, en el que se acordó que el trayecto debía iniciarse desde uno de esos puertos25. En otros casos, aparece Cádiz como posible alternativa a Sanlúcar y/о Sevilla para zarpar con rumbo a Alejandría26, Pera27 o Aigues-Mortes28, quedando siempre a elección del patrón el comienzo del itinerario. Esta cuestión la ratifica un seguro de 1377 para un cargamento de aceite que debía ser cargado en la coca de Giovanni de Mari por Giovanni de Pino en el puerto sevillano, sanluqueño o gaditano29.
Al contrario, en los riesgos marítimos que tenían como destino la ciudad de Sevilla, se precisa en la mayoría de los casos que las mercancías deberían ser alijadas en Sanlúcar de Barrameda y desde allí serían trasladadas al interior por embarcaciones de menor porte. Así se constata en el hecho de que en agosto de 1399 se asegurara un cargamento de plata de Porto Pisano que debía ser transportado a la capital hispalense en la nave de Ansaldo Grimaldi, cuya descarga debía efectuarse en el puerto sanluqueño: «exonerare in Rio Sibilie». Desde allí la carga sería reembarcada en otro barco para llevarla hasta Sevilla, como se menciona en el documento: «causa deferrendi Sibiliam»30. De tal modo que esta acta notarial corrobora, una vez más, para Sanlúcar su valor como antepuerto y su papel como puerta de entrada de las mercancías que tenían como destino la capital.
Las actas notariales ligures de la primera mitad del siglo XV permiten conocer la identidad de los factores establecidos en el puerto de Sanlúcar de Barrameda, si bien es muy probable que en la mayoría de los casos fuesen mercaderes genoveses de Sevilla que durante un tiempo determinado permanecían en la villa en condición de estantes. Por desgracia, no es posible profundizar en estos asuntos, dado que no se puede contrastar con los registros y escrituras locales. Así pues, en junio de 1409 encontramos a Ansaldo Lomellini como encargado de cargar en Sanlúcar o en Cádiz un cargamento de aceite y jabón de Cosma Tarigo en la nave de Baliano Pinelli, que sería descargado en La Esclusa y Southampton, respectivamente31. Ese mismo año también embarcó, junto a Giovanni Italiano, cueros en la embarcación de Goffredo Spinola con destino a Genova32. Además, Giovanni Italiano cargó un cargamento de cuero de Bartolomeo de Guisulfo en el barco de Angelo di Negro o de Antonio Bonaventura para transportarlo a Genova33. En efecto, estos tres ejemplos muestran las conexiones marítimas de los puertos ibéricos en el comercio internacional, así como las mercancías que se exportaban desde el sur de Castilla y la identidad de los factores.
Estas noticias sobre las labores de estiba permiten acercarnos a la compleja realidad del comercio marítimo en el sur de Castilla. En las décadas siguientes hallamos de nuevo a Ansaldo Lomellini como uno de los operadores comerciales más activos en Andalucía. Fue el encargado, junto con Ambrosio Centurione, de embarcar los bienes de Antoniotto Lomellini en Sanlúcar de Barrameda o en Cádiz a bordo de los barcos de los patrones Alfonso Fernández de Herrera y Goffredo Spinola con destino a Southampton en 141134. En la misma embarcación del castellano Alfonso Fernández de Herrera, Domenico Grillo asumió la responsabilidad de cargar los géneros de Giovanni Grillo para depositarlos en La Esclusa35. En esc mismo era Salvaigo Salvago el responsable de estibar los de Donato Tarigo en el puerto sanluqueño o gaditano en la nave de Teramo Centurione36. Los últimos datos de las actas notariales ligures sobre los factores en la villa de los Guzmán datan de la década de 1420: en 1428 fue Giovanni Pació el agente encomendado para cargar en la nave de Carolo Italiano, que navegaba hacia Sandwich37, mientras que en 1429 confiaron ese cometido a Tommaso Cigala y Matteo Rini38.
El protagonismo de Sanlúcar de Barrameda en las rutas marítimas a larga distancia no lo constata únicamente la comparecencia de la flota mercantil de Genova, sino también la veneciana y, más tarde, la florentina. El puerto de los Guzmán fue parada oficial de la muda de Berbería a partir de la década de 1440. Anteriormente habían sido Cádiz y Sevilla las escalas finales de ese itinerario, aunque es dudoso, como bien ha señalado González Arevalo, que las galeras vénetas remontaran el río Guadalquivir39. La elección de este cambio respondía al interés de la Serenísima de reservar a Cádiz como parada para el convoy de Poniente y a Sanlúcar para el de Berbería. Esta organización se mantuvo hasta 1462. Por el contrario, las galeras florentinas comenzaron a frecuentar la villa sanluqueña anualmente desde 1458 hasta 1461, que se consolidó como la cabecera final de la línea de Berbería, aunque las amenazas piráticas obligaron a la República de Florencia a cancelar el trayecto40.
Las aguas del puerto de Sanlúcar de Barrameda fueron escenario de diversos asaltos y agresiones marítimas. Fueron frecuentes las hostilidades contra los barcos cargados con las mercancías de los comerciantes genoveses por parte de los patrones catalanes. Una de las fuentes más sobresalientes para conocer la magnitud de estos sucesos se corresponde con las peticiones elevadas por los embajadores Andrea de Bonigasso y Angelo Giovanni Lomellino del Común de Genova al rey Alfonso V de Aragón, en las que se recopilan los ataques navales entre 1444-145141. En 1450 se citan dos incidentes acaecidos entre Lisboa y Sanlúcar de Barrameda a manos de tres corsarios catalanes. Por un parte, Nicolau Vinot y un tal San Martí habían asaltado la nave del patrón Juan Ferrando de Motrico durante las escalas en ambos puertos. Igualmente, Lluís de Torroella, con su nave El Abat, había tomado las mercancías alijadas en la embarcación del patrón vizcaíno Juan Ferrando de Stivarrubia. Aunque no se precisa la correlación entre los dos ataques, resulta posible que los dos patrones vascos viajasen en conserva desde el mar del Norte hacia el Atlántico ibérico, con escalas previstas en Lisboa y en Sanlúcar de Barrameda, para proseguir su navegación hacia el mar Mediterráneo.
Lo más interesante de ambas agresiones es que en las reclamaciones se mencionan la identidad de los mercaderes genoveses que habían cargado en ambas naves, así como la naturaleza de sus mercancías y su valor económico. Así pues, en el barco de Juan Ferrando de Motrico durante la escala en Sanlúcar de Barrameda habían embarcado sus bienes los comerciantes Nicolo Grimaldi, Antonio Fieschi, Gaspare Cattaneo, Laurenzio Spinola, Giovanni Colonna Castagna, Manuele y Leonello Grimaldi, Filippo Cattaneo, Battista y Domenico Spinola, Paolo Serra, Francisco Gentile, Bonifacio Lomellini y Mario Calvo. La tipología del género a bordo es considerablemente amplia, prevaleciendo los cueros, las piezas de hierro y los sacos de lana, pero también, aunque en menor medida, las balas de piel, las balas de lana de cordero y de lana de cordero de Inglaterra, y un saco de grano. La suma total del valor de las mercancías ascendía a 6255 ducados y 240 libras. Sabemos que las 41 balas de piel de Nicolo Grimaldi y los 22 sacos de lana de Antonio Fieschi habían sido cargadas por Antonio Spinola, mientras que las 8 balas de lana de cordero de Inglaterra, propiedad de Battista y Domenico Spinola, y los 20 sacos de grano habían sido embarcados por Stefano de Bonigasso, seguramente en calidad de factor.
De igual modo, la bodega de la embarcación del patrón vizcaíno Juan Ferrando de Stivarrubia había sido completada en Sanlúcar de Barrameda con los bienes de los ligures Filippo y Federico Centurione, Angelo Centurione, Anfreone Centurione, Cristoforo Centurione, Battista y Domenico Spinola, Giacomo Lomellini, Bernabö Fieschi, Battista Fieschi y Oberto Basso. Al igual que en el barco anterior, hay un predominio de los cueros dentro del amplio cargamento, que en una ocasión se especifica que procede del ternero. Entre el resto de los productos, cabe destacar ii balas de grana, 10 fardos de seda, 3 balas de cera, 8 sacos y medio de lana y 4 fangotes de paños largos de Inglaterra, y 10 sacos de grano. Resulta interesante subrayar el empleo de naves mercantes vascas en los tráficos marítimos, lo que, en cierto modo, podría manifestar una decadencia de la flota genovesa a favor de la castellana, al menos, en las rutas directas entre el mar de Norte y Andalucía42.
El análisis de ambos cargamentos muestra las funciones de Sanlúcar de Barrameda en el comercio marítimo internacional en el siglo XV. Por una parte, es puerto de exportación de mercancías provenientes de los mercados andaluces, con los cueros y las pieles a la cabeza, que casi con absoluta seguridad debían proceder de Jerez de la Frontera o de Alcalá de los Gazules a tenor de su riqueza ganadera, aunque no se puede descartar tampoco su posible procedencia de los zocos magrebíes. Otros productos propiamente del sur que se exportaban desde allí fueron la grana para las industrias tintóreas y los cereales, posiblemente del alfoz jerezano. Por otra parte, el puerto sanluqueño actuó como centro redistribuidor de artículos procedentes de otros ámbitos geográficos. Así pues, del norte y del interior de Castilla exportaba el hierro y la lana respectivamente, del Reino nazarı de Granada la seda, de Inglaterra la lana y los paños y del Magreb la cera. Por último, los operadores comerciales eran en su totalidad genoveses, lo que casa con el hecho de que hasta la década de 1460 la navegación hacia el puerto sanluqueño estuvo en manos de la flota ligur. Sin embargo, con el transcurso de la centuria comenzaron a llegar las marinas inglesas, bretonas y flamencas. Muchos de los miembros de estas naciones constituyeron comunidades mercantiles de mayor arraigo y tradición en la villa del duque de Medina Sidonia43.
3. LOS GENOVESES EN SANLÚCAR DE BARRAMEDA: LA COMUNIDAD Y EL CONSULADO
Es sumamente conocido que en Sevilla y en Cádiz se asentaron las dos comunidades genovesas más importantes de la Corona de Castilla durante la Baja Edad Media44. Aunque Sanlúcar de Barrameda también acogió en su seno a miembros de la nación ligur, lo cierto es que no llegaron a constituir una comunidad mercantil, aun disponiendo de consulado desde, al menos, la década de 146045. Se desconoce la fecha de su apertura, pero sabemos que no estaba en funcionamiento a comienzos del siglo XV porque en las Leges Genuenses de 1403, dictadas bajo el mandato del mariscal Boucicaut, solamente citan los consulados genoveses de Sevilla y de Cádiz en el sur ibérico46. Tampoco estaría operativo tres décadas más tarde, pues a principios de 1432, antes de zarpar con rumbo a Flandes, la carraca de Alano y Giovanni Ardimento había naufragado en el puerto sanluqueño a causa de una tormenta47. Los dos patrones se dirigieron inmediatamente a los cónsules de la nación en Sevilla para buscar la protección del rey Juan 11, que tomó carta en el asunto a favor de los genoveses, decretando la restitución de las mercancías perdidas48.
El origen de la apertura del consulado ligur de Sanlúcar de Barrameda debió estar estrechamente relacionado con los conflictos marítimos acaecidos en el estuario del río Guadalquivir, pero también con la pretensión de Genova de contar con un representante institucional, que fuera residente en la villa, para evitar el desplazamiento de los cónsules de la nación en Sevilla y para que intervinieran en el cumplimiento de las normativas referidas a la navegación, emitidas por el Ojficium Cazaría y el Oflícium Maris. Tampoco se puede descartar la posibilidad de que la fundación de esta institución respondiera a una estrategia de la casa nobiliaria para atraer comerciantes ligures y negocios mercantiles a la capital de sus estados señoriales. Aun así, también es posible que su apertura se produjera como resultado del incremento de las naves en la desembocadura del río. Un testimonio previo a la cita explícita del consulado de 1461 podría estar vinculado con su inauguración.
En 1457 la nave de Giorgio de Camilla estaba surta en el puerto de Sanlúcar de Barrameda, con un cargamento no especificado, preparada para zarpar de regreso a la ciudad de Genova. Por orden de los cónsules de la nación en Sevilla se le exigió al patrón embarcar a 14 hombres -se desconoce si marineros u hombres de armas-, debido a que el barco no estaba bien defendido y estaba incumpliendo los decretos de la magistratura del mar, que obligaba a todos los patrones a disponer de su navio en perfectas condiciones, adoptando todas las medidas técnicas necesarias y contando con una tripulación suñciente de marineros antes de iniciar el viaje por mar. Esta orden tuvo un coste adicional de 200 doblas, que asumió Bonifacio Lomellini, cuya relación con el barco y el cargamento no se conoce, dada la obligatoriedad del cumplimiento de esa disposición para poder zarpar del puerto. Sin embargo, el pago de la cuantía indicada generó una disputa entre Bonifacio Lomellini, Giorgio de Camilla y el Ufficio del mare. El primero solicitó un reembolso de la cantidad en sueldos genoveses al patrón y a la magistratura del mar, cuya respuesta fue negativa. La situación se extendió en el tiempo. Ante tal circunstancia, elevó una petición ante el dogo y el Consejos de los Ancianos de Genova, cuya respuesta vio la luz en agosto de 1461. La sentencia obligaba a Bonifacio Lomellini a pagar 15 sueldos ligures por cada 100 libras de carga del barco y de las mercancías49.
A pesar de que se desconoce el ñn de la resolución de esa disputa, resulta, en cierto modo, probable que la apertura del consulado genovés de Sanlúcar estuviera vinculada con este suceso. Ante tal situación, el Común de Genova buscaría contar con un representante institucional en la villa andaluza por el posible aumento de barcos en su puerto, para que controlase la estiba de las mercancías y el cumplimiento de los decretos emitidos por las instituciones que tutelaban la navegación mercante. De este modo, el cónsul debía asumir la tarea de supervisar las bodegas y verificar que el número de tripulantes era idóneo antes de afrontar el viaje por mar.
La única noticia sobre el consulado genovés de Sanlúcar fue ofrecida por el profesor Jacques Heers en su obra culmen sobre Genova en el siglo XV, aunque no le dedicó una merecida atención e incluso cometió errores toponímicos en su descripción50. En efecto, la referencia se halla insertada dentro de las escrituras del notario ligur Antonio Fazio, en dos documentos distintos: uno, «in lingua castelana», emitido por el escribano público Alfonso Martínez de la villa sanluqueña, y otro, «in lingua latina». Ambos registros reproducen la súplica de Cristoforo Sacro, patrón de la carraca Santa Maria e San Bernardino, elevada ante el cónsul de la nación en Sanlúcar para que le diera testimonio escrito del juramento del mercader ligur Nicoloso de Zoagli, que había sido testigo de la compra de su nave por parte de Tinofio Blanco, «alcayde e sennor del aduana de Túnez»51. La compraventa de la embarcación se había efectuado en las proximidades del cabo de Cartago, en Túnez, el 4 de enero de 1460 por el importe de 200 doblas de oro tunecinas. El mercader ligur Luchino Giustiniani, que por aquel tiempo era estante en Túnez, asumió abonar esa cantidad en el plazo de cuatro meses. Sin embargo, a 23 de noviembre de 1461 Cristoforo Sacro aún no había recibido el pago por la venta de su embarcación52.
Aunque desconocemos cómo se resolvió esta disputa, el registro aporta información de gran interés. De un lado, sabemos que el cargo de cónsul de los genoveses en Sanlúcar de Barrameda lo ostentaba, en teoría, el regidor Pedro García de la Pava, si bien en la práctica lo desempeñaba el escribano Juan Martínez Verde. Intrínsecamente, el oficio tenía asociado la función de juez, dado que debía intervenir en las disputas judiciales entre los miembros de la nación. A diferencia de las comunidades de Sevilla y de Cádiz, que gozaban de cierta autonomía para participar en la elección del cónsul, en el caso de la villa sanluqueña le correspondió al duque de Medina Sidonia la designación del título. Sobre esta figura no hay más noticias, por lo que es posible suponer que tuvo una escasa duración en el tiempo, posiblemente hasta finales del siglo XV, pues ni siquiera hay información sobre ella para la centuria siguiente53. De otro lado, el nombramiento de un súbdito de don Juan de Guzmán evidencia el escaso arraigo de los genoveses en Sanlúcar, pues el cargo no lo ostentó ningún miembro de la nación residente allí. En este sentido, Jacques Heers, tomando como referencia el documento, afirmó que la comunidad ligur era muy reducida, pues únicamente contaba con cuatro integrantes: Cristoforo Sacro y Nicoloso de Zoagli en condición de estantes y Antonio y Pietro Pallastrelli en calidad de vecinos54.
Aunque es bien cierto que la comunidad genovesa de Sanlúcar de Barrameda tenía un carácter, más bien, temporal -pues estaba compuesta mayoritariamente por mercaderes que operaban desde Sevilla, en calidad de estante o vecino, y que se desplazaban hacia allí cuando llegaban las flotas mercantiles-, la afirmación de Jacques Heers es un tanto desmesurada, pues aun siendo de dimensiones reducidas, debió de contar con más de cuatro miembros. Así pues, el examen de la documentación notarial sanluqueña demuestra la integración social de genoveses, lo que permite matizar la premisa anteriormente expuesta.
Con apoyo en escrituras notariales originales, sabemos que a principios del siglo XV ya había genoveses en Sanlúcar y no solo como estantes, sino también en condición de vecinos. Efectivamente, en 1402 micer Jácomo de Veleño poseía casas en la villa junto a las de una de las más destacadas familias del momento, los Guillen de Barat55. Sin embargo, la expansión que conoció Sanlúcar ante el crecimiento de su población y la consolidación de su comercio hizo que a mediados del siglo XV uno de sus arrabales, el de la Mar, fuese ocupado por los vecinos de la villa, especialmente cuando en 1478 don Enrique de Guzmán, 11 duque de Medina Sidonia, concediese el célebre privilegio de población de la Ribera56. Justamente, los pocos italianos que conocemos para finales de la centuria expresan mayoritariamente su residencia en ella, como el caso de Juan de Baǧana en 148957 o -más imprecisamente- el de Jácomo Diñarte en 149958.
La consagración de los genoveses en medio de la sociedad sanluqueña parece que vino de la mano de micer Francisco Loyanlo, quien en 1441 se instaló entre la élite de la sociedad de la villa, al engrosar la restringida lista de hermanos fundadores -formada por lo más selecto del vecindario de la población- de la Hermandad y Cofradía de la Santísima Trinidad instituida el 11 de junio de ese año, a cuyo cuidado quedó el hospital homónimo que desde entonces se levantó en el arrabal de la Mar59. Sabemos bien que este establecimiento benéfico recogía y daba techo a transeúntes y viajeros llegados a Sanlúcar. Nada más lógico pensar que la inclusión de Loyanlo entre sus patronos serviría para tratar con especial atención a los numerosos paisanos italianos que ya por esta época recalaban en la villa guzmana.
Otra gran familia genovesa afincada en Sanlúcar al menos desde mediados del siglo XV fueron los Palestrelo, que el propio Heers señaló y cuyo apellido consideramos como la castellanización de la saga de los Pallastrelli ligures. Nos lo confirmaría no solo el hecho de que Antón Palestrelo y Pedro Palestrelo actuasen como testigos en el significativo documento que en este trabajo editamos, sino también el de que este último, que además llegó a ser regidor en el concejo de Sanlúcar desde 1468 hasta su muerte en 148860, nombró por albacea de su testamento a Lequín Espíndola61 -¿Luchino Spinola?-, paisano suyo perteneciente a otro de los alberghi genoveses sanluqueños, del que saldría nada menos que el maestresala de don Enrique de Guzmán, 11 duque de Medina Sidonia, Francisco de Espíndola -Francesco Spinola-, a quien incluso vemos actuar en 1492 como procurador de la duquesa doña Leonor de Mendoza62.
A finales del siglo XV, miembros de la familia genovesa de los Riverol -Rivarolotambién están presentes en Sanlúcar no solo en calidad de mercaderes -naturaleza profesional que las fuentes no ocultan-, sino también como parte integrante de la propia sociedad de la villa. En efecto, tenían establecidos altos negocios con la élite local, hasta el punto de que en 1481 el jurado Pedro Sánchez Cordero -que pocos años más tarde aparece además como procurador de don Enrique de Guzmán, 11 duque de Medina Sidonia63- confesaba por su testamento deber a Bartolomé de Riverol «çiertas cuentas», para cuya satisfacción remitía «a su libro, que todo lo que por él pareçyere que yo le deuo le sea pagado»64.
Por su parte, más interesante nos parece el hecho de que en 1491 el alcalde ordinario de Sanlúcar Diego Fernández precisase la comparecencia de Francisco de Riverol, «mercador genoués», para reconocer la escritura del difunto Alfonso Fernández de Lugo, antiguo regidor y una de las figuras más destacadas del panorama político y social de Sanlúcar a lo largo del siglo XV65, en cierto albalá y firma que el prior del monasterio de Nuestra Señora de Barrameda, fray Fulgencio de Cabrera, había presentado ante su audiencia para guarda de su derecho66. Cuál no sería la relación que les unía que años después de su muerte Riverol continuaba siendo una figura de referencia en cuanto al recuerdo del ilustre convecino, a quien aseguraba haber visto «regir e escreuir» con la mano que ahora reconocía.
Aunque como hemos dicho la presencia de italianos se reduce considerablemente a finales del siglo XV, de aquellos pocos de los que hemos podido conseguir noticia documental al menos otro habría logrado acceder al concejo de la villa. Nos referimos a Anfreón Cataño -Anfreone Cattaneo-, quien entre 1493 y 1495 era miembro del mismo en calidad de alguacil67.
4.JUAN MARTINEZ VERDE, ESCRIBANO PUBLICO, REGIDOR Y CÓNSUL
En 1461, fecha del documento que traemos en cuestión, Juan Martínez Verde era ya toda una personalidad pública en Sanlúcar. Hacía más de dos décadas que había pasado a formar parte de la élite de la sociedad de la villa, al haber sido designado en 1441 para la estrecha nómina de hermanos fundadores de aquella Hermandad y Cofradía de la Santísima Trinidad que vimos con anterioridad68. No sería difícil establecer cierto parentesco con Catalina Martínez de Luna, esposa del gran dotador del nuevo hospicio, Alfonso Fernández de Lugo, del que antes hablamos.
Justo al año siguiente, en 1442, tenemos constancia de que ya ocupaba la titularidad de una escribanía pública del número69, cosa que en la villa ducal está demostrado que a su poseedor le hacía merecedor de una alta consideración por parte de sus vecinos y le situaba en una holgada posición económica70. Además, al menos desde finales del mismo año simultaneaba su oficio de escribano público con el de regidor71, un cargo que dependía exclusivamente del señor de Sanlúcar y que favorecía la aparición de «una verdadera oligarquía local»72. La confianza depositada por el conde de Niebla y, a partir de 1445, duque de Medina Sidonia en los trece integrantes de la regiduría municipal hizo posibles encargos especiales a su favor, que ponderan la estrecha relación del señor con ellos73. No se podría explicar de otra forma que en un concejo cuya dirección simbólica recaía en él Juan Martínez Verde promocionase hasta aparecer en 1450 como escribano mayor del cabildo74, el más alto escalafón de la oficina documental municipal, responsabilidad que seguía ocupando en 146875.
Por todo ello, sabiendo que su nombramiento era potestad del duque y se producía de entre los regidores de la villa76, no es de extrañar que una figura de la notoriedad de Juan Martínez Verde fuese elegida para cónsul y juez de la nación de los genoveses. En cualquier caso, bien es cierto que el tenor documental de la escritura manejada advierte que lo era «en logar de» Pedro García de la Pava, también regidor. Aunque la delegación ad vicem era un fenómeno bien asentado en los oficios públicos de Sanlúcar para estas fechas77, no es menos cierto que el sustituto en esta subrogación -que además debía de contar con el beneplácito del duque para llevarla a efecto- solía revestir las capacidades propias para el correcto ejercicio del cargo encomendado. Decimos esto porque pensamos que la designación de Martínez Verde como cónsul obedece a un claro deseo por profesionalizar el puesto, cuestión que, tras muchos años de bagaje jurídico al frente de una escribanía del número, de la del concejo y de una regiduría, nuestro notario estaría en condiciones de cumplir satisfactoriamente.
Sostenemos la hipótesis en el hecho de que García de la Pava, a quien conocemos en el concejo sanluqueño desde 1459, hace uso de una muy discreta competencia gráfica a la hora de plasmar su suscripción en un documento otorgado ese año, por el cual la villa prometía bajo juramento y pleito homenaje reconocer por su señor a don Enrique de Guzmán, hijo y heredero de don Juan de Guzmán, 1 duque de Medina Sidonia, después de los días de su padre78. Teniendo presente el bien estudiado y contrastado vínculo entre escritura y formación79, creemos poder conjeturar con fundamento que el consulado de los genoveses fue concedido por el duque al regidor Pedro García de la Pava como una suerte de galardón -acaso por la prestación de otros servicios que se nos escapan-, pero que, ante su limitación en la función efectiva del cargo, hubo de delegarlo en Juan Martínez Verde con el objeto de alcanzar la necesaria tecnificación que requería.
Si bien la de los genoveses no fue la comunidad extranjera más numerosa en la Sanlúcar de Barrameda de finales de la Edad Media80 -que lo eran, recordemos, las de ingleses, bretones y flamencos-, la dedicación que sus negocios y litigios exigían hicieron a Juan Martínez Verde confiar a su vez su oficio de escribanía pública a un sustituto, cuya elección, como se confirma en nuestro documento de 1461, había recaído sobre su propio hijo, Alfonso Martínez, quien en su suscripción exterioriza filiación y licencia del duque para ello: «E yo, Alfonso Martínez, escriuano público de Sanlúcar de Barrameda en logar de lohan Martínez, regidor, mi padre, con liçençia e actoridat del duque, mi sennor, lo escreuí e fiz aquí mío syg-(szøno)-no e so testigo».
Alfonso Martínez se había formado en la notaría de su progenitor como escribano subalterno al menos desde 144281, por lo que veinte años después se encontraba preparado para este relevo circunstancial. Curiosamente, no fue el único hijo de Juan Martínez Verde dedicado al mundo del officium notariae, ni tan siquiera el único que le sustituyó en la escribanía pública. En efecto, en 1473, quizá al final ya de su vida y de su carrera, otro de sus vastagos, Francisco Martínez, era servidor de la misma en su lugar82. Si lo hacía para permitir que su padre continuase al frente del consulado de los genoveses es imposible de contestar. De todas formas, ya vimos en el anterior epígrafe que esta institución no debió de prolongarse mucho más en el tiempo, perdiéndose antes de rebasar el siglo XV.
Lo que sí parece claro es que, mientras duró, su oficina documental reprodujo la praxis e, incluso, los componentes de la escribanía original del número de Juan Martínez; dicho de otro modo, esta notaría escrituraba los negocios de los vecinos de Sanlúcar que generalmente demandaban sus servicios y los propios del consulado de los genoveses, de modo que, por razón de tener un solo titular, una y otra se confundían. Algunos elementos y fórmulas del discurso diplomático de la escritura de 1461 que aquí editamos casan a la perfección -no obstante su condición de acta- con lo que hemos podido colegir del funcionamiento de la conscriptio en la oficina del número de Juan Martínez y sus hijos; y lo que es más elocuente, en nuestro documento figura en calidad de testigo Antón Palestrelo, a quien tenemos atestiguado como escribano de su oficio en 145183.
Como cónsul y juez de los genoveses, Juan Martínez Verde se convirtió desde su nombramiento en el representante institucional de la nación extranjera y entre sus múltiples funciones estarían la de actuar de intermediario entre el poder -el duque- y los mercaderes, velando por los intereses de sus compatriotas -ciertamente no de sangre, pero sí institucionales- y haciendo cumplir los decretos del Común de Genova, y la de supervisar el cargamento y la tripulación de las embarcaciones que zarpasen desde su sede local84. Por tanto, estas acciones, que revisten una naturaleza diplomática, política y económica, encumbrarían aún más la figura de Juan Martínez en el seno de la villa y de su estamento de gobierno. Si a ello le sumamos su condición de juez encargado de intervenir y dirimir los procesos judiciales surgidos en los miembros de la nación -bien entre ellos, bien con oriundos y foráneos-, obtenemos la figura clave que supuso el cónsul de los genoveses en la Sanlúcar de Barrameda del siglo XV, cuya autoridad, por último, quedaba visualmente consignada en la plasmación de su suscripción autógrafa y plásticamente representada en la aposición de su sello personal, del modo en que, en situación de cierre, hemos visto contener la escritura en este trabajo estudiada. El propio rogatario de la misma advertía expresamente su presencia en la cláusula de corroboración: «E de todo esto segund que antei dicho cónsul e en presençia de mí, el dicho escriuano, pasó e fue dicho e razonado yo, el dicho escriuano, de liçençia e mandado del dicho cónsul di al dicho Christóual Sacro, porque me lo pidió, esta escriptura de testimonio e prouança firmada de mi nonbre e sygnada con mío sygno e çerrada e sellada e firmada del dicho cónsul».
5. CONCLUSIONES
A la luz del análisis de la documentación, se puede constatar la importancia del puerto de Sanlúcar de Barrameda en las rutas marítimas de la Europa baj omedieval y, si bien ahora es posible adelantar su participación a finales del siglo XIII -poco tiempo antes de su cesión como feudo a don Alonso Pérez de Guzmán en virtud de la merced real del monarca Fernando IV de Castilla-, no es menos cierto que fue a partir de la década de 1360 cuando comenzaron a acudir con más frecuencia la flota genovesa, que aprovechó las condiciones de su fondeadero para reorganizar los cargamentos que tenían como destino Sevilla, pero también para embarcar otras mercancías que iban a ser transportadas a otros mercados europeos o africanos. Desde aquel entonces, esta villa fue visitada por las marinas italianas, aunque en ningún caso al nivel de Cádiz.
La presencia genovesa en Sanlúcar, acrecentada con el correr del siglo XV, hizo necesaria a partir de la década de 1460 la institución de un consulado que regulase las relaciones de sus comerciantes con la villa ducal y viceversa. Los datos ofrecidos en las líneas precedentes dan buena muestra del alcance que tuvo. Sin embargo, la obligada integración del puerto de Barrameda en la Carrera de Indias junto a su metrópolis hispalense hizo que la comunidad genovesa centrase su atención en la isla gaditana -que conservaría aún sus estrechos vínculos mediterráneos-, reduciendo su aparición en él y disolviendo su consulado, que a partir de entonces perdería por completo su razón de ser.
6. EDICIÓN DOCUMENTAL
1461, noviembre, 23, lunes. Sanlúcar de Barrameda.
Cristóbal Sacro, genovés, pide a Juan Martínez, regidor, cónsul y juez en lugar de Pedro García de la Pava, juez y cónsul de los genoveses en Sanlúcar de Barrameda, que le dé testimonio del juramento que había de tomar a Niculoso de Azuaje, mercader genovés, en su condición de testigo de la venta de su carraca a Tinofo Blanco, alcaide y señor de la aduana de Túnez, por la cantidad de 200 doblas de oro tunecinas, efectuada el 4 de enero de 1460, cuyo precio se obligó a pagar por él Liquín Justinian, mercader genovés, no habiéndolo satisfecho todavía.
A.- Archivio di Stato di Genova, NA 594, doc. n. 288. Papel de 300 x 210 mm. Buena conservación. Tinta ocre. Sello de placa en aposición de cierre de impronta redonda de 30 mm. de 0. Escritura gótica cursiva redonda, o cortesana.
(Cruz') En la villa de Sanlúcar de Barrameda, lunes, veynte e tres días del mes de nouienbre, anno del nasçimiento del nuestro Saluador lesu Christo de mill e quatroçientos e sesenta e vno annos, ante Johan Martínez, regidor, consul e juez en logar de Pero Garçia de la Paua, regidor, juez e cónsul de los ginoucscs en esta dicha villa de Sanlúcar por el yllustre e muy magnífico sennor don Juan de Guzmán, duque de Medina, conde de Niebla, e en presençia de mí, Alfonso Martínez, escriuano público desta dicha villa de Sanlúcar en logar de lohan Martínez, regidor, escriuano público, mi padre, por abtoridad e liçençia del dicho sennor duque, mi sennor, e de los testigos diuso escriptos, paresçiô vn omme que se llamó por nonbre Christóual Sacro, ginoués, patrón que fue de la carraca nonbrada Santa María Sânt Bernaldín, e dixo e razonó por palabra al dicho cónsul que por quanto puede aver veynte e dos meses e medio, poco más o menos, que estando él con la dicha carraca al cabo de Cartaja, ques çerca de Túnez, que la dicha carraca se perdió en la mar al dicho cabo e que perdida que la dicha carraca fue a la costa del dicho cabo e que estando allí quel vendyó la dicha carraca con todos los aparejos e mercadorías e otras cosas que dentro en ella estauan a Tynofyo Blanco, alcayde e sennor del aduana de Túnez, ques en tierra de moros, por presçio de dozientas doblas de oro tuneçies e que asý vendida que la dio e entregó con todos los dichos sus aparejos e mercadorías e cosas que dentro en ella estauan al dicho Tynofyo Blanco e lo apoderó e entregó en todo ello e que asý entregado que le salió mañero e pagador por le dar e pagar todas las dichas dozientas doblas tuneçies por el dicho Tynofio, alcayde, Liquín Justenián, mercader ginoués, estante en el dicho Túnez, el qual dicho Liquín Justenián dixo que se obligó de le pagar las dichas dozientas doblas por el dicho alcayde en plazo de quatro meses primeros syguientes, los quales dichos quatro meses dixo que son pasados e mucho más tienpo e quel dicho Liquín nin otre por él non le ha dado nin pagado las dichas dozientas doblas tuneçies que le salió por pagar, commo dicho es, commo quier que dixo que dello ha seýdo requerido muchas vezeš, e dixo que porque a él es nesçesario e conplidero averiguar e prouar lo sobredicho commo auía pasado para lo mostrar onde le cunpliese para guarda de su derecho, para lo qual prouar tenía por testigo en esta villa de Sanlúcar a Niculoso de Azuaje, mercader ginoués, que antei dicho cónsul estaua presente, el qual dixo ques omme que anda por el mundo e se teme de lo non poder aver al tienpo que lo aya menester, por lo qual su derecho podía peresçer, por ende, dixo que pedía e pidió al dicho cónsul que resçibiese juramento del dicho Niculoso de Azuaje sobre la cruz en forma de derecho e resçibiese e fiziese resçibir su dicho a futuro e eterna memoria, faziéndole preguntar por la dicha su relaęión e lo que dixese e depusyese en la dicha razón lo fiziese escreuir e ge lo mandase dar e diese escripto por testimonio firmado e sygnado e çerrado e sellado, en manera que fiziese fe porque lo él ouiese para guarda de su derecho.
E luego el dicho Juan Martínez, juez e cónsul sobredicho, a pedimiento del dicho Christóual Sacro e faziendo lo ques justiçia, resçibio juramento del dicho Niculoso de Azuaje, que antél estaua presente, por el nonbre de Dios e de los Santos Euangellios e sobre la sennal de la cruz en que puso su mano corporalmente, para que bien e lealmente dixese verdad de lo que supiese e le fuese preguntado en la dicha razón; e el dicho Niculoso lo juró e prometyó asý.
E luego, so el dicho juramento que fyzo, seyendo preguntado por la dicha relaçion del dicho Christóual secretamente dixo que lo que sabe deste fecho es que sabe que en vn día que se contaron quatro días del mes de enero del anno pasado del sennor de mili e quatroçientos e sesenta annos, estando el dicho Christóual Sacro, patrón, con la dicha su carraca al cabo de Cartaja, que la dicha carraca se perdió e perdida que salió a la costa del dicho cabo e que estando allí quel dicho Christóual Sacro, patrón, la vendió a Tynofio Blanco, alcayde e sennor del aduana de Túnez, ques en tierra de moros con todos los aparejos e mercadorías e otras cosas que dentro en la dicha carraca estauan, por presçio de dozientas doblas de oro tuneçies que le auía de pagar dende en quatro meses primeros syguientes, las quales dichas dozientas doblas dixo que sabe que salió mañero e pagador por las dar e pagar al dicho Christóual Sacro por el dicho Tynoño, alcayde, Liquín Justinian, mercader ginoués, estante en el dicho Túnez, el qual dicho Liquín Justinian dixo que prometyó e aseguró de pagar al dicho Christóual, patrón, las dichas dozientas doblas de oro tuneçies por el dicho Tynofio, alcayde, en el dicho plazo de los dichos quatro meses primeros syguientes, diziendo quel deuía çiertos dineros al aduana del dicho Túnez e que deternía en sý del dicho debdo las dichas dozientas doblas e las daría e pagaría al dicho Christóual Sacro, patrón, por el dicho Tynofio, e que sabe quel dicho patrón dio e entregó al dicho Tynofio, alcayde, la dicha carraca e aparejos e cosas que en ella estauan vendida, commo dicho ha, e que lo apoderó e entregó en todo ello, e que sabe quel dicho plazo de los dichos quatro meses es pasado e mucho más tienpo, que non vido nin oyó decir quel dicho Liquín nin otre por él pagase al dicho patrón las dichas dozientas doblas que le prometyó de pagar commo dicho ha. Lo qual todo dixo que sabe porque lo vido e fue presente a todo ello e que esta es la verdad por la jura que fizo.
E de todo esto segund que antei dicho cónsul e en presençia de mí, el dicho escriuano, pasó e fue dicho e razonado yo, el dicho escriuano, de liçençia e mandado del dicho cónsul di al dicho Christóual Sacro, porque me lo pidió, esta escriptura de testimonio e prouança firmada de mi nonbre e sygnada con mío sygno e çerrada e sellada e firmada del dicho cónsul.
Ques fecha en la dicha villa del dicho día, mes e anno sobredicho.
Testigos: Leonardo Maça, mercader saonés85, e Antón Palestrelo e Pedro Palestro86, vecinos desta dicha villa.
Juan Martínez, cónsul (rúbrica).
E yo, Alfonso Martínez, escriuano público de Sanlúcar de Barrameda en logar de lohan Martínez, regidor, mi padre, con liçençia e actoridat del duque, mi sennor, lo escreuí e fiz aquí mío syg-(5Íno)-no e so testigo (rúbrica).
En elfol. 2v: Prouança resçebida a futuro antei cónsul de los ginoeses87 de la villa de Sanlúcar de Barrameda.
3. Este trabajo forma parte del Proyecto l+D+i «BARMER. Del barco al mercado. Actividad económica, relaciones sociales y conflictos armados en las ciudades y villas portuarias de la Europa Atlántica bajomedieval» (PID2020-118105GBI00), del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Asimismo, es fruto de una estancia de investigación realizada en Genova, que ha posibilitado la consulta de los fondos del Archivio di Stato di Genova y que ha sido financiada con una ayuda a la movilidad para los beneficiarios del programa FPU (EST23/00545).
4. Jiménez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental en Sanlúcar de Barrameda durante la Baja Edad Media. León, Universidad de León, 2021, pp. 11-16.
5. Martín Gutiérrez, Emilio: «Gobernanza y aprovechamiento de los recursos naturales: Sanlúcar de Barrameda durante el siglo XV», en Parodi Álvarez, Manuel J. (coord.): In Medio Orbe III: Barrameda, mucho más que un apellido. Sanlúcar de Barrameda, Fundación Puerta de América, 2022, p. 47.
6. A lo largo de esta publicación se citan sus trabajos más relevantes sobre esta temática. Sin embargo, ahora nos referimos a sus reflexiones sobre el empleo de las fuentes italianas. González Arévalo, Raúl: «En el Mediterráneo atlántico: Andalucía y las marinas italianas en la ruta de Poniente (siglo XV)», en Solorzano Telechea, Jesús Ángel y Martín Pérez, Fernando (coords.): Rutas de comunicación marítima y terrestre en los reinos hispánicos durante la Baja Edad Media. Movilidad, conectividady gobernanza. Madrid, La Ergástula Ediciones, 2020, pp. 161-163.
7. Archivio di Stato di Genova (ASGe), Notai Antichi, 594, doc. 288. Heers, Jacques: Gênes au XVe siècle: activité économique et problèmes sociaux. París, S.E.V.P.E.N, 1961, pp. 484-485. Vaya nuestro más sincero agradecimiento a Giustina Olgiati, archivera del Archivio di Stato di Genova, por las facilidades que nos ha ofrecido para acceder al documento pese a su condición de no consultable.
8. Moreno Ollero, Antonio: Sanlúcar de Barrameda a finales de la Edad Media. Cádiz, Diputación Provincial de Cádiz, 1983, pp. 197-198. Franco Silva, Alfonso y Moreno Ollero, Antonio: «Datos sobre el comercio del puerto de Sanlúcar de Barrameda en el primer tercio del siglo XVI», en Hacienda y comercio. Actas del II Coloquio de Historia Medieval Andaluza. Sevilla, Diputación Provincial de Sevilla, 1982, pp. 283-296. Bello León, Juan Manuel: «El Reino de Sevilla en el comercio exterior castellano (siglos XIV-XV)», en Hilario Casado Alonso (ed.): Castilla y Europa. Comercio y mercaderes en los siglos XIV, XVy XVI. Burgos, Diputación Provincial de Burgos, 1995, p. 60.
9. González Arévalo, Raúl: «En el Rio di Sibilia. Sanlúcar de Barrameda, puerto subsidiario del comercio italiano entre el Mediterráneo y el Atlántico (siglos XIV y XV)», en prensa. Agrademos al profesor Raúl González Arévalo que nos haya permitido consultar la versión inédita.
10. Ladero Quesada, Miguel Ángel: «Sanlúcar de Barrameda, antepuerto de Sevilla, a finales del siglo XV», en Mundos medievales: espacios, sociedades y poder. Homenaje al profesor José Ángel García de Cortázar y Ruiz de Aguirre. Santander, Ediciones de la Universidad de Cantabria, 2012, vol. II, p. 1501.
11. Ríos Toledano, Daniel: «Adloca Regni Castelle. Circuitos comerciales, movimientos portuarios y redes marítimas genovesas en Castilla a inicios del siglo XV», en Carzolio, María Inés, Muñoz Gómez, Víctor, Cavagnaro, Nahuel y Elecalde, Rafael (coords.): Agentes, familias y redes en el espacio Atlántico: Analítica ARS aplicada al estudio de los entramados mercantiles en la Primera Modernidad. La Plata, Universidad de La Plata, en prensa.
12. González Arévalo, Raúl: «La costa del Reino de Sevilla en la documentación náutica italiana (siglo XV)», en Historia de Andalucía. Vil Coloquio. Granada, Editorial Universidad de Granada, 2010, p. 305.
13. Kretschmer, Konrad: Die italienischen Portalané des Mittelalters. Berlin, 1909, pp. 279-280.
14. González Arévalo, Raúl: «La costa del Reino de Sevilla...», pp. 304-307.
15. Kretschmer, Konrad: Die italienischen Portalané..., pp. 279-280.
16. Da Ca' da Mosto, Alvise: Portolano del mare. Venecia, 1883, pp. 36-37.
17. Ruiz Pilares, Enrique José: «Espacios portuarios bajomedievales entre el estuario del Guadalquivir y el Estrecho de Gibraltar (ss. XIII-XVI)», Awraq: Estudios sobre el mundo árabe e islámico contemporáneo, 21 (2023), p. 118.
18. Moreno Ollero, Antonio: «Los nombres del Puerto de Sanlúcar en el siglo XVI: Barrameda, Zanfanejos y Bonanza», Cartare, 8 (2018), pp. 1-11. La cita en p. 4.
19. Mott, Lawrence V.: «Aspects of Intercoastal Trade in the Western Mediterranean: The Voyage of the Santa Maria de Natzare», en Gertwagen, Ruthy y Jeffreys, Elizabeth (eds.): Shipping, Trade and Crusade in the Medieval Mediterranean. Studies in Honour of John Pryor. Farnham-Burlington, Ashgate, 2012, pp. 167-196. El contrato de fletamento está transcrito en las páginas 186-190. A partir de la lectura del registro, el profesor Mott sugiere acertadamente una posible parada en Sanlúcar de Barrameda, aunque el documento la confirma con la expresión «apudrivum Sibilie», pero suponemos que desconocía que ese topónimo identificaba a la villa andaluza.
20. Ortega Villoslada, Antonio: El reino de Mallorca y el mundo atlántico (1230-1349). Evolución político-mercantil. La Coruña, Netbiblo, 2010, pp. 239-240.
21. Ríos Toledano, Daniel: «Cádiz y el comercio marítimo genovés en el siglo XIV», Medievalismo, 28 (2018), pp. 271-293.
22. ASGe, Notai Antichi, 319, f. 66v.
23. ASGe, Notai Antichi, 319, f. 72г, 82v, 88v-89r.
24. Ferrer i Mal lol. Maria Teresa: «El cors çatala contra Genova segons una reclamació del 1370», en DArienzo, Luisa (ed.): Sardegna, Mediterraneo e Atlantico tra Medioevo ed Eta Moderna. Studi storici in memoria di Alberto Boscolo: II Mediterraneo. Roma, Bulzoni, 1993, vol. 2, p. 286. González Arévalo, Raúl: «En el Rio di Sibilia...».
25. ASGe, Notai Antichi, 319, f. 82г.
26. ASGe, Notai Antichi, 323, ff i89v-i9or, 193V.
27. ASGe, Notai Antichi, 323, ff. 1527-153Г.
28. ASGe, Notai Antichi, 319, f. 69г.
29. ASGe, Notai Antichi, 323, ff. 1897-190Г, 1937.
30. ASGe, Notai Antichi, 324, f. 216г.
31. ASGe, Notai Antichi, 314, f. 160г.
32. ASGe, Notai Antichi, 314, ff. 1627,1637,1727.
33. ASGe, Notai Antichi, 314, f. 1867.
34. ASGe, Notai Antichi 479/11, ff 224г, 2o6v, 207г. Transcritos en Doehaerd, Renée y Kerremans, Charles: Les relations commerciales entre Gênes, la Belgique et l'Outremont, d'après les archives notariales génoises, 1400-1440. Bruselas, Institut Historique Belge de Rome, 1952, docs. 100,111 y 112.
35. ASGe, Notai Antichi 479/II, f. 211V. Ibidem, doc. 119.
36. ASGe, Notai Antichi 479/II, ff. 209V, 24ov-24ir; Notai Antichi 480, f. 93V. Ibidem, docs. 114,122 y 129.
37. ASGe, Notai Antichi, 666/1, n° 280. Ibidem, doc. 496.
38. Ibidem, does. 627 y 628.
39. Gonzalez Arévalo, Raúl: «En el Rio diSibilia...» ; «Del Adriático al Atlántico: Venecia y Cádiz entre navegación, diplomacia y comercio (siglos XIV-XV)», Hispania, 80, 264 (2020), pp. 21-22; «Cádiz, frontera atlántica de las repúblicas mercantiles italianas (siglos XIII-XV)», en Sánchez Saus, Rafael y Ríos Toledano, Daniel (eds.): Entre la tierra y el mar. Cádiz, frontera de Castilla en la Baja Edad Media. Madrid, Sílex, 2022, pp. 68-69.
40. González Arévalo, Raúl: «Corso, comercio y navegación en el siglo XV: Castilla y las galeras mercantiles de Florencia», En la España Medieval, 34 (2011), pp. 75-78.
41. Unali, Anna: «Assalti e depredamenti di imbarcazioni genovesi e aragonés, (1443-1451)», en Cultura e societa nell'ltalia medievale. Studi per Paolo Brezzi. Roma, Istituto Storico Italiano per il Medioevo, 1988, vol. Il, pp. 825-845.
42. Un estudio muy relevante sobre este tema: Heers, Jacques: «Le commerce des basques en Méditerranée au XVe siècle», Bulletin Hispanique, 57-3 (1955), pp. 292-324.
43. Sobre estas naciones mercantiles en Sanlúcar de Barrameda, véase Moreno Ollero, Antonio: Sanlúcar de Barrameda..., pp. 133-134.
44. González Arévalo, Raúl: «Integración y movilidad social de las naciones italianas en la Corona de Castilla: genoveses, florentinos y venecianos en la Andalucía bajomedieval», en Tanzini, Lorenzo y Tognetti, Sergio (eds.): La mobilita sociale nei Medioevo italiano: Competenze, conoscenze e sapēri tra professioni e ruoli sociali (sece. XII-XV). Roma, Viella, 2016, pp. 377-384.
45. Heers, Jacques: Gênes au XVe siècle..., pp. 484-485. Gonzalez Arévalo, Raúl: «Privilegios, franquicias y consulados. Naciones italianas y diplomacia mercantil en la Castilla bajomedieval», en Jesús Ángel Solorzano Telechea, David Ditchburn y María Álvarez Fernández (eds.): Políticas y estrategias socioeconómicas en la ciudad medieval atlántica. Logroño, Instituto de Estudios Riojanos, 2023, p. 98.
46. Desimoni, Cornelio, Belgrano, Luigi Tommaso y Poggi, Vittorio (eds.), Historiae Patriae Monumenta. Leges Genuenses. Turin, 1901, vol. 18, p. 774.
47. El registro recoge los nombres de los patrones en su versión castellana: «Aran e lohan Ardimento». Pensamos que Aran Ardimento se corresponde con Alano Ardimento, patrón que, al menos, desde 1430 realizaba con su nave el itinerario de la ruta de Poniente. Doehaerd, Renée y Kerremans, Charles: Les relations commerciales entre Gênes..., docs. 641, 649, 650, 652, 653, 654, 655, 658, 665.
48. González Gallego, Ignacio: «El Libro de los privilegios de la nación genovesa», Historia. Instituciones. Documentos, 1 (1974)> doc. XXXIX.
49. Balletto, Laura: «Mercanti genovesi a Siviglia alla meta' del Quattrocento», Medioevo, 2 (1976) pp. 109-115.
50. Heers, Jacques: Gênes au XVe siècle..., pp. 484-485. En concreto, confundió el topónimo 'Cartaja', que deriva del nombre Qarţāj -la denominación árabe de Cartago- con Cartagena. Véase p. 298.
51. En el registro en latín aparece como «Inofio Blancho, archaito et domine dugano Tunex», de cuyo cargo no se ha podido hallar su equivalente en árabe. Sobre Inofio Bianco sabemos que era genovés y que en 1439 figura como padre de Nicolo, Arenzano y Pietro. Doehaerd, Renée y Kerremans, Charles: Les relations commerciales entre Gênes..., doc. 800. Quizás lo más interesante es que ejemplifica un caso paradigmático, pues llegó a ostentar un cargo oficial en el puerto de Túnez.
52. ASGe, Notai Antichi, 594, doc. 288.
53. El historiador Antonio Moreno Ollero ha analizado sistemáticamente la documentación del siglo XVI conservada en los archivos local y ducal y no ha hallado ninguna noticia sobre esta institución. Le agradecemos que nos haya confiado esa información.
54. Heers, Jacques: Gênes au XVe siècle..., pp. 484-485.
55. Archivo Histórico Diocesano de Jerez de la Frontera (AHDJF), Fondo Colegial, sec II, caja 13, doc. n. 11. Sobre este linaje, véase Jiménez López de Eguileta, Javier E.: «Familias y escribanos. Los Guillen de Barat en Sanlúcar de Barrameda como ejemplo de patrimonialización notarial y aristocratización del linaje en la Edad Media», en Santiago Fernández, Javier de, y Francisco Olmos, José María de (eds.): Escritura y sociedad: burgueses, artesanos y campesinos. Madrid, Dykinson, 2019, pp. 237-252; «Canónigos ante notario. Los Guillen de Barat y la escenificación del poder en Jerez de la Frontera a comienzos del siglo XV», en Guijarro González, Susana, Agúndez San Miguel, Leticia y García Izquierdo, Iván (coords.): La construcción del espacio diocesano en la Europa medieval: actores, dinámicas y conflictos. Gijón, Trea, 2023, pp. 227-261.
56. Moreno Ollero, Antonio: Sanlúcar de Barrameda..., p. 30.
57. Archivo Histórico Nacional (AHN), sec. Clero Secular-Regular, carp. 416, doc. n. 14/1.
58. Archivo General de la Fundación Casa Medina Sidonia (AGFCMS), Medina Sidonia, leg. n. 5787, doc. 1499/1.
59. Archivo Histórico Provincial de Cádiz (AHPC), sec. Beneficencia, leg. 1635, doc. n. 299.
60. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 1535, doc. 1488.
61. Ibidem.
62. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 929, doc. 1492.
63. Archivo General de la Fundación Casa de Medina Sidonia (AGFCMS), Medina Sidonia, leg. n. 929, doc. 1486/2.
64. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 1032, doc. 1481(615).
65. Su sobrino homónimo sería el conquistador y primer adelantado de Canarias. Sancho de Sopranis, Hipólito: «Los ascendientes del adelantado Alonso de Lugo», Revista de Historia, 86-87 (1949), PP- 235"237- Sánchez Saus, Rafael: Linajes sevillanos medievales. Sevilla, Guadalquivir, 1991, vol. 1, p. 147, 3); vol. 2, p. 378.
66. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 1032, doc. 1491/1. Acerca del sobredicho cenobio, véase la reciente monografía Moreno Ollero, Antonio: El Convento de Santa María de Barrameday Fray Felipe de la Caridad. Sanlúcar de Barrameda, Fórum Libros, 2023.
67. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 1032, doc. 1493; leg. n. 3986, doc. 1491-1575, Títulos de la pertenencia y posesión de los almojarifazgos, alcabalas y otros derechos de Sanlúcar de Barrameda, doc. n. 1.
68. Archivo Histórico Provincial de Cádiz (AHPC), sec. Beneficencia, leg. 1635, doc. n. 299.
69. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 1032, doc. 1442/1; leg. n. 5142, doc. 1442-1443/1. Su prosopografía como escribano público en Jiménez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental..., p. 110.
70. Jiménez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental..., pp. 35 y 51-59.
71. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 1032, doc. 1442/1.
72. Moreno Ollero, Antonio: Sanlúcar de Barrameda..., pp. 52-54. La cita en la p. 53.
73. Jiménez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental..., p. 56.
74. Archivo Histórico de la Nobleza (AHNob), sec. Osuna, caja 183, doc. n. 14.
75. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 921, doc. 1463-1468/41.
76. Moreno Ollero, Antonio: Sanlúcar de Barrameda..., pp. 129,131,133.
77. Jimenez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental..., pp. 50-51.
78. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 921, doc. 1463-1468/1.
79. Camino Martínez, Carmen del: «Alfabetismo y cultura escrita en las fuentes notariales», en Ostos Salcedo, Pilar, y Pardo Rodríguez, María Luisa (eds.): En torno a la documentación notarial)/ a la historia. Sevilla, Ilustre Colegio Notarial de Sevilla, 1998, pp. 97-110; «Aprendizaje y modelos gráficos: entre el ámbito profesional y el privado», en Robinson, Pamela R. (ed.): Teaching Writing, Learning to Write. Proceedings of the XVIth Colloquium of the Comité International de Paléographie Latine (London, 2-5 September 2008). Londres, Centre for Late Antique & Medieval Studies, King's College, 2010, pp. 205-222.
80. Moreno Ollero, Antonio: Sanlúcar de Barrameda..., pp. 133-134.
81. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. 1032, doc. 1442/1. Jiménez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental..., p. 107.
82. Archivo Histórico Nacional (AHN), sec. Clero Secular-Regular, leg. 1741/2, s/n. Jiménez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental..., p. 108.
83. AGFCMS, Medina Sidonia, leg. n. 1032, doc. n. 1,1451/2. Jiménez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental..., p. 112.
84. Petti Balbi, Giovanna: «Un sistema di negoziazioni politico-commercial! nel Basso Medioevo», en Ferrer Mal lol. Maria Teresa, Moeglin, Jean-Marie, Péquinot, Stéphane y Sanchez Martinez, Manuel (eds.): Negociar en la Edad Media. Barcelona, CSIC, 2005, pp. 475-487.
85. Sic.
86. Sic, por Palestrelo.
87. Sic.
BIBLIOGRAFIA
Balletto, Laura: «Mercanti genovesi a Siviglia alla meta' del Quattrocento», Medioevo, 2 (1976) pp. 109-115.
Bello León, Juan Manuel: «El Reino de Sevilla en el comercio exterior castellano (siglos X1V-XV)», en Hilario Casado Alonso (ed.), Castilla y Europa. Comercio y mercaderes en los siglos XIV, XVy XVI. Burgos: Diputación Provincial de Burgos, 1995, pp. 57-80.
Camino Martínez, Carmen del: «Alfabetismo y cultura escrita en las fuentes notariales», en Ostos Salcedo, Pilar, y Pardo Rodríguez, María Luisa (eds.): En torno a la documentación notarial y a la historia. Sevilla, Ilustre Colegio Notarial de Sevilla, 1998, pp. 97-110.
Camino Martínez, Carmen del: «Aprendizaje y modelos gráficos: entre el ámbito profesional y el privado», en Robinson, Pamela R. (ed.): Teaching Writing, Learning to Write. Proceedings of the XVlth Colloquium of the Comité International de Paléographie Latine (London, 2-5 September 2008). Londres, Centre for Late Antique & Medieval Studies, King's College, 2010, pp. 205-222.
Da Ca' da Mosto, Alvise: Portolano del mare. Venecia, 1883.
Desimoni, Cornelio, Belgrano, Luigi Tommaso y Poggi, Vittorio (eds.), Historiae Patriae Monumenta. Leges Genuenses. Turin, 1901, vol. 18.
Doehaerd, Renée y Kerremans, Charles: Les relations commerciales entre Gênes, la Belgique et l'Outremont, d'après les archives notariales génoises, 1400-1440. Bruselas, Institut Historique Belge de Rome, 1952.
Ferrer i Mallol, Maria Teresa: «El cors català contra Genova segons una reclamació del 1370», en D'Arienzo, Luisa (ed.): Sardegna, Mediterraneo e Atlantico tra Medioevo ed Eta Moderna. Studi storici in memoria di Alberto Boscolo: II Mediterraneo. Roma, Bulzoni, 1993, vol. 2, p. 286.
Franco Silva, Alfonso y Moreno Ollero, Antonio: «Datos sobre el comercio del puerto de Sanlúcar de Barrameda en el primer tercio del siglo XVI», en Hacienda y comercio. Actas del 11 Coloquio de Historia Medieval Andaluza. Sevilla: Diputación Provincial de Sevilla, 1982, pp. 283-296.
González Arévalo, Raúl: «La costa del Reino de Sevilla en la documentación náutica italiana (siglo XV)», en Historia de Andalucía. Vil Coloquio. Granada, Editorial Universidad de Granada, 2010, pp. 301-317.
González Arévalo, Raúl: «Corso, comercio y navegación en el siglo XV: Castilla y las galeras mercantiles de Florencia», En la España Medieval, 34 (2011), pp. 61-95.
González Arévalo, Raúl: «Integración y movilidad social de las naciones italianas en la Corona de Castilla: genoveses, florentinos y venecianos en la Andalucía bajomedieval», en Tanzini, Lorenzo y Tognetti, Sergio (eds.): La mobilita sociale nei Medioevo italiano: Competenze, conoscenze e sapēri tra professioni e ruoli sociali (sece. Xll-XV). Roma, Viella, 2016, pp. 375-401.
González Arévalo, Raúl: «Del Adriático al Atlántico: Venecia y Cádiz entre navegación, diplomacia y comercio (siglos X1V-XV)», Hispania, 80, 264 (2020), pp. 11-45.
González Arévalo, Raúl: «En el Mediterráneo atlántico: Andalucía y las marinas italianas en la ruta de Poniente (siglo XV)», en Solorzano Telechea, Jesús Ángel y Martín Pérez, Fernando (coords.), Rutas de comunicación marítima y terrestre en los reinos hispánicos durante la Baja Edad Media. Movilidad, conectividady gobernanza. Madrid: La Ergástula Ediciones, 2020, pp. 161-189.
González Arévalo, Raúl: «Cádiz, frontera atlántica de las repúblicas mercantiles italianas (siglos Xlll-XV)», en Sánchez Saus, Rafael y Ríos Toledano, Daniel (eds.), Entre la tierra y el mar. Cádiz, frontera de Castilla en la Baja Edad Media. Madrid, Sílex, 2022, pp. 59-86.
González Arévalo, Raúl: «Privilegios, franquicias y consulados. Naciones italianas y diplomacia mercantil en la Castilla bajomedieval», en Jesús Ángel Solorzano Telechea, David Ditchburn y María Álvarez Fernández (eds.), Políticas y estrategias socioeconómicas en la ciudad medieval atlántica. Logroño, Instituto de Estudios Riojanos, 2023, pp. 83-113.
González Arévalo, Raúl: «En el Rio di Sibilia. Sanlúcar de Barrameda, puerto subsidiario del comercio italiano entre el Mediterráneo y el Atlántico (siglos XIV y XV)», en prensa.
González Gallego, Ignacio: «El Libro de los privilegios de la nación genovesa», Historia. Instituciones. Documentos, 1 (1974), pp. 275-358.
Heers, Jacques: «Le commerce des basques en Méditerranée au XVe siècle», Bulletin Hispanique, 57-3 (1955), pp. 292-324.
Heers, Jacques: Gênes au XV siècle: activité économique et problèmes sociaux. París, S.E.V.P.E.N, 1961.
Jimenez López de Eguileta, Javier E.: «Familias y escribanos. Los Guillen de Barat en Sanlúcar de Barrameda como ejemplo de patrimonialización notarial y aristocratización del linaje en la Edad Media», en Santiago Fernandez, Javier de, y Francisco Olmos, José Maria de (eds.): Escritura y sociedad: burgueses, artesanos y campesinos. Madrid, Dykinson, 2019, pp. 237-252.
Jimenez López de Eguileta, Javier E.: Notarios y producción documental en Sanlúcar de Barrameda durante la Baja Edad Media. León, Universidad de León, 2021.
Jimenez López de Eguileta, Javier E.: «Canónigos ante notario. Los Guillen de Barat y la escenificación del poder en Jerez de la Frontera a comienzos del siglo XV», en Guijarro Gonzalez, Susana, Agúndez San Miguel, Leticia, y García Izquierdo, Iván (coords.): La construcción del espacio diocesano en la Europa medieval: actores, dinámicas y conflictos. Gijón, Trea, 2023, pp. 227-261.
Kretschmer, Konrad: Die italienischen Portolane des Mittelalters. Berlin, 1909.
Ladero Quesada, Miguel Ángel: «Sanlúcar de Barrameda, antepuerto de Sevilla, a finales del siglo XV», en Mundos medievales: espacios, sociedades y poder. Homenaje al profesor José Ángel García de Cortázar y Ruiz de Aguirre. Santander, Ediciones de la Universidad de Cantabria, 2012, vol. 11, pp. 1491-1508.
Martín Gutiérrez, Emilio: «Gobernanza y aprovechamiento de los recursos naturales: Sanlúcar de Barrameda durante el siglo XV», en Parodi Álvarez, Manuel J. (coord.): İn Medio Orbe III: Barrameda, mucho más que un apellido. Sanlúcar de Barrameda: Fundación Puerta de América, 2022, pp. 33-56.
Moreno Ollero, Antonio: Sanlúcar de Barrameda a finales de la Edad Media. Cádiz, Diputación Provincial de Cádiz, 1983.
Moreno Ollero, Antonio: «Los nombres del Puerto de Sanlúcar en el siglo XVI: Barrameda, Zanfanejos y Bonanza», Cartare, 8 (2018), pp. 1-11.
Moreno Ollero, Antonio: El Convento de Santa María de Barrameday Fray Felipe de la Caridad. Sanlúcar de Barrameda, Fórum Libros, 2023.
Mott, Lawrence V.: «Aspects of Intercoastal Trade in the Western Mediterranean: The Voyage of the Santa Maria de Natzare», en Gertwagen, Ruthy y Jeffreys, Elizabeth (eds.): Shipping, Trade and Crusade in the Medieval Mediterranean. Studies in Honour of John Pryor. Farnham-Burlington, Ashgate, 2012, pp. 167-196.
Ortega Villoslada, Antonio: El reino de Mallorca y el mundo atlántico (1230-1349). Evolución político-mercantil. La Coruña, Netbiblo, 2010.
Petti Balbi, Giovanna: «Un sistema di negoziazioni político-commerciali nel Basso Medioevo», en Ferrer Mallol, María Teresa, Moeglin, Jean-Marie, Péquinot, Stéphane y Sánchez Martínez, Manuel (eds.): Negociaren la Edad Media. Barcelona, CS1C, 2005, pp. 475-487.
Ríos Toledano, Daniel: «Cádiz y el comercio marítimo genovés en el siglo XIV», Medievalismo, 28 (2018), pp. 271-293.
Ríos Toledano, Daniel: «Ad loca Regni Castelle. Circuitos comerciales, movimientos portuarios y redes marítimas genovesas en Castilla a inicios del siglo XV», en Carzolio, María Inés, Muñoz Gómez, Víctor, Cavagnaro, Nahuel y Elecalde, Rafael (coords.): Agentes, familias y redes en el espacio Atlántico: Analítica ARS aplicada al estudio de los entramados mercantiles en la Primera Modernidad. La Plata, Universidad de La Plata, en prensa.
Ruiz Pilares, Enrique José: «Espacios portuarios baj omedievales entre el estuario del Guadalquivir y el Estrecho de Gibraltar (ss. X111-XV1)», Awraq: Estudios sobre el mundo árabe e islámico contemporáneo, 21 (2023), pp. 115-131.
Sancho de Sopranis, Hipólito: «Los ascendientes del adelantado Alonso de Lugo», Revista de Historia, 86-87 (i949), PP- 235-237Sánchez
Saus, Rafael: Linajes sevillanos medievales. Sevilla, Guadalquivir, 1991, 2 vols.
Unali, Anna: «Assalti e depredamenti di imbarcazioni genovesi e aragonesi (1443-1451)», en Cultura e societa nelľltalia medievale. Studi per Paolo Brezzi. Roma, Istituto Storico Italiano per il Medioevo, 1988, vol. 11, pp. 825-845.
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