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Abstract The study examines the manifestations of violence, understood in a broad sense, carried out by diferent political agents who acted within the Ávila and Salamanca town councils. Diferences are observed between the rhetoric and the violent or coercive praxis used by the urban nobility both in internal struggles and in their relations with other social groups. [...]the language and discourse emanating from non-privileged groups in society in the social response given to these actions are taken into consideration. By way of the diferent case studies of conficts explored, the discourses on order and law produced by public powers are also examined.
Resumen
Se estudian en el trabajo las manifestaciones de violencia, entendida en un sentido laxo, que protagonizaron los diferentes actores políticos que actuaron en el ámbito de los concejos abulenses y salmantinos. El énfasis se pone en los discursos y los códigos de comunicación de los episodios de este tipo que se hallan en las crónicas y los documentos. Se observan las diferencias entre la retórica y la praxis violenta o coactiva empleadas por la nobleza urbana tanto en luchas internas como en sus relaciones con otros grupos sociales. Asimismo, se tienen en cuenta los lenguajes y discursos emanados de los grupos no privilegiados de la sociedad en la respuesta social dada a estas acciones. En el recorrido por la casuística de los confictos se examina también el lenguaje del orden y la ley generado por los poderes públicos.
Palabras clave
Concejos medievales; luchas de bandos; lenguaje del conficto; Salamanca; Ávila; Ciudad Rodrigo; violencia; nobleza urbana.
Abstract
The study examines the manifestations of violence, understood in a broad sense, carried out by diferent political agents who acted within the Ávila and Salamanca town councils. The emphasis is placed on the discourses and the communication codes of the events of this nature found in the chronicles and documents. Diferences are observed between the rhetoric and the violent or coercive praxis used by the urban nobility both in internal struggles and in their relations with other social groups. Likewise, the language and discourse emanating from non-privileged groups in society in the social response given to these actions are taken into consideration. By way of the diferent case studies of conficts explored, the discourses on order and law produced by public powers are also examined.
Keywords
Medieval Councils; Factional Strife; Language of Confict; Salamanca; Ávila; Ciudad Rodrigo; Violence; Urban Nobility.
1. INTRODUCCIÓN
La violencia presenta en la Edad Media múltiples caras. Quedaría fuera de nuestro propósito referirnos a la violencia privada, en su dimensión familiar o interpersonal. Interesan aquí ciertos fenómenos relacionados con la confictividad social. Y más en concreto la relacionada con las violencias y tensiones provocadas, tanto en el ámbito urbano como rural, por acciones de las elites sociales concejiles.
Eso sí, la violencia ha de ser entendida aquí en un sentido amplio, que incluiría la coerción abierta, el uso de la fuerza o las resistencias a la ley o las autoridades, aunque fuera en niveles de baja intensidad. Naturalmente, una problemática como esta requeriría una contextualización sobre las luchas y violencias en el mundo urbano castellano de la Baja Edad Media, o del siglo XV. Es imposible hacerlo ante la amplitud de situaciones urbanas y concejiles de toda Castilla y la fuerte diversidad no sólo regional sino a escalas más reducidas. La producción historiográfca es muy amplia3, pero aquí se circunscribe el análisis a los concejos de las actuales provincias de Salamanca y Ávila. Existen numerosas fuentes sobre esta zona, muchas editadas -sobre todo para Ávila- y otras inéditas4.
Se pretende analizar las manifestaciones de violencia -en cualquier escala e intensidad- en los ámbitos geográfcos referidos con el énfasis puesto en las expresiones que se utilizaron en las fuentes para referirse a esos episodios. Aunque no se olvida el trasfondo, el interés se centra fundamentalmente en el lenguaje y los discursos, incluyendo el léxico del orden y la ley, pero atendiendo específcamente a la diferenciación entre los grupos sociales. En este sentido, se comprueba cómo las elites concejiles, con sus linajes, y las comunidades de pecheros, o no privilegiados, percibieron la violencia y las acciones de fuerza de forma muy distinta y en sintonía con sus respectivas culturas estamentales.
2. EL CUADRO BÁSICO DE LAS TIPOLOGÍAS DE LA VIOLENCIA CONFLICTUAL: SEÑORIALIZACIÓN, VIOLENCIAS RURALES Y BANDOS URBANOS
Se ha sintetizado en un cuadro de acontecimientos la relación de situaciones documentadas en las que hubo algún tipo de violencia relacionada con la confictividad social en la zona5.
Se comprueba a primera vista que destacan determinadas líneas de confcto: bandos, coacciones de los caballeros a los pecheros en las aldeas y, en menor medida, señorialización. Aquilataremos aquí el peso de estos confictos. Por otra parte, aunque se han registrado en el Anexo, otras tipologías de conficto social, que sabemos que tuvieron presencia en la época, resultan marginales en la zona. Sería el caso de las revueltas antifscales. Se documenta un alboroto en Ávila hacia 1475, sin mucha información, pero que parece aislado y nada cruento. Asimismo, con muchas dudas, se destacaría un posible crimen contra el procurador del Común, en Ávila en 1495, quizás por llevar adelante pleitos contra los falsos hidalgos6. Sería un caso extremo, ya que la presión política por parte de los poderosos hacia los representantes del Común o los pecheros no solía ir más allá de las amenazas7.
Excluidas estas situaciones, fueron las tres líneas de conficto anteriormente citadas las que más destacan: las violencias rurales, los bandos y la señorialización o la resistencia a la misma. Comenzaremos precisamente con esta última, de menos incidencia que las otras dos.
2.1. ¿SEÑORIALIZACIÓN INCRUENTA? VIOLENCIAS SEÑORIALES Y ANTISEÑORIALES
Las luchas entre señores y campesinos, es sabido, son emblemáticas en la Edad Media. La problemática exigiría muchas matizaciones. No entramos aquí en ellas. Tan sólo preguntamos: ¿cómo se plantea esta cuestión en los concejos abulenses y salmantinos para el siglo XV?
En el siglo XV aproximadamente la mitad del territorio tanto de la actual provincia de Ávila como de la de Salamanca -o, si se prefere, de los ámbitos histó-ricos de las diócesis de Ávila, Salamanca y Ciudad Rodrigo- era señorial. Fuera de unas pocas aldeas bajo señorío eclesiástico8, el resto del territorio señorial estabaarticulado por algunas grandes villas -Ledesma, El Barco de Ávila, Piedrahíta, Alba de Tormes, Miranda del Castañar...- y otros pequeños concejos. El realengo estaba representado sobre todo por los tres grandes concejos de las «ciudades», propiamente dichas: Ciudad Rodrigo, Salamanca y Ávila9. Demográfcamente, no llegaría a dos quintas partes la población bajo señorío. Con la pequeña excepción eclesiástica, que fue anterior, la señorialización había llegado con los Trastámara, ya que antes toda la región prácticamente era realenga. En cualquier caso, una parte signifcativa de la población en el siglo XV dependía de un señor. ¿Hubo movimientos violentos?
Hubo un caso en el Abadengo de Ciudad Rodrigo en el que intervinieron vasallos episcopales y donde hubo violencia, pero no es claro que se corresponda con la polarización típica señores/campesinos. Veamos.
Entre el puñado de pequeñas localidades del Abadengo mirobrigense, sus dos aldeas principales, Lumbrales e Hinojosa, fueron objeto de la revuelta. Su carácter antiseñorial no está en duda. Entre los años 1439 y 1441 los habitantes de estas aldeas protagonizaron acciones contra el obispo y su dominio señorial. El momento culmen fue el ataque de febrero de 1441, donde asaltaron violentamente el castillo señorial de Hinojosa e, inmediatamente después, tomaron la jurisdicción de esa villa y de Lumbrales. La documentación10 permite saber quiénes participaron. Lo hicieron vasallos del obispo de Lumbrales y de Hinojosa. Pero no sólo ellos. Parece que la cercana villa de San Felices de los Gallegos -una villa sin alfoz- se implicó en la revuelta, así como también Fernán Nieto. Era este un revoltoso caballero que actuaba en la comarca y que posiblemente pretendía hacerse con el señorío de una parte del Abadengo11. Quizá por eso alentó la revuelta. En lasaveriguaciones y pesquisa que culminaron en la carta de excomunión, dictada en abril contra los asaltantes, se comprobó que, entre ellos, el alcaide de San Felices y un juez de esa villa respaldaron a Fernán Nieto el Mozo, principal instigador, que estuvo acompañado de un nutrido grupo de asaltantes y que pretendía usurpar la jurisdicción12. No obstante, pese a esta alianza de Fernán Nieto con la villa próxima de San Felices y pese a que consiguió que los vasallos del obispo se levantasen contra éste, no consiguió sus objetivos y el obispo pudo recuperar la jurisdicción y el respaldo regio.
Si nos fjamos ahora en los señoríos laicos, optamos por distinguir entre los extensos «concejos de villa y tierra» y los «pequeños concejos»13. En la señoriali-zación de los concejos de villa y Tierra, normalmente tras fases transitorias, en el siglo XV se habían consolidado varias casas altonobiliarias. Pero tal sector de la alta nobleza -Alba, Estúñiga...-, ni en estos grandes concejos ni en otros más pequeños14, no se asocia en la zona con violencias. Ni como violencia señorial ni como violencia antiseñorial.
En cambio, en el caso de la señorialización a pequeña escala, esto es, la que afectaba a aldeas o pequeñas localidades objeto de concesión señorial y convertidas en villas sobre sí, y cuando tenía como titular del señorío a un miembro de otras capas sociales no pertenecientes a la alta nobleza, la situación generó más tensión. No obstante, las violencias, y queremos destacarlo, no habrían surgido tanto por la actuación señorial como tal, sino por las actuaciones previas acometidas para conseguir ver reconocido el señorío. Y en esa fenomenología -que implicaba acaparamiento de propiedades, compra de tierras campesinas bajo presión, desalojos forzados...- en realidad lo que detectamos no es un típico cuadro de abusos señoriales nacido de la condición de señores de vasallos que pudieran tener los implicados, sino un cuadro de «violencias rurales». Es cierto que estas últimas podían ser la antesala, o el paso previo, de procesos de señorialización, pero no necesariamente era así. En todo caso, si las violencias rurales no alteraban el estatus jurisdiccional, no pueden abordarse dentro de esos procesos de señorialización, sino que constituyen otro patrón diferente de conficto15.
No obstante, sí hay que reconocer algunos casos de reacción a la señorialización, propiamente dicha. En realidad, fueron pocos casos. En la Tierra de Ciudad Rodrigo, en octubre de 1440, el citado Fernán Nieto el Mozo, que era guarda y vasallo real, recibió el señorío sobre dos aldeas de Ciudad Rodrigo, Villavieja de Yeltes y Bañobárez16. La concesión encontró resistencia, pero propiamente violencia, no. Y la resistencia la protagonizaron no sólo los habitantes de los lugares, sino sobre todo el concejo de Ciudad Rodrigo, a cuya Tierra pertenecían ambos lugares. La negativa a aceptar el señorío se produjo entre fnales de octubre y principios de noviembre de 1440. Hubo luego una disputa, a lo largo de 1441, con prolongaciones posteriores y la recuperación fnalmente de la jurisdicción en 144517.
Los casos de señorialización refejados en las pesquisas de términos de Salamanca de 1433-1453 eran los intentos de ampliación de pequeños señoríos hacia aldeas próximas. Son los casos de Tejeda, Cojos, Tamames o Matilla de los Caños y algún otro. Pero en realidad las acciones de fuerza, como decimos, no se inscriben en la señorialización, propiamente dicha, sino en las violencias rurales que ejercían los caballeros titulares de esos lugares sobre el realengo circundante. Más adelante nos referimos a ello. Eso sí, en relación con estos lugares, u otros, el fenómeno de la construcción de fortalezas ilegales -símbolo de jurisdicción- sí formaría parte de esa presión señorializadora18. Las órdenes, a veces reiteradas, de que las derribaran, revela una reticencia de los poderosos a cumplir las resoluciones judiciales.
La muerte del señor de San Felices de los Gallegos, Gracián de Sese, es un caso un tanto especial, y totalmente extraordinario, por otra parte no bien conocido. Los hechos pudieron acaecer, según una parte de la cronística, en otoño de 147419, pero ciertas referencias y otra tradición historiográfca ha supuesto que podría haber ocurrido más tarde, ya en plena guerra con Portugal, en 1476, cuando aquél estaría defendiendo la fortaleza de San Felices en favor de Portugal20. Hay cierta incertidumbre sobre lo que ocurrió realmente. Se trataría aparentemente de un episodio de resistencia antiseñorial. Pero tiene un contexto complejo. Todo indica que serían los acontecimientos de fnales del reinado de Enrique IV y comienzos del enfrentamiento con Portugal -los isabelinos habrían atacado a Gracián de Sese, por ser este partidario de Portugal- los que explicarían el trasfondo de lo acaecido21. En todo caso, la crónica de Fernando de Pulgar presenta los hechosajustándose a un fenómeno, realmente muy infrecuente, como era la muerte del señor en un motín antiseñorial: «E dende a pocos días [de la concesión de San Felices] los de Sant Felices, vasallos de aquel Gracián de Sese, se levantaron contra él e lo apedrearon». Y lo mismo la crónica de Alonso de Palencia22.
En defnitiva, si se hace un balance de la señorialización o la resistencia a la misma, se infere que no fueron generadoras de violencias importantes. Hemos podido anotar algunos hechos, alguno relevante, como acabamos de ver. Pero no se debe obviar que los casos de violencia señorial o antiseñorial no los hemos encontrado en la gran señorialización, la de los concejos de villa y tierra, y que los pocos casos citados a propósito de los pequeños concejos, teniendo en cuenta la abultada nómina de señoríos que hubo en la zona23, resultan también excepcionales.
2.2. VIOLENCIAS RURALES
Mientras las violencias señoriales o antiseñoriales, como se ha visto, constituyen casos esporádicos, dada la amplísima historia señorial de la zona en época Trastámara, las «violencias rurales» fueron casi endémicas, un conficto recurrente, casi rutinario en la zona.
Los pleitos por usurpaciones en Tierra de Ávila llevados a cabo en Ávila en los años 1414-1416, que afectaban a diversos caballeros y regidores abulenses, muestran ya unas acciones de amenazas y coacciones que, en los años anteriores -o décadas anteriores, según se remonten los testimonios recogidos en las pesquisas-, hombres al servicio de aquellos, a veces armados, llevaron a cabo. Los protagonizaron diversos miembros de la oligarquía urbana abulense24.
Agresiones físicas propiamente dichas, con empleo abierto de la violencia, no fueron lo habitual en las acciones de usurpación -términos redondos ilegales, apropiación privada de parajes comunales- que dieron lugar a esos pleitos. No hubo muertos. Ni heridos de gravedad. Pero sí algunos heridos, apresamientos o secuestros extrajudiciales, maltrato físico y amenazas.
Se sumaban a veces a estos comportamientos, tal como se aprecia en los citados pleitos de 1414-1416, la resistencia a la justicia25. Se halla igualmente esta actitud en las pesquisas salmantinas de 1433 y 145326, o en otros casos abulenses de fnales del siglo XV27. La arrogancia y desdén hacia las autoridades no se daban siempre en los procesos de usurpaciones, pero pueden considerarse característicos del grupo social28.
El empleo de la coerción para conseguir hacerse con el control o propiedad de determinados espacios comunales y concejiles resultaba funcional para los poderosos. Alterar el estatuto de los términos rurales -para que dejaran de ser abiertos y accesibles a los habitantes-, o apropiarse privadamente de ciertos espacios, o imponer un uso exclusivo de áreas de pasto requerían el empleo de la fuerza. Por supuesto, los caballeros urbanos, dueños de abundantes tierras y ganados, recurrieron a esas vías coactivas para conseguir sus propósitos.
Además de los citados pleitos abulenses, otra buena muestra la tenemos en las pesquisas que se llevaron a cabo en la Tierra de Salamanca29. Entre los primeros casos de violencias y coacciones rurales destacan las de Alonso de Tejeda. Este caballero salmantino, desde su lugar de Tejeda, que pretendía legitimar y ampliar como señorío, estaba hacia 1433 usurpando «una grand parte de la Syerra Mayor» -amplio espacio forestal y de pastos al sur de la Tierra de Salamanca-, que era de uso comunal. También pretendía incorporar a su lugar otros núcleos cercanos, como Navarredonda de la Rinconada y Los Arévalos. Se declararon ilegales todas estas actuaciones. Pero el caso no se cerró, de tal modo que su sucesor, su sobrino y heredero Fernando de Tejeda, seguía empecinado en culminar las pretensiones usurpadoras de su antecesor. Por entonces, otros caballeros estaban tambiénusurpando términos en la Tierra. Precisamente, los datos de la pesquisa de términos de 1453 ofrecen una imagen muy detallada de las actuaciones de varios caballeros salmantinos30.
Tras esta pesquisa, la información sobre usurpaciones en Salamanca desciende drásticamente. Afora de nuevo la información, ya en la época de los Reyes Católicos, con una orden de restitución a fnales de 1480 y que se prolongó en sucesivos años31.
En Ciudad Rodrigo la documentación municipal refeja sobre todo los pleitos por ocupación de devasos o comunales interterminales de la Tierra. Para el siglo XV hay información esporádica desde 1402 a 142832. Tras las Cortes de Zamora de 1432 se produjo un aluvión de pleitos33. Hubo algunos procesos más esporádicos entre 1446 y 1467. Y sobre todo destacan luego las pesquisas y amplios procesos judiciales de 1482-148334, tras las campañas judiciales impulsadas por la monarquía tras las Cortes de Toledo de 1480.
Mientras tanto, en Ávila, tras los citados pleitos de 1414-1416, hubo otros dos grandes ciclos judiciales coincidiendo con las campañas de la monarquía -efecto de las medidas acordadas en las Cortes de Zamora de 1432 y en las de Toledo de 1480- para la recuperación de términos: pleitos de 1434-1436 y de 1489-149035. En particular, sobre todo por la fuerte implicación como responsable de acciones de coerción y violentas que impulsó, destacan los procesos específcamente por las usurpaciones entre 1489 y 1493 de Pedro Dávila el Mozo, que entre 1473 y 1504 -su padre homónimo, Pedro el Viejo, lo había sido entre 1436 y 1473- ocupó la jefatura de la casa y señorío de Las Navas y Villafranca, la cabeza de subando-linaje de San Juan en la ciudad de Ávila, un regimiento eminente en Ávila y una infuencia extraordinaria en la ciudad, posiciones todas ellas desde las que ejerció de compulsivo usurpador en el sur de la Tierra de Ávila36.
2.3. DESÓRDENES DE LA NOBLEZA URBANA BANDERIZA: BANDOS LOCALES Y PARCIALIDADES
Las rivalidades entre bandos-linaje, o grandes agrupamientos de familias de caballeros e hidalgos -llamados «linajes» en la documentación- tuvieron durante la época una dimensión fundamentalmente pacífca, reconocida jurídicamente, consistente en repartos ordenados y reglados -desde cierto momento y no siempre exentos de tensión- de los cargos y las responsabilidades municipales. No obstante, aparte de esta organización institucional37, surgieron en ocasiones confictos que no fueron pacífcos. Las luchas entre los bandos de San Martín -o Santo Tomé- y San Benito de Salamanca fueron las más relevantes. Incluyeron a veces episodios violentos, si bien, como hemos intentado mostrar38, bajo la categoría cómoda de «luchas de bandos», en realidad había confictos diferentes, esto es, disputas personales, rivalidades de familias -pero no de bando-, violencias y venganzas privadas o implicación en las pugnas o parcialidades de la alta nobleza del reino.
Este último aspecto no es precisamente secundario, ya que las parcialidades altonobiliarias del reino arrastraban a veces a las fuerzas locales y fueron un mecanismo desestabilizador del orden interno, o un catalizador de las luchas de los patricios locales. En Salamanca se dio esta situación. No siempre es posible saber, no obstante, el papel de esas infuencias externas. Durante el reinado de Juan II la ciudad de Salamanca fue objeto de esas disputas. ¿Infuía la injerencia exterior?, ¿afectaba a los bandos locales? Algún episodio de 1440, en plena lucha entre Álvaro de Luna y los infantes de Aragón, sugiere que pudo ser así39. Quizáhaya que suponer que subyacía un enfrentamiento entre los bandos urbanos salmantinos. La crónica de Álvaro de Luna menciona violencias cruentas en Salamanca por causa de los bandos. Se deduce que podrían haber acaecido hacia 1445-1450: «muertes de honbres, e otros assaz graves e grandes males, que por cabsa de los bandos nuevamente en Salamanca avían recresçido»40. La crónica ofrece un testimonio un tanto contradictorio con esto, ya que tanto uno como otro bando recibían remuneración y ambos se movían en la órbita del condestable: «vivían con él», «avían dineros» e «acostamientos», lo que querría decir que todos ellos le servían de forma clientelar41. Pero esto no encaja fácilmente con el hecho de que la rivalidad de los bandos locales tendería a traducirse en la defensa de parcialidades diferentes. ¿Era posible que estuvieran uno y otro bando alineados con el condestable? En una ciudad como Ávila era más factible pensar que era así, que estuvieran todos en la órbita de Luna42, porque no habían estallado aún fuertes luchas de bandos allí. Pero es más difícil pensar que en Salamanca, desgarrada internamente en aquellos años por violencias y fuertes tensiones banderizas locales -según la propia crónica y otras fuentes43-, hubiera esta coincidencia de servicio hacia el condestable. No obstante, no hay sufciente información para aclarar esta cuestión de los alineamientos salmantinos con los bandos del reino en esos años. Hubo otras coyunturas en las que la documentación muestra la relación estrecha entre los bandos salmantinos y miembros destacados de la alta nobleza. Desde 1464 hasta 1475 este acercamiento asistió a varias situaciones cambiantes, entre ellas el alineamiento de los bandos en la coyuntura de la Farsa de Ávila de 1465
-la ciudad se dividió entre los partidarios de Estúñiga y los del conde de Alba-, luego el intento en 1469 del conde de Alba de tomar Salamanca, y más tarde las injerencias del conde de Alba desde 1470 hasta 1475. La relación de García Álvarez de Toledo con los caballeros de los bandos salmantinos adquirió en esos últimos años una gran intensidad44. Pero, aparte de esta relación hacia el exterior, hubo especialmente en el último tercio del siglo XV numerosas muestras de enfrenta-mientos que parecen ajustarse, o que resultan concomitantes, con las luchas de bandos locales45.
A diferencia de Salamanca, en Ávila las violencias por bandos parecen haber sido menos relevantes. Existía en la ciudad una polarización entre los bandos-linaje de San Juan y San Vicente. Se repartían la designación de ofcios municipales y aglutinaban a las familias nobles principales. En la segunda mitad del siglo XV los bandos estaban liderados por dos ramas de los Dávila que contaban con ofcios en el Regimiento y con gran infuencia en la ciudad: los señores de Villatoro, Bohodón y Navamorcuende lideraban el bando de San Vicente -el doctor Pedro González Dávila en época de Enrique IV, Gonzalo Dávila hasta 1488, y luego su hijo Hernán Gómez Dávila-, mientras que los señores de Las Navas y Villafranca -Diego Dávila hasta 1436, su hijo Pedro Dávila el Viejo hasta 1473, luego el hijo de este, Pedro Dávila el Mozo, hasta 1504- dirigían el bando de San Juan. Los episodios violentos no parecen haber sido abundantes, pero hay indicios de algunas tensiones, tal como refejan cartas de 1469 y 147746.
En Ciudad Rodrigo los últimos años del reinado de Enrique IV y primeros años de la guerra con Portugal desencadenaron acontecimientos relevantes. Los linajes y linajes47 tradicionales de la ciudad, Chaves -destacando el regidor Pedro de Chaves-, Pacheco -con Alvar Pérez Osorio, yerno de Esteban Pacheco, que fue cabeza de este linaje mirobrigense- y Paz, pero también la familia Silva, de infuencia más reciente, sin contar a Antón Núñez de Ciudad Rodrigo -ejercía su infuencia en Salamanca-, se decantaron por la causa del rey de Portugal, mientras que otros linajes, como la familia Centeno y, sobre todo, Diego del Águila, tenente del castillo, se decantaron por la causa isabelina. Esto supuso que cuando los portugueses fueron derrotados, se aceleró el declive de los viejos linajes -Chaves y Pacheco-, mientras que Diego del Águila y sus sucesores se convirtieron en la infuencia más poderosa. Estos enfrentamientos, sobre todo entre 1474 y 1480, se inscriben en una implicación de los linajes mirobrigensesen las parcialidades del reino, en este caso, la rivalidad entre Castilla y Portugal, que arrastró, vampirizó y desdibujó totalmente las pugnas entre bandos locales48.
3. LOS LENGUAJES DE LA VIOLENCIA
Las metodologías de análisis léxico y semántico llevan décadas ayudando a entender los discursos -o la ideología, como se decía antes- y, en concreto, en relación con las ideas sociales y políticas. Entre medievalistas, desde los pioneros trabajos que en los ochenta iniciaron algunos compañeros nuestros de la Universidad de Salamanca -Maíllo Salgado, Moreta Velayos49- hasta los trabajos, ya de este siglo, que, a partir de estudios lexicométricos y otros enfoques cuantitativos -Carrasco Manchado, Foronda, Corral Sánchez...-, han analizado textos literarios, crónicas y escritos políticos, tales metodologías son conocidas y están al alcance de los historiadores50.
En nuestro caso, las fuentes son fundamentalmente documentales, no literarias -con alguna excepción- ni jurídicas. No las hemos sometido a un tratamiento cuantitativo. No se ha llevado a cabo un análisis de frecuencia de términos ni se ha aplicado un software para contar las palabras, sus variantes lematizadas y sus concordancias. Aunque todo esto habría sido posible, al ser abarcable toda la documentación abulense y salmantina pertinente, hubiese requerido previamente un análisis crítico de las fuentes y las culturas notariales de los escribanos, que no hacemos -sin ese análisis queda desvirtuada cualquier aseveración basada en la estadística léxica- y, por otro lado, no nos parece que tal tarea hubiera redundado, dado nuestro propósito modesto aquí, en una mejor caracterización de los confictos y las violencias en la zona.
Lo que haremos ahora en relación con el lenguaje es identifcar los campos semánticos y léxico característico de los tres ámbitos, o sistemas simbólicos -o
«habitus», si se quiere emplear una cómoda categoría desarrollada por Bourdieu-, en los tres confictos más característicos de la zona, que dieron lugar a diversas expresiones de fuerza y violencia.
3.1. «AN PUESTO FORCAS E FORTALEÇAS»
La expresión se ubica en el campo semántico de la señorialización y las usurpaciones jurisdiccionales. Ahora nos referimos a ella. Pero conviene antes observar el lenguaje característico de la única revuelta antiseñorial contenida en la documentación. La documentación mirobrigense describe, a propósito de la mencionada revuelta contra el Abadengo de 1441, cómo los vasallos del obispo y sus aliados, desde hacía un par de años, habían cometido «muchas fuerças e violençias, injurias, dapños e ofensas, robos y tomas». Es una retórica muy típica de destrucción de la propiedad de los señores asociada a un asalto violento51. Se ajusta a un modelo típico de revuelta antiseñorial medieval, si bien no puede considerarse característico de la zona, como se indicó. Por su parte, la referencia al apedreamiento del señor de San Felices de los Gallegos de 1474 o 147652 no deja de ser un texto cronístico, no comprobado por otras referencias documentales. Por lo que respecta a las forcas a las que aludimos en este apartado, se alude a la acción típica de los potenciales señores consistente en marcar su señorío con los distintivos jurisdiccionales característicos -horca, picota, cepo y cadena-, una actuación que, cuando se trataba de señoríos impugnados, acababa conllevando el derribo o destrucción de esos elementos ilegales. La antes citada concesión del señorío de dos aldeas de Ciudad Rodrigo -Villavieja y Bañobárez- a Fernán Nieto en 1440 y la reacción inmediata de los habitantes y del concejo urbano permiten apreciar dos pasos de la simbología en torno a la jurisdicción, la imposición de los distintivos jurisdiccionales y luego su destrucción, ya fuera como reacción antiseñorial, o para obedecer un mandato judicial: «quél -Fernán Nieto- tomó posesión de la dicha juridiçión e puso sus forcas en los dichos lugares» y, poco después, que «estando asý, diz que vosotros o algunos de vos -habitantes y concejo de Ciudad Rodrigo- fuestes poderosamente con gente a los dichos lugares e le derribastes las dichas forcas e le contrastastes la dicha posesión de la dicha juridiçión e le non dexastes nin consentistes usar della»53. Este mismo lenguaje de forcas, indicador de la pretensiónseñorializadora -casi siempre ilegal- de los nobles de la zona aparece en otras ocasiones en la documentación mirobrigense durante el reinado de Juan II bajo diversas expresiones54. Estos elementos aparecen en casos salmantinos -referidos a Fernando de Tejeda, Enrique Enríquez o Diego de Solís- en la citada pesquisa de 1453: «tiene en él çepo e cadena e faz librar pleitos e prender onbres», aplicado este testimonio en concreto a Diego de Solís en el lugar de Cojos de Rollán55.
No quedó a salvo de estas actuaciones el reinado de los Reyes Católicos, quienes, sobre todo desde las Cortes de Toledo de 1480, se mostraron decididos a atajar los intentos de crear nuevos señoríos. En Ciudad Rodrigo, según carta de julio de ese año, sus caballeros, además de ocupar bienes comunales de su Tierra, «an puesto forcas e fortaleças en algunos de los susodichos lugares e fecho juridiçión, dezyendo quel mero e misto ynperio de aquéllos es suyo». Estas acciones ilegales fueron perseguidas56. Por entonces también el corregidor de Ciudad Rodrigo, Rodrigo de Peñalosa, ordenaba al alguacil que fuera al lugar de Pedraza y derribase la «horca o picota» que allí se habían levantado ilegalmente los hijos y herederos de Francisco de Chaves, usurpador del lugar y notable miembro de la oligarquía mirobrigense57.
Aparte de forcas, cepos o cadenas, los señores ponían alcaides y ofciales de justicia al frente de sus señoríos. Hay que tener en cuenta que el ejercicio de la justicia tenía tanto una vertiente judicial, con ofciales que juzgaban o ejecutaban resoluciones judiciales, como una vertiente de orden público. Alcaides, con unas atribuciones más claramente ligadas a esta última función, y alcaldes y alguaciles, con funciones tanto judiciales como de orden público, eran los ofciales responsables de todo ello. En cualquier caso, justicia signifcaba jurisdicción. Impugnar la jurisdicción supuso en ocasiones embestir contra esta ofcialidad. Así, en el ataque de 1441 de los de Lumbrales -y otros- contra los intereses, y la jurisdicción, del señorío episcopal mirobrigense, conocido como Abadengo, «fueron a tirar el alcayde e justiçia que nos teníamos puesta en el dicho logar -se quejaba el obispo, que fue el agredido en este caso- et en todo el Abadengo; et aun en nos tirar nuestros alcaldes ordinarios de nuestra tierra»; en efecto, cuando entraron en el castillo señorial, apresaron a las autoridades señoriales: «entraron dentro en el dicho castillo e prendieron al nuestro alcayde e mayordomo»58.
El castillo señorial es el otro gran dispositivo jurisdiccional. En esa misma revuelta antiseñorial de Lumbrales e Hinojosa contra el Abadengo mirobrigense fue un momento culmen el ataque al castillo señorial en febrero de 1441. El asaltofue por la noche y, ya «amanesçiendo, pusieron escalas al dicho castillo e por çima de la çerca entraron dentro en el dicho castillo...» y, tras hacer acopio de ganado, joyas, dinero, cereales y vino señorial, «los vezinos e moradores» -de Lumbrales y San Felices-, armados a pie et a cavallo» llevaron todo lo robado a San Felices, la villa aliada de los rebeldes59. El lenguaje documental de asalto al castillo señorial parece amoldarse a una narrativa de estallido antiseñorial típica. Aunque, como ya dijimos, una revuelta como esta fue excepcional en la zona durante el siglo XV.
El asalto no, pero el trasiego tanto de iniciativas de construcción como de órdenes de derribo de fortalezas ilegales sí fue abundante. Algunos caballeros levantaron sin permiso «gran torre», «casa fuerte», o «fortaleça». En las pesquisas salmantinas de 1453 destacan los casos de Fernando de Tejeda, que había levantado hacia 1450 una torre que las autoridades hicieron derribar60, o Diego de Solís, otro notable salmantino, que construyó una fortaleza en el lugar de Cojos, pequeño lugar que él controlaba y donde quiso erigir un señorío61. Y fueron varios caballeros los que, décadas después, levantaron torres o castillos que la justicia, en concreto y decididamente en época de los Reyes Católicos, consideró ilegales y mandó derruir, desde la que en 1475 construyó Francisco Maldonado en Porqueriza -aldea entre Salamanca y Ledesma- hasta las que, en las décadas de 1480 y 1490, habían construido varios nobles de Ciudad Rodrigo, Ávila y Salamanca en diversas aldeas pertenecientes a esos concejos62.
3.2. «LES DIERON DE PALOS E LES CORRIERON»
La expresión refeja bien los ataques físicos que en ocasiones tuvieron que soportar los campesinos pecheros durante las usurpaciones de los poderosos. Los agredidos -o amenazados- eran labradores o pastores a quienes les arrebataron sus instrumentos de trabajo por la fuerza, o a los que «les dieron de palos» o «les corrieron», entre otras expresiones.
¿Quiénes ejecutaban estas acciones? Las fuentes son elocuentes: «llevó pieça de omes», «omes armados», o «armados de pie e a caballo», «omnes de armas, armados, ençima de cavallos e lanças», u otras expresiones semejantes. Los hombres armados al servicio de los caballeros usurpadores, que eran escuderos a soldada, o sus criados, funcionaban como pequeñas «mesnadas», o 'grupos salvajes' -por emplear una célebre expresión contemporánea-, y eran consustanciales en una sociedad rural en la que nutrían su existencia determinados fundamentos económicos, antropológicos y mentales, es decir, respectivamente, relaciones laborales personalizadas, familiasamplias con redes privadas pagadas y prestigio de los caballeros urbanos por disponer de un cortejo amplio de clientelas agradecidas.
Hay bastante información sobre estos comportamientos, tanto en los pleitos abulenses de 1414-141663, como en las pesquisas salmantinas de 1433 y 145364, donde en alguna ocasión incluso se emplea, en este contexto de despliegue de hombres armados, el término «asonada»65, palabra que denota claramente la morfología tumultuosa de la acción armada protagonizada por un caballero y su pequeña mesnada, es decir, el despliegue de un grupo violento y desafante situado fuera de la ley. Mientras que en los procesos de 1489-1490 contra Pedro Dávila por sus acciones y usurpaciones en el Alto Alberche y comarca de Pinares hubo varias pesquisas. Afectaban a los concejos -eran extensos concejos de aldea con varias collaciones rurales o adegañas cada uno- de Burgohondo, Navalmoral, El Barraco, Navalmoral, Cebreros y Hoyo de Pinares. De los 32 testimonios que afectaban a los concejos de esa zona en 22 se acusó a sus hombres de ejercer la violencia, usar la fuerza o utilizar amenazas directas66.
También cometieron ese tipo de tropelías otros caballeros abulenses, como Gil González Dávila67 o Francisco Dávila68.
Tienen también refejo léxico ciertas estrategias utilizadas por los usurpadores, como el hecho de forzar la emigración de la población de algún lugar cercano hacia algún pequeño señorío suyo con el objetivo de agrandar este, o bien despoblar un lugar y así declararlo término redondo suyo, con pretensión o no de señorialización posterior. Las compras forzadas de tierras campesinas o la coacción para que abandonaran su lugar de residencia se documenta: «despobló e fzo despoblar», o «todos los vezinos del dicho lugar de Arévalo [Los Arevalillos, pequeña aldehuela] los pasaron a bevir al dicho lugar, Texeda, e fzieron ende casas», refriéndose a Fernando de Tejeda, que quiso vaciar el lugar -que tenía ocho o diez habitantes- para declararlo su término redondo y sumarlo a Tejeda. Semejante a lo que, según esa misma pesquisa de 1453, hizo el regidor salmantino Enrique Enríquez con varias aldeas próximas a su lugar de Garcivelasco-Villalba: «que las quiere despoblar», para agrandar esa villa suya; según otro testimonio, «tres lugares e [quiso] traer los vezinos dellos a bevir al dicho su lugar de Villalva e fazer en él un grand pueblo que fuese nonbrado en toda la Syerra». Otros casos de la pesquisa de 1453 -Diego de Solís, Rodrigo Godínez- relataban la misma actuación69.
El lenguaje de las acciones se muestra también rico al describir otras conductas de los caballeros usurpadores. Los apresamientos ilegales formaban parte de ellas: «le tuvieron preso» o «preso e enaspado», como indica un testimonio de los pleitosabulenses de 1414-1416 70. Mientras que en la pesquisa de términos de Salamanca de 1453 un testigo denunciaba que los hombres del usurpador Fernando de Tejeda violentaban a los habitantes de Navarredonda de la Rinconada, que «les rrobaran las casas» y a un vecino «que lo traxieran preso a Texeda», lugar perteneciente al citado caballero71.
Más frecuente aún es la exposición de amenazas de uso de la fuerza o de agresiones por los usurpadores o sus hombres que, aunque no llegaran a consu-marse, servían para atemorizar a los campesinos pecheros. Empleó estas amenazas, entre otros, Fernando de Tejeda en Salamanca a mediados del siglo XV72. Y lo hicieron en tierras de Ávila caballeros como el señor de Las Navas Pedro Dávila73, o el hijo del usurpador de Zapardiel de Serrezuela74, entre otros casos antes citados. También había amenazas «colectivas». Como cuando en 1483 los miembros de la oligarquía de Salamanca amenazaban a los habitantes de los pueblos de la Tierra porque los representantes de estos habían iniciado pleitos contra ellos75.
Al despliegue de hombres armados, despoblamientos forzosos, violencias físicas o amenazas varias se añaden otras actuaciones que también tienen su refejo en la documentación: vejaciones a la población76, daños al ganado y toma de prendas ilegales. Respecto a esto último, diversas expresiones muestran esta morfología: «mataron bueyes», «mataron cabeças de ganado», «degollaron una oveja», «avíantomado e muerto tres ovejas», u otras expresiones de esta índole77, así como también en relación con la toma de prendas ilegales78.
Como puede observarse, es rico el vocabulario de las violencias rurales y variada la morfología que se desprende sobre todo de los testimonios de testigos. Pues bien, convendría apuntar que todas estas acciones tuvieron una determinada respuesta por parte de las víctimas, los campesinos pecheros.
Lo observado es que la réplica a la violencia o coerción por parte de los «poderosos» -palabra que aparece de modo recurrente para referirse a los miembros de la oligarquía propietaria caballeresca de las ciudades- fue de pacifsmo categórico y de valores alternativos que consideramos característicos de los pecheros. De esta semántica pechera genuina apuntamos apenas aquí lo fundamental. Por una parte, cierta reacción de miedo, de no atreverse a denunciar situaciones de coerción, afora en testimonios y procedimientos79. Por otro lado, había conciencia de injusticia, que no resultaba ocluida para ellos, como demuestran las denuncias de que los caballeros usurpadores actuaban «con fuerça e sin razón», «contra raçón e contra derecho», o «sin raçón e sin derecho», o expresiones semejantes80, y que incluían un cierto discurso guiado por la idea de que padecían agravio, no ya sólo como víctimas de la coacción81, sino como perjudicados en la política económica y normativa -sobre todo el régimen de aprovechamientos agropecuarios- emanadas del concejo82. Asimismo, en la crítica política de los pecheros y sus representantesaparece la idea de mengua de justicia, o mal funcionamiento de esta, tal como se aprecia en Salamanca83 o en Ávila84, percepción que se mitigaba cuando la monarquía actuaba a través de corregidores frmes y jueces de términos, que desbarataban o contenían las coerciones de los caballeros sobre los labradores pecheros.
3.3. «E POR QUITAR ESCÁNDALOS, RUYDOS E PELEAS»
En relación con las luchas de bandos, las palabras más características son «ruido» y «alboroto», sobre todo la primera. No hemos hecho un recuento, pero muchas decenas de menciones a lo largo de la documentación hacen muy destacables estas palabras. No son infrecuentes tampoco otras, como «bandos», «debates» o «peleas».
La referencia a «hombres armados» y la utilización de armas diversas en estos enfrentamientos era característica. Había una diferencia fundamental con los hombres armados de las violencias rurales. Estos eran utilizados por caballeros usurpadores para ejercer violencia vertical sobre campesinos pecheros. En cambio, en las luchas de bandos los hombres armados eran desplegados en confictos entre linajes. Rara vez aparece asonada85, pero sí se describen enfrentamientos de caballeros, jóvenes escuderos o pequeños grupúsculos, que además no utilizaban lanzas, sino armas cortas. En las vendettas callejeras algunos caballeros o sus hombres eran los que se enfrentaban y lo hacían utilizando palabras ofensivas, con exhibición de armas o mediante algunos encontronazos físicos. Este tipo de situaciones constituían, en defnitiva, esos ruidos tan característicos de estas luchas. Y en cuanto al uso de armas, la Concordia de Salamanca de septiembre de 1476, que las prohibía, resulta muy explícita: «et ellos ni alguno dellos, nin nos, nin algunos de nos nin los nuestros, non se armen de arneses nin paueses nin lanças nin saquen vallestas nin tiros de póluora nin otras armas ofensiuas, nin ayuden nin fauorescan a persona de las que en tal ruydo o questión..»86. Por eso era tan importante en lastreguas evitar el despliegue de las armas. La tregua entre los bandos de enero de 1477 de Salamanca lo establecía: «que ningund prinçipal, aunque aya rruydo entre qualesquier personas de las sobredichas, que non se arme nin vaya al dicho rroydo, salvo sy fuere desarmado, para lo despartyr»87. En otras ocasiones se prohibía llevar armas a los caballeros para evitar los ruidos88.
¿Refejan las fuentes el alcance en muertes y heridos de estas luchas de bandos? No con mucha precisión, en realidad. Eso sí, por la información disponible se desprende que no solían ser luchas sangrientas. La mención a muertes es más bien anómala en los enfrentamientos de bandos. La alusión podía ser genérica89, mientras que las menciones concretas e individuales fueron infrecuentes y no es seguro que siempre estuviese detrás de ellos la rivalidad banderiza. Cuando se citan heridos, se desprende que solían ser pocos o leves. Un buen ejemplo, que podría considerarse típico de estas morfologías de violencia -en Salamanca- sería lo que muestra la carta que el rey en 1478 dirigió a Fernando de Varillas, Diego de Valdés -del bando de Santo Tomé-, que habían atacado al regidor Alonso Maldonado, del otro bando -San Benito-, pese a la tregua existente: cuando iba el regidor «por la dicha çibdad caualgante salvo e seguro, non faziendo nin deziendo por que ningund mal nin daño deviese resçibir, e estando los caualleros del vando de Sant Benito de la dicha çibdat, sus parienes, e él en tregua con los caualleros fjosdalgo del vando de Santo Tomé de cuya parentela e valía diz que vosotros soys, sin le desafar nin tomar aquella palabra e fe que segund ley de fdalgos los caualleros deuen fazer, diz que sobre fabla e consejo avido, diz que veniendo amos a dos a cavallo armados, dando vos favor el uno al otro e el otro al otro, con otros omes, que conbusco traýades, con yntençión e propósyto de lo ferir e matar, diz que recudiérades contra él e poniendo vuestro mal propósyto por obra, echárades mano a las espadas e arremetiérades sobre él e le diérades dos golpes e feridas, la una en el braço derecho de que le salió sangre, que por vosotros non quedó que consumar e acabar el dicho delito, salvo porque Dioslo quiso guardar e de librar e por otras personas que se ende atravesaron e porquél se salvó lo mejor que pudo...»90.
En realidad, examinando el campo semántico de ruidos o alborotos se desprende que las agresiones más usuales eran esporádicas y con pocos participantes. Y que, cuando se habla de este tipo de enfrentamientos, aunque sí pudiera correr la sangre, lo que se describía era más bien una atmósfera de amenazas, empleo de palabras gruesas o insultos que se lanzaban los contendientes91 y, por regla general, si había violencia, con una duración efímera del episodio. Otra cuestión es que el enfrentamiento fuera persistente de forma latente, como es lógico en rivalidades de este tipo.
¿Explicitaba el vocabulario quiénes instigaban las luchas y quiénes participaban en ellas? Aunque hubo implicados de otros sectores sociales, puede decirse que los caballeros principales eran los cabecillas, pero en los choques y peleas sus parientes, amigos y hombres armados jugaban un papel activo.
En cuanto a la responsabilidad de frmar las treguas, que no eran infrecuentes, recaía en los caballeros. Y ellos quedaban obligados de forma directa. En las medidas adoptadas para Ávila por la princesa Isabel en 1469 eran ellos los afectados: «han de otorgar e jurar e frmar los caualleros e escuderos de ambos linajes»92. O «que agora nuevamente entre los caualleros e escuderos e otras personas de los linajes e paren-telas de la çibdad de Salamanca han avido e ay peleas e ruidos», se decía en 147593. Por su parte, la gran Concordia de 1476 -el documento más emblemático de la pacifcación entre bandos en Salamanca- empezaba su redacción así: «Lo que esta asentado e otorgado y prometido entre los cavalleros e escuderos e otras personas de los vandos de Sant Benito e Santo Thomé de la çibdad de Salamanca, que aquí frmamos nuestros nonbres»94. De hecho, efectivamente, al fnal del documentoestán de puño y letra la frma y rúbrica de muchos de ellos y hay espacios en blanco que -se supone- tenían que ir completando otros. También se aprecia el protagonismo de los caballeros en la tregua de 147795, así como en otras cartas posteriores96. El hecho de ayudarse unos a otros -«fauoresçer e ayudar los unos a los otros e los otros a los otros»97- hacía activarse las solidaridades, que podían ser «de bando a bando» o «de su persona e casa a la persona e casa»98, ya que no todo fue lucha en bloque a esa escala amplia de los bandos, sino que se dio a veces a escala familiar o individual.
Aunque protagonistas, eso sí, los caballeros arrastraban a otros: los «parientes», aliados -«amigos»- y, cómo no, sus «hombres», «criados» y «allegados». En esta participación satélite se percibe bien la estructura linajística. Las fuentes se sirven del vocabulario del parentesco, biológico o artifcial, así como también del de la alianza o amistad. Al arrastrar los caballeros en las luchas banderizas - de enfrentamiento o de paz- a parientes y aliados se estaban reconociendo los vínculos que tenían entre sí los integrantes del linaje -el linaje familiar y el linaje suprafamiliar- a la hora de actuar o seguir al cabeza del mismo. Así, en unos enfrentamientos en Ávila en 1476, donde se dictaron medidas para evitar ruidos y alborotos se decía: «vosotros señores e vuestros parientes» y que «ningund alboroto que aya en la çibdad entre parientes e amigos nin de otras personas»99. Se comprueba que la tregua de enero de 1477 entre los bandos salmantinos obligaba a «a los otros e los otros a los otros, e a sus servidores, e escuderos e allegados, a sus bienes, e faziendas, e heredamientos, e casas e rrenteros, por sý mesmos e cada uno por sus servidores, e escuderos, e familiares e allegados»100. Y en un episodio que citan las fuentes de Ávila en aquellos años, cuando, hacia 1477, el regidor Gonzalo Dávila, cabeza del bando de San Vicente, había tenido enfrentamientos en la ciudad, se aludía a los «parientes, amigos e valedores» de este101. Según la Concordia de los bandos de Salamanca de 30 de septiembre de 1476 los parientes de los frmantes no podrían implicarse en bandos: no lo podrían hacer «su pariente o primo o tío o hermano o en otro qualquier grado, e avn fjo». En este texto de la Concordia, signifcativamente, hasta en doce ocasiones se citaba la palabra «pariente» o «parientes»102.
Los allegados de los caballeros tenían relevancia en las refriegas violentas. Por ejemplo, una carta regia relata que después del ataque en que Martín Díaz le cortó una mano a Cristóbal Nieto en 1484, que «venieron armados en favor del dicho Martín Díaz al ruydo muchos caualleros e escuderos de la dicha çibdad e allegados a ellos, el qual dicho ruydo diz que acaesçió después de la dicha nuestra carta»103. Y cuando en 1491 los reyes prohibían que los caballeros y regidores salmantinos tuvieran allegados, mostraban la cruda realidad de los enfrentamientos: «a nos es fecha relaçión que vos los dichos regidores e cavalleros de la dicha çibdad tenéys por allegados a muchos çibdadanos e ofçiales della...», que intervenían en «vuestras questiones e diferençias que unos con otros tenéys e vosotros los ayudáys e favoreçeys en las suyas», lo que provocaba muchos «ruydos e escándalos e males e diferençias en la dicha çibdad e que muchos dexan sus ofçios e lavores»104.
En defnitiva, los caballeros de los bandos eran los protagonistas, pero sus luchas y rivalidades irradiaban hacia escuderos, hombres armados y criados105. Este léxico de parentesco y alianza se aplicaba también cuando el linaje adquiría cierto grado de encomendación hacia un miembro de la alta nobleza. No se dio en Ávila, pero sí en Salamanca. Es el caso del conde o duque de Alba y los linajes de Salamanca. La mención a los parientes que aparece en los documentos que muestran dicha conexión no describe, sin embargo, esta relación entre García Álvarez de Toledo y los banderizos salmantinos, sino tan sólo los vínculos entre estos últimos, en la línea antes indicada106.
A propósito de esos vínculos de la nobleza urbana con la alta nobleza del reino, no sólo se trataba de lazos de encomendación personal, sino que los bandos locales podían adherirse a parcialidades en las que estos grandes estaban encuadrados. En Ávila no parecen haber cobrado protagonismo estos alineamientos externos. Pero sí en Ciudad Rodrigo y Salamanca. Y se ven refejados en el lenguaje. El ejemplo más claro se encuentra en esta última ciudad en 1465: «Salamanca, çibdad que de muchos tienpos acá estava en grandes contiendas e vandosydades, la qual por estonçe estava partida en dos partes, la una siguia al conde de Plasençia, e la otra al conde de Alva, donde cada día avia grandes contiendas e debates por la poca justiçia del rey»», señalaba la Crónica anónima de Enrique IV107.
Los bandos eran desorden, ruptura, o «rotura», como señala el léxico de la época. Pero los bandos eran también una oportunidad para la pacifcación. Esas soluciones eran llamadas «paces», «treguas», «seguros» o «concordias» y generaron un vocabulario concomitante característico. Así, las medidas que ordenó para Ávila la princesa Isabel en 1469 se tomaban «por paz e sosiego» de la ciudad108. El principio de «paz y sosiego»109 impregnaba los intentos de pacifcación. Lo encontramos también en las grandes treguas salmantinas: «y deseando el bien y pas y sosyego desta çibdad, e por quitar escandalos, ruydos e peleas e otros males y dapnos de entre nosotros», o bien, «deseando que la dicha çibdad esté en paz e sosyego e çesen en ella rroydos e escándalos de que se suelen syguir muertes de onbres e otros males e daños». Así describían respectivamente sus objetivos el llamado Ajusta-miento de Paz o Concordia de los bandos de Salamanca de septiembre de 1476 y la tregua de enero de 1477110.
La prohibición de llevar armas en las peleas, la frma de treguas, el compromiso de responder con los bienes si alguien quebrantaba un acuerdo, entre otros, eran los instrumentos de la pacifcación. La tregua propiciada por Isabel en julio de 1469 para Ávila prescribía ciertas medidas características, destacando el «seguro» que se había frmado «de vando a vando» durante un determinado plazo111. Entrelas medidas de las concordias y treguas, como se puede ver en las más importantes de Salamanca, la de 1476 y la de 1477, se encontraban las de no portar espadas u otras armas; también se prescribía el «destierro» para los que incumplieran el acuerdo: «Que ninguno non traya espada en ninguna parte de la çibdad; e quien la traxiere, los que las han de tomar gela quebren e non gela den (..) que sea desterrado por el tienpo de la tregua de la çibdad e su tierra», decía la de 1477 y, sobre el destierro, «si fuere persona prinçipal, que sea desterrado e vaya fuera desta dicha çibdad y sus arrauales por treynta dias, e si fuere escudero, que pierda las armas y sea desterrado de la dicha çibdad e sus arrauales por sesenta dias, y si fuere omme de pie o ofçial que pierda las armas y sea desterrado de la dicha çibdad y sus arrauales por noventa días», señalaba la de 1476112.
Además de estos principios de «concordia», «paz e sosiego», y otros que venimos analizando aquí, aforaba la categorización relativa del parentesco también en el campo semántico de la pacifcación. Ya se ha mencionado que parientes y amigos se involucraban en las peleas. Pero este tipo de vínculos podían ser de igual modo utilizados, paradójicamente, para neutralizar la rivalidad banderiza. La paz de 1476 de Salamanca, el pacto más importante, así lo revela. Tras varias treguas parciales entre los bandos, la gran ocasión de pacifcación fue esa Concordia: los caballeros de ambos bandos frmantes -eso sí, muchos no lo hicieron-, bajo ciertas condiciones, se comprometían a respetar el pacto frmado y rubricado, formando así ex novo una parentela de aliados que prevalecería sobre la lealtad al bando-linaje. Es decir, se suspendía el vínculo con los parientes y amigos del bando para respetar el de los nuevos parientes y amigos, los de la Concordia: «queremos y prometemos de ser todos de aquí adelante buenos amigos y estar y ser todos en vna parentela y verdadera amistad y conformidad y vnión, e nos ayudar los vnos a los otros y los otros a los otros como verdaderos parientes y amigos y confederados»113. El planteamiento se repite en la tregua de 1477114.
4. CONCLUSIONES
Entendiendo la violencia en un sentido amplio -acciones de fuerza, coacciones, amenazas o intimidación-, resulta evidente, excluyendo la violencia privada, que existe una morfología muy diversa en la zona de estudio que puede relacionarse con la confictividad social: confictos en torno a la señorialización, violencias rurales, luchas de bandos. Nos han interesado estos confictos, pero priorizando la observación del lenguaje. Unas refexiones fnales sobre la correspondencia entre el conficto social, su semántica y su léxico es, desde esta óptica, la cuestión que queremos resaltar en estas conclusiones.
A este respecto, hemos podido hallar cierto patrón de expresiones o léxico característico según la tipología confictual. De tal manera que, cuando las fuentes hablan de «horcas», «cepos» o «picotas», o de construir o derribar «fortalezas» o «torres», por ejemplo, había detrás una disputa de tipo jurisdiccional. De igual modo, la mención a «hombres armados» refeja la realidad de una agencia asociada al clientelismo de la nobleza, en este caso nobleza urbana. Y es también rigurosa-mente elocuente el hecho de que la documentación no atribuya a los pecheros y sus representantes, en los confictos en que se vieron implicados, ninguna conducta que denote violencia o uso de la fuerza, todo lo contrario de lo que ocurre con sus antagonistas, los caballeros urbanos y sus hombres. También se observa que las palabras «parientes e amigos» se asocian a situaciones tensas, pero dentro de un contexto que identifcamos con el ámbito de los linajes y bandos. La casi nula mención a «muertes» violentas en las fuentes documentales no es sino el recono-cimiento de que una situación tan grave como la que denota esa palabra resultaba anómala como resultado de los confictos en la época.
Esta congruencia relativa en los lenguajes discursivos, que acabamos de corroborar, ratifca la utilidad del estudio del léxico en el conocimiento social. Ahora bien, no pocas veces el léxico es insufciente, romo o equívoco. El historiador queda sometido al albur de los silencios o los sesgos ideológicos de las fuentes, aunque sean documentales -mayor problema tienen aún crónicas o textos literarios-, ya que las expresiones refejadas no siempre eran capaces de desvelar la complejidad social, o bien la deformaban, simplifcaban, o comprimían en discursos uniformes fenómenos que no lo eran. Por ejemplo, las palabras «ruido» o «alboroto» se pueden aplicar a demasiadas situaciones, de etiologías y alcances muy distintos entre sí. Las denuncias por acciones cometidas «sin fuerza ni razón», tan frecuentes, sí refejan imposturas legales y sociales de los poderosos, pero dentro de una retórica un tanto inespecífca. Y las menciones a «heridos» bien podían signifcar, sin otra referencia más concreta, las consecuencias de una leve disputa casi incruenta entre dos personas, enfrentadas por un asunto menor y privado, como dar cuenta de un grave y multitudinario altercado sangriento de gran impacto y trasfondo social. Por su parte, las menciones a «hombres armados», que -como acabamos de señalar- tenían un signifcado social relevante, no siempre ilustran, por sí mismas, acerca de la magnitud del grupo implicado, ni esclarecen si la expresión aludía, por ejemplo, a unos pastores de ganado -al servicio de un terrateniente- que, equipados con garrochas para llevar el ganado, realizaban una acción puntual sobre un aldeano, o si, por el contrario, constituían una pequeña mesnada de jóvenes caballeros y escuderos bien pertrechados que, desde una fortaleza legal o ilegal del caballero principal, atemorizaban con todo tipo de amenazas y armas a los labradores de una comarca.
Son sólo ejemplos de cómo el lenguaje que encontramos en la documentación no resulta sufciente para el conocimiento completo o profundo de un episodio y su contexto. Ya fuera por el carácter polisémico de las palabras, por su incapacidad de defnir el contexto y la trama que había detrás, por su inherente ambigüedad o inconcreción, o por un deliberado propósito de disfrazar la realidad en discursos compatibles con los valores predominantes en los medios en que se emitían los mensajes o en aquellos a quienes se destinaban, o por otras razones, lo cierto es que se pone en evidencia esa citada insufciencia. Tal défcit no sólo constituía un límite en los discursos explícitos, sino que, a menudo, ha desorientado a los historiadores. ¿Por qué seguimos rotulando como «luchas de bandos» fenómenos que sabemos derivados de tensiones diversas, tales como enfrentamientos privados entre personas adscritas a linajes pero rivales por otros motivos, o que eran pugnas por una propiedad o por la hegemonía patrimonial en determinadas aldeas, o que eran tensiones por los cargos municipales adscritos a los linajes, o por nexos del patriciado local con las parcialidades y bandos del reino...? ¿Acaso no estamos imbuidos por las imprecisiones del léxico -la palabra «linaje», por ejemplo, que va más allá de una polisemia sencilla-, o por tradiciones discursivas medievales o posteriores que simplifcaron bajo el marbete de «luchas de bandos» confictos diferentes? Y eso mismo podría decirse de las otras líneas de confictividad.
Estos desajustes entre semántica y realidad son relevantes. Y sugieren que el análisis de la confictividad social, esto es, sus morfologías y motivaciones, requiere de una hermenéutica -con enfoques de antropología, historia social o historia de las mentalidades- no basada únicamente en el léxico, aunque el acercamiento a este, como se ha visto, resulte enriquecedor.
ANEXO. ACCIONES DE FUERZA Y VIOLENCIA EN LA ZONA DURANTE EL SIGLO XV
F. Violencia física. Muertes, heridos.
A Amenazas, acciones de coacción armada, coerciones personales y daños patrimoniales.
I Incumplimiento de la ley y la justicia: actos contra la ley o resistencia a la autoridad, entorpecimiento de la acción judicial, construcción de fortalezas ilegales
T. Tipologías concretas: S= violencia señorial, AS= violencia antiseñorial, VR = violencias rurales y coacciones de los caballeros urbanos en las aldeas, PR = parcialidades del reino, BL = Bandos locales, O = otros
FUENTES EDITADAS Y BIBLIOGRAFÍA Ajustamiento de Paz entre los caualleros de los bandos de San Benito y Santo Thomé, trascripción Florencio Marcos Rodríguez. Salamanca, 1969 (reed. 1983). Asenjo González, María: «Acerca de los linajes urbanos y su confictividad en las ciudades castellanas a fnes de la Edad Media», Clío & Crimen, 6 (2009) pp. 52-84.
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1. Universidad de Salamanca. C.e.: [email protected]. ORCID: https://orcid.org/0000-0001-8258-772X
2. El artículo se inscribe en el proyecto: "Más allá de la palabra. Comunicación y discurso políticos en la Castilla Trastámara (1367-1504) / Beyond the word. Political Communication and Discourse in Trastámara Castile (1367-1504). PID2021-125571NB-I00, fnanciado por MCIN/AEI /10.13039/501100011033 / FEDER, UE".
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4. Se indican aquí abreviaturas utilizadas habitualmente en este artículo: AGS = Archivo General de Simancas; AH-NOB= Archivo Histórico de la Nobleza; AMS = Archivo Municipal de Salamanca; AHPS = Archivo Histórico Provincial de Salamanca; AMCR = Archivo Municipal de Ciudad Rodrigo; Asocio = Documentación medieval del Asocio de la Extinguida Universidad y Tierra de Ávila, eds. Carmelo luis lópez y Gregorio Del Ser. Ávila, Institución Gran Duque de Alba, 1990; DAMÁvila = Documentación del Archivo Municipal de Ávila. Ávila, Ediciones de la Institución "Gran Duque de Alba", 1988-1999, 6 vols.; DIv= Diversos de Castilla; DMCiudad Rodrigo = Documentación medieval del Archivo Municipal de Ciudad Rodrigo, ed. Ángel Barrios, José María Monsalvo Antón y Gregorio Del Ser. Salamanca, Ediciones de la Diputación de Salamanca, 1988; Pesquisas sobre términos de Salamanca 1433-1453 = Pesquisas sobre términos ocupados en la Tierra de Salamanca, 1433-1453, BNE (Biblioteca Nacional de España), Mss. Res nº 233; RGS = Registro General del Sello; RGS-Ávila = Documentación medieval abulense en el Registro General del Sello. Ávila, Institución "Gran Duque de Alba", 1993-2010, 15 vols.; Salamanca en la documentación de la Casa de Alba = Salamanca en la documentación medieval de la Casa de Alba, ed. Ángel vaca, José Antonio Bonilla. Salamanca, Caja de Ahorros, 1989; villar y Macías, Historia de Salamanca = villar y Macías, M., Historia de Salamanca. Salamanca, Grafcesa, 1973-1975, 9 vols. (1ª ed. orig. 1887), vols. Iv y v.
5. véase el Anexo adjunto al final del texto principal 6. Referencias a estos episodios en Anexo.
7. Un ejemplo de Alba: en 1424 los caballeros habían amenazado a los sexmeros, hasta el punto de que el señor les tuvo que otorgar "tregua y carta de seguro", AM Alba de Tormes, libros de Acuerdos 1424, fols. 7v-8. 8. Existían desde hacía varios siglos pequeñas áreas bajo señoríos eclesiásticos. El número de aldeas que dependía de ellos no alcanzaría el 4% del total de los lugares de la zona de estudio. Eso sí, estos señoríos, con pequeños ramilletes de aldeas -Abadengo de Ciudad Rodrigo, Abadengo de la Armuña del obispado de Salamanca, Bonilla de la Sierra de
Ávila, de este obispado,- o unas pocas aldeas sueltas más, tradicionalmente soportaban un régimen señorial algo más duro que el del entorno. Esto era debido a que, a diferencia del estatuto mayoritario que tenían los campesinos de la zona de estudio -que eran pecheros-, entre los habitantes de esos lugares bajo señorío episcopal predominaban los campesinos-vasallos con dependencia por la tierra o incluso dependencia personal hacia sus señores. Cf. referencias de nota siguiente sobre señoríos en las actuales Ávila y Salamanca.
9. Me remito a los estudios, con los mapas correspondientes, de Monsalvo Antón, José María: "Panorama y evolución jurisdiccional en la Baja Edad Media", en Historia de Salamanca. Tomo II. Edad Media, Martín Rodríguez, J.l. (dir.). Salamanca, ed. CES, 1997, pp. 333 y ss., Id.: "las dos escalas de la señorialización nobiliaria al sur del Duero: concejos de villa-y-tierra frente a señorialización "menor" (estudio a partir de casos del sector occidental: señoríos abulenses y salmantinos", Revista d' Història Medieval, nº 8, 1997, pp. 275-335; Id.: "Arraigo territorial de las grandes casas señoriales (infantes de Aragón, Alba, Estúñiga y Alburquerque) en la cuenca suroccidental del Duero en el contexto de la pugna nobleza-monarquía" Anales de la Universidad de Alicante. Historia Medieval nº 19 (2015-2016), pp. 111-164. Además, Moreno Núñez, José Ignacio: Ávila y su Tierra en la Baja Edad Media (siglos XIII-XV). valladolid, Junta de Castilla y león, 1992. Se describe también la geografía señorial en varios capítulos de la Historia de Ávila, a cargo de luis lópez, Carmelo: "Evolución del territorio y su proceso de territorialización", en Historia de Ávila III. Edad Media (siglos XIV-XV), coord. G. Del Ser,. Ávila, 2006, pp. 177-211; Id.: "El señorío de valdecorneja", en Historia de Ávila III. Edad Media (siglos XIV-XV), coord. G. Del Ser. Ávila, 2006, pp. 275-370; Id.: "la señorialización de las comarcas meridionales", en Historia de Ávila IV. Edad Media (siglos XIV-XV), coord. G. Del Ser. Ávila, 2009, pp. 35-110; Id.: "villazgos señoriales en el sector meridional del alfoz a fnales del siglo XIv", en Ibid pp. 111-260; Id.: "Otros señoríos de los sectores central y septentrional", en Ibid., pp. 261-348. 10. DMCiudad Rodrigo, docs. 284 y 285.
11. De hecho, acababa de recibir la concesión señorial de dos lugares de Ciudad Rodrigo próximos, villavieja y Bañobárez, DMCiudad Rodrigo, doc. 282. Por su parte, San Felices había pertenecido en décadas anteriores a los infantes de Aragón. Tras la derrota de estos y recuperada por Juan II transitoriamente, fue objeto de deseo de muchos
nobles, desde caballeros cercanos hasta nobles de mayor rango, como Pedro Girón, hermano de Juan Pacheco, que incluso llegó a poseerla hacia 1446. Pero antes de eso, en el momento de la revuelta, Fernán Nieto el viejo y su sobrino El Mozo, unos caballeros de vecindad dudosa -empadronados en varios concejos- y con intereses en las comarcas situadas entre Ciudad Rodrigo y ledesma, pretendieron hacerse con algunos lugares entre Ciudad Rodrigo, ledesma y Salamanca. Fernán Nieto el Mozo había ganado el favor de los de San Felices y contaba, además, con sus propios hombres armados. Cf. nota siguiente.
12. Había, además, nada menos que once hombres, "escuderos e omes del dicho Ferrand Nieto" entre los asaltantes, citados por su nombre uno a uno; también participaron otros muchos de la villa, hasta treinta y ocho, mencionados también uno por uno; además, se citaban por su nombre once vecinos de lumbrales, "e todos los vezinos e moradores de la dicha villa de Lunbrales", amén de cuatro personas, expresamente mencionadas, que eran de Hinojosa, así como "otros muchos vezinos e moradores della". Es decir, en la revuelta hubo vasallos episcopales de las dos aldeas del obispo, lumbrales e Hinojosa, pero también los hombres armados del principal instigador y sus aliados, habitantes de la villa contigua de San Felices, que apoyaba a Fernán Nieto y su tío. Referencias en documentos citados en nota 10. Por lo que se refere a la pretensión de control jurisdiccional del lugar, no hay dudas, a tenor de la carta episcopal de abril de 1441, que contenía la excomunión: "ocuparon e tienen ocupada la dicha jurisdiçión tenporal que nos [habla el obispo] tenemos en la dicha villa e en todos los otros logares de nuestro Abadengo; et, aun el dicho Ferrand Nieto, estando en el dicho logar et castillo de La Finojosa después desto fecho, fzo ayuntar todos los conçejos de los logares de nuestro Abadengo et fzo jurar a los alcaldes de cada logar que fuesen con él e contra nos a una unión et que non nos obedesçiesen, so çiertas penas que les puso, et puso ende en su logar al dicho Ferrand Nieto el Viejo, su tío; et el dicho Ferrand Nieto, tío del dicho Ferrand Nieto, está en el dicho logar et castillo violenta et injuriosamente et por fuerça", DMCiudad Rodrigo, doc. doc. 284. Esta carta era de 12 de abril. Otra del 20 del mismo mes, de semejante cariz, imponía durísimas penas a todos los que trataran con los excomulgados, Ibid., doc. 285
13. la distinción nos parece justifcada: Monsalvo Antón, "las dos escalas de señorialización". 14. los Álvarez de Toledo, la gran referencia señorial de la región, fueron señores en valdecorneja -donde destacan El Barco y Piedrahíta-, desde la temprana fecha de 1369, y también lo fueron en Alba de Tormes y Salvatierra de Tormes desde 1429-1430. los Estúñiga fueron señores en Béjar desde 1396. Otra rama de los Estúñiga a mediados del siglo Xv tuvo Miranda. Mientras que en ledesma -tras un período de infantes de Aragón, Estúñiga y realengo- la casa de Beltrán de la Cueva se hizo con el señorío de la villa y la extensa Tierra en 1462. En esos casos se trata de concejos de villa y tierra. Hubo también implicados nobles de primer orden en la señorialización de algunos otros concejos de la zona, como varias villas del sur del Tiétar: Candeleda, Arenas, Colmenar -Mombeltrán- y la Adrada, que pasaron por diversas manos desde 1393, en que comenzó su señorialización. Hay que destacar, fnalmente, algunos otros pequeños concejos que pasaron a la casa de Alba sobre todo en las últimas décadas del siglo Xv: San Felices de los Gallegos, Narros del Castillo, Mancera, Salmoral, Solmirón, entre otros. También varias ramas de los Dávila abulenses se hicieron con el control, casi siempre antes del siglo Xv, de varios señoríos, destacando la Casa de los Dávila de las Navas y villafranca y la Casa de los Dávila de villatoro y Navamorcuende. Referencias supra, nota 9.
15. Cf. apartado siguiente, donde se abordan estas violencias rurales. 16. DMCiudad Rodrigo, docs. 281 a 283, 288 a 292, 296; AGS,PTR,lEG,58,51.Vid. Bernal Estévez, A., Ferrand Nieto y la señorialización de Villar de la Vieja y Bañobárez, Ciudad Rodrigo (discurso de entrada en CEM), 2007. No sabemos el trasfondo de esta concesión. Hay que tener en cuenta que la familia Nieto, y en concreto Fernán Nieto de ledesma, fue muy activa en diversas comarcas a caballo de los concejos de Salamanca, ledesma y Ciudad Rodrigo. Era una familia de regidores de ledesma -desde fnales del s. XIv se documentan-, que, tras adquirir muchas tierras, se convirtieron en terratenientes en varios lugares de su Tierra -tuvieron, entre otros, el lugar de El Cubo-, además de poseer bienes en Salamanca y en la Tierra de Ciudad Rodrigo, en cuyas Tierras fguran también entre los usurpadores de términos. Aportamos información sobre este personaje en Monsalvo Antón, José María, "Aspectos de las culturas políticas de los caballeros y los pecheros en Salamanca y Ciudad Rodrigo a mediados del siglo Xv. violencias rurales y debates sobre el poder en los concejos", Alfonso, I., Escalona, J. y Martin, G. eds., Lucha política. Condena y legitimación en la España Medieval Annexes des Cahiers de Linguistique et de civilisation hispaniques médiévales, nº 16, 2004, pp. 245-246.
17. Juan II suspendía en febrero la concesión, pero la confrmaba en septiembre de ese año. la disputa continuó, pero por vías pacífcas, hasta que en 1443 Nieto perdió la jurisdicción de los dos lugares, que, como aldeas de su Tierra, recuperó plenamente Ciudad Rodrigo en 1445. Vid. referencias citadas supra, nota 16. Y sobre la vuelta al realengo, AMCR, leg. 301 (leg. 18, nº 19, 28 y 30). la recuperación de la jurisdicción por Ciudad Rodrigo en 1445 no quiere decir que los Nieto dejaran de tener infuencia como terratenientes en la zona. Aparte de grandes propietarios en El Cubo, Alba de Yeltes, villar de los Álamos, donde los Nieto aparecen como dueños a mediados del siglo, en la época de los Reyes Católicos mantenían gran presencia como propietarios. Se conoce algún mayorazgo, como el que hicieron sobre El Cubo, al sur de la Tierra de ledesma, AHNOB,YElTES,C.11,D.1-3. Se habían hecho también con otros lugares. Aparece Rodrigo Nieto como dueño de Medinilla -lugar situado entre San Felices de los Gallegos y Bañobárez-, convertido
en término privatizado- y poseía otras propiedades importantes en los alrededores, incluyendo Bañobárez: AHNOB// YElTES,C.7,D.28-32; AHNOB,YElTES,C.7,D.86; AHNOB,YElTES,C.19,D.71, entre otros 18. Además de las fortalezas de los citados Tejeda o Cojos, que se levantaron hacia 1450 sin permiso en tierras salmantinas a mediados del siglo Xv, hay otros casos ya en época de los Reyes Católicos, que ponen en evidencia el fenómeno de señorialización ilegal: casos de Porqueriza en 1475 y 1494, Pedroso en 1487, Aldearrubia en 1489, El Risco ese mismo año, Zarapicos en 1494, Bóveda de Rio Almar en 1497 o Martín del Río, Cabrillas o Agallas en 1498, Cf. referencias en el Anexo.
19. Pulgar, Fernando de, Crónica de los señores Reyes Católicos don Fernando y doña Isabel, ed. BAE, p. 249 20. Palencia, Crónica, Iv, p. 203; asimismo, Cooper, Castillos señoriales, I, p. 157; Martín Benito, José Ignacio, El alcázar de Ciudad Rodrigo, p. 82; Id., "los cimientos del poder", p. 133-134.
21. Un precedente es la alianza de los caballeros de Ciudad Rodrigo con Juan Pacheco en 1470 para proteger la villa de San Felices y vincularla a la seguridad de Ciudad Rodrigo, AHNOB,FRIAS,C.12,D.13. luego aparecería en otro escenario Gracián de Sese, maestresala de Enrique Iv, que era alcaide del castillo de Trujillo, al menos desde 1470, AHNOB,FRIAS,C.11,D.25. En 1474 se había resistido a entregarlo a Juan Pacheco, a quien Enrique Iv había concedido esa villa. Al fnal, el alcaide cedió, pero a cambio de ser recompensado con la concesión de la villa de San Felices de los Gallegos, que estaba bajo control de Juan Pacheco. las capitulaciones entre Pacheco y el alcaide para la entrega de la fortaleza de Trujillo serían de principios de octubre de 1474 AHNOB,FRIAS,C.127,D.19-20; FRIAS,C.129,D.11., AHNOB,FRIAS,C.16,D.29; val valdivieso, M.ª Isabel, Isabel la Católica, princesa (1468-1474). valladolid, Instituto Isabel la Católica, 1974, p.525-547. Cartas posteriores confrman la concesión en 15 de noviembre de 1474 de San Felices a Gracián de Sese, bajo ciertas condiciones, AGS,RGS,lEG,147703,360. Por cartas regias de 1476, se sabe que Gracián de Sese había frmado unos ciertos compromisos todavía bajo Enrique Iv, relacionados con esa entrega, pero que queda-ron anulados al pasarse Gracián de Sese al bando de Portugal. Aun así, no se sabe exactamente cuándo se le privó de la villa, aunque todo indica que la decisión fue de Isabel: "el dicho Gracián de Sese, aver e avido e procurado del dicho señor rey mi hermano çiertas cartas e provisiones e mandamientos e por asimismo el dicho Graçian de Sese aviendo dado su obidiençia al rey mi señor e a mí como a su rey e reyna naturales, en nuestro deservicio e, olvidada la fdelidad que nos devía, se juntó e conformó con nuestro aduersario de Portogal [Alfonso v] e con el príncipe don Ferrando su fjo [sic], como fue público e notorio e por el mesmo fecho meresçió aver perdido e perdió todos sus bienes (...)e por ello yo mandé que le
fuese quitada, segund que fue, la dicha villa de Sant Helices". Por ese motivo de deslealtad habría perdido la villa de San Felices, pero se entiende por esa carta que eso ocurrió reinando ya Isabel, por decisión de esta en plena contienda, AGS,RGS,lEG,147609,611, AHNOB,BAENA,C.261,D.55.
22. Pulgar, Fernando de, Crónica de los señores Reyes Católicos p. 249. Tras narrar que fue lapidado, el cronista ofrece la lección moral de la muerte: "e fue causa de la fea muerte que ovo, por la cobdicia que le movió de vender al rey la fortaleza [Trujillo] que dél había confado", Ibid. Frente a la "codicia" que atribuye Pulgar al alcaide, el mensaje de Alonso de Palencia, que sitúa la muerte en 1476 y la narra en su crónica tras el caso de Fuenteovejuna, se centra en que Gracián de Sese era un traidor: "cruel muerte a Gracián, su señor y alcaide del castillo (...) traición del alcaide,amigo ya de los portugueses", Palencia, Crónica, Iv, p. 203. Se destacaría así el posicionamiento pro-portugués de la víctima (cf. nota anterior)
23. Me remito a los títulos citados supra sobre señoríos en las actuales provincias de Ávila o Salamanca (cf. supra, nota 9). Recordemos únicamente ahora los señoríos pequeños, es decir excluyendo los de villa y tierra y los señoríos del Tiétar. Hubo un nutrido número de señoríos constituidos por una aldea hecha villa -sin aldeas, o con un minúsculo puñado de lugares contiguos- que se formaron en la época Trastámara: San Muñoz, Tamames, Garcivelasco -villalba de los llanos-, Matilla de los Caños, vecinos, Araúzo, Alaraz, valverde de Gonzaliáñez, vilvestre, Yecla de Yeltes, Sobradillo, San Felices de los Gallegos, Cerralbo Saelices el Chico, El Bodón, Alberguería, Payo de valencia, Pedraza, Fuenteguinaldo, Peñaranda de Bracamonte, Narros del Castillo, Castronuevo, Mancera, Salmoral, Cespedosa y Puente del Congosto, Gallegos de Solmirón, El Mirón, la Horcajada, Bohoyo, Serranos de la Torre, las Navas, villaviciosa, villanueva de Gómez, el Bohodón y, si se consideran de esta escala, aunque eran un poco más extensos, los señoríos de villatoro y villafranca de la Sierra. Pues bien, sólo en unos pocos casos, las que se han indicado con anterioridad, hubo acciones de fuerza, pero no se documentan ni como acciones de señorialización ni como antiseñoriales en el resto.
24. Asocio, docs. 70, 71, 74, 75
25. El citado Diego González del Águila, regidor, no quiso reconocer al juez de términos: "que non consentía en el dicho enplazamiento que asý le era fecho nin se dava por enplazado", Asocio, doc. 74 26. Incumpliendo los requerimientos judiciales, o amenazando a quienes les reclamaban que devolvieran términos. Por ejemplo, Pedro Suárez, caballero usurpador de término de Panaderos, cerca de Salamanca, cuando el representante que "lo procurava en nonbre de la dicha çibdad" le exigió que cumpliera la ley y devolviera el lugar. Entonces "quel dicho Pero Suárez por ello lo quiso matar dentro de la iglesia de Sant Martín", Pesquisas sobre términos de Salamanca 1433-1453, fol. 64r.
27. En la usurpación de Zapardiel de Serrezuela, uno de los hijos del usurpador Pedro Barrientos, estando en Serranos de la Torre -pequeño señorío de Barrientos contiguo al lugar- al ser requerido en 1490 por el alcalde de Zapardiel para que cumpliese una resolución judicial, cuya carta mostró, tomó una vara que el alcalde llevaba y "ge la fzo pedaços en la cabeça". Amenazó al alcalde y a otros que iban con él diciendo "que les faría comer la carta e los ahorcaría" , así como que en Serranos, donde residía, "que non tenían allí que entender el rrey nin la rreyna, salvo él", Asocio, doc. 183.
28. Contrasta con la pacífca respuesta de los pecheros. Cf. infra. 29. la pesquisa se realizó entre 1452-1453 -hasta el 16 de enero de 1454-, e incluía varios procesos, con pesquisas previas de 1433, 1450 y 1452. Ya Nicolás Cabrillana se acercó al manuscrito que la contiene, BN, secc. Ms, Res. 233. Vid. Cabrillana, N., "Salamanca en el siglo Xv: nobles y campesinos", CHE, 1969, III, pp. 255-295. Nos ocupamos con cierto detenimiento de la pesquisa en el trabajo citado en nota siguiente.
30. Se trataba de dueños de términos redondos que quisieron ampliarlos, o de titulares de algún pequeño señorío que quisieron agrandar, además, todos ellos, de protagonizar usurpaciones en tres zonas de muchos bienes comunales: la Sierra Menor -Sierra de Herreros y Frades-, la Sierra Mayor -Sierra de Tamames, Sierra de Quilamas y Sierra de valero- y el llamado Campo de Muñodono, zona de pastos en pleno Campo Charro actual. los caballeros implicados fueron el citado Fernando de Tejeda, desde el lugar de Tejeda -además de querer hacerlo señorío jurisdiccional-, Gómez de Benavides -señor de vecinos, Matilla de los Caños y San Muñoz- y, Enrique Enríquez, dueño alguna aldea -Garcivelasco o villalba de los llanos, como él la llamaba-, e igualmente Diego de Solís desde su lugar de Cojos, que también quiso ampliar y señorializar por la fuerza. Fueron muchas las actuaciones que a mediados del siglo ellos y sus hombres llevaron a cabo, de las que da cuenta la pesquisa de 1453: apropiación de pastos y bosques comunales, desalojo de campesinos de algunos pequeños lugares para forzarlos a vivir en sus "señoríos", resistencia a la justicia, ataques a bienes y personas de la zona. los detalles en Monsalvo Antón, José María, "Aspectos de las culturas políticas", p. 240-245. Se ofrece una explicación del trasfondo de esta confictividad, donde intervenían factores sociopolíticos -impunidad, competencia entre los propios caballeros- y agrarios -elasticidad del sistema de aprovechamientos agropastoriles-, en Ibid., p. 249-260; asimismo, id., "Movilidad social y élites urbanas al sur del Duero", p.86-92.
31. la orden de restitución de términos de 1480 en AGS,RGS,lEG,148012,57. véanse, lópez Benito, Clara Isabel, "Usurpaciones de bienes concejiles en Salamanca durante el reinado de los Reyes Católicos", Studia Historica. Historia Moderna, 1, 1983, pp. 169-184; Id., "la devolución de las tierras usurpadas al concejo de salamanca en los inicios de la Edad Moderna", Studia Historica. Historia Moderna, 2, 1984, pp. 95-112
32. DMCiudad Rodrigo, 55, 56, 73, 74, 89, 90, 126, 130, 135, 136, 137. 33. Ibid., docs. 162 a 247.
34. Hay un cuadro con las usurpaciones de la Tierra y "socampana" de Ciudad Rodrigo, con sus referencias, en Monsalvo Antón, José María, "la sociedad concejil de los siglos XIv y Xv. Caballeros y pecheros (en Salamanca y en Ciudad Rodrigo)", en Historia de Salamanca, cit., pp. 414-426. 35. Cf. un cuadro con estas usurpaciones en Monsalvo Antón, José María, Comunalismo concejil abulense. Paisajes agrarios, confictos y percepciones del espacio rural en la Tierra de Ávila y otros concejos medievales, Ávila, Diputación Provincial de Ávila, 2010, pp. 174-190; sobre la problemática de los confictos de términos, Ibid., 259-299; más específ-camente, sobre testimonios de coacciones, Ibid, p. 299-319.
36. los procesos y pesquisas contra sus usurpaciones, centradas en el enorme sexmo de Santiago de Tierra de Ávila, en Asocio, docs. 158, 166; y DAMÁvila, docs. 356, 400, 402, 403. Vid. referencias a estos procesos, entre otros, en Monsalvo Antón, José María, "Percepciones de los pecheros medievales sobre usurpaciones de términos rurales y aprovechamientos comunitarios en los concejos salmantinos y abulenses", Edad Media. Revista de Historia, 7 (2005-2006), pp. 71-73; asimismo, vid. las referencias de nota anterior.
37. Monsalvo Antón, José María: "En torno a la cultura contractual de las élites urbanas: pactos y compromisos políticos (linajes y bandos de Salamanca, Ciudad Rodrigo y Alba de Tormes)", en F. Foronda y A. I. Carrasco Manchado dirs., El contrato político en la Corona de Castilla. Cultura y sociedad política entre los siglos X al XVI. Madrid, Dykinson, 2008, pp. 159-209; Id.: "El papel político de los linajes urbanos en los concejos del sur del Duero", en J. M.ª Monsalvo ed., Élites, confictos y discursos políticos en las ciudades bajomedievales de la Península Ibérica. Salamanca, Universidad, 2019, pp. 103-139.
38. lópez Benito, M.ª Isabel: Bandos nobiliarios en Salamanca al iniciarse la Edad Moderna. Salamanca, CES, 1983; Monsalvo Antón, José María: "violence between Factions in Medieval Salamanca: some Problems of Interpretation", Imago Temporis. Medium Aevum, 3 (2009), pp. 139-170 (vers. cast., ibid.., pp. 450-473).
39. En ese año, cuando el rey, viajando desde la cercana Cantalapiedra, quiso alojarse en Salamanca, surgió un enfrentamiento quizá relacionado con las parcialidades existentes. El rey envió aposentadores previamente para que prepararan su estancia en Salamanca, en concreto planeando hacerlo en casas y dependencias del obispo. Pero los aposentadores y, al frente de ellos, el enviado del rey Pedro Carrillo, su halconero mayor, se encontraron con que un
miembro de los Anaya, Juan Gómez, arcediano de Salamanca, lo impidió por la fuerza: "estaba apoderado ý en la torre de la Iglesia donde tenía asaz gente de armas y no consintió que el rey allí se aposentanse", viéndose obligado a alojarse en casas privadas del doctor Acevedo de la ciudad, Crónicas de los Reyes de Castilla. Crónica de Juan II, ed. BAE, p. 558. Muy semejante es la versión de la crónica de Pedro Carrillo de Huete, que califca de "reuelión" la acción de Juan Gómez de Anaya: "puso mucha gente de armas en la yglesia e muchos vallesteros e escudados e fuéronse para la posada del obispo e echaron fuera a don Pedro", Crónica del Halconero ed. Carriazo, 1946, p. 309-310. El rey "desque esto sopo, mandó pregonar con tronpetas que nenguno non les diese fabor ni ayuda ni fablasen con ellos, so çiertas penas", Ibid.
40. Crónica de don Álvaro de Luna, ed. Carriazo. Madrid, Espasa-Calpe, 1940, p. 253. 41. "Dos vandos eran a la sazón en la çibdad de Salamanca, en que avía muy buenos caballeros, que tenían casas de asaz gente darmas: el un vando se dezía de San Benito, e el otro de Santo Tomé. Así los unos caballeros como los otros de estos dos vandos, e todos los otros caballeros de la çibdad, eran en su casa e vivían con él [el condestable]. E los prinçipales del vando de Sant Benito eran Diego de Anaya e Gómez de Anaya, Diego de Acebedo e Juan Palomeque. Del vando de Santo Tomé Pedro de Solís, Diego de Solís, Fernán Rodríguez de Sevilla, Juan de Arauço su fjo", Crónica de don Álvaro de Luna, p. 447. François Foronda se ha ocupado de resaltar en un trabajo, a partir de la crónica, las infuencias que Álvaro de luna tenía sobre la nobleza castellana -desde la alta nobleza a la nobleza urbana- Foronda, François: "Patronazgo, relación de clientela y estructura clientelar. El testimonio del epílogo de la Historia de don Álvaro de luna", Hispania, 235, 2010, pp. 431-460.
42. "Ca vivían con él [formaban parte de la clientela del condestable] Pedro de Ávila, señor de Villafranca e las Navas, el doctor Pedro Gonçález de Ávila, señor de Villatoro e Navalmorquende, Gil Gonçález de Ávila, Sancho Sánchez de Ávila, señor de Villanueva e Sant Román, e otros muchos caballeros e escuderos que en la dicha çibdad e tierra della eran", Crónica de don Álvaro de Luna. p. 446. las casas de villafranca y de villatoro lideraron en el siglo Xv los dos bandos-linajes de Ávila, ajustándose a ese comodín estándar de rivalidad binaria, si bien, al menos en aquellas décadas, no se documentan enfrentamientos violentos entre ellos.
43. Cf. referencias de las notas 39 y 40. Y hay otros indicios. En 1449 Juan II ordenaba a al corregidor de Salamanca que impidiera a Alfonso de Solís levantar una casa fuerte junto a la iglesia de Santo Tomé, ya que podrían surgir altercados entre los bandos de la ciudad, villar y Macías, Historia de Salamanca , lib. v, p. 44-45.
44. Se examina esta relación -¿encomendación?, ¿vasallaje? ¿clientelismo?- entre los bandos salmantinos y el conde o duque de Alba en Monsalvo Antón, "En torno a la cultura contractual", pp. 189-194.
45. Pueden verse en el Anexo y en referencias posteriores donde se analiza el lenguaje de las luchas banderizas.
46. Vid. referencias en el Anexo. Y algunas consideraciones en Monsalvo Antón, José María: "Pobladores, caballeros, pecheros y señores. Confictos sociales en el concejo de Ávila (siglos XII-Xv)", en Francisco García Fitz y Juan Francisco Jiménez Alcázar (coords.), La Historia peninsular en los espacios de frontera: las "Extremaduras históricas" y la "Transierra" (siglos XI-XV). Murcia, SEM y Editum, 2012, pp. 413-417.
47. "linajes" entendidos como grupos familiares de la nobleza local; "linajes" -en cursiva- como agrupaciones amplias o bandos-linaje (Pacheco y Chaves).
48. Hay referencias que lo demuestran: presión de Portugal al concejo mirobrigense a fnales de diciembre de 1474 para unirse a la causa de Juana y de Portugal, AMCR. leg. 285 (leg. 2, nº 30 F); AGS,RGS,lEG,147605,303 (confscación de bienes y cargo a Pedro de Chaves en 1476); AGS//PTR,lEG,59,24 y AGS,RGS,lEG,147606,449 (confscación en 1476 de bienes a Alvar Pérez Osorio, aunque fue perdonado en 1480, AGS,RGS,lEG,148003,63); AGS,RGS,lEG,147607,527 y AGS,RGS,lEG,147607,512 (Diego del Águila, al frente de la guerra con Portugal en 1476); Diego del Águila, "gobernador" de Ciudad Rodrigo desde 1476, y en 1478 capitán mayor, AGS,RGS,lEG,147808,62 y 63 y AHNOB, OSUNA,C.2053,D.5; así seguía en 1478 AMCR. leg. 312 (leg. 29, nº 16 A y B. Vid. Bernal Estévez, Ángel: El concejo de Ciudad Rodrigo y su Tierra, pág. 57-65; Martín Benito, José Ignacio: El alcázar de Ciudad Rodrigo, cit., p. 84; Id.: "los cimientos del poder. los Águila", p. 133, 136; Salazar y Acha, Jaime: Un mirobrigense ilustre del siglo XV, el licenciado Antón Núñez de Ciudad Rodrigo, contador mayor de Enrique IV. Ciudad Rodrigo, CEM, 2004; Monsalvo Antón, José María: "luchas de bandos en Ciudad Rodrigo durante la época Trastámara", Castilla y el mundo feudal. Homenaje al profesor Julio Valdeón, María Isabel del val, Pascual Martínez Sopena dirs. valladolid, 2009, vol. III, pp. 201-214.
49. Maíllo Salgado llevó a cabo en 1980 un estudio usando el método semántico en torno a la fgura del caballero y otros estereotipos sociales en Generaciones y semblanzas. El segundo analizó en 1983 y 1990 obras del siglo XIII -Cantigas y otras obras literarias de la época- en relación con la fgura del caballero y del imaginario social. 50. No puedo detallar aquí una bibliografía sobre análisis del discurso, muy abundante. Pondré, como ejemplo de estos enfoques y metodologías, Carrasco Manchado, Ana Isabel dir.: El historiador frente a las palabras. Lenguaje, poder y política en la sociedad medieval: nuevas herramientas y propuestas. lugo, Axac, 2017.
51. Se dice que los vasallos del obispo habían secuestrado "nuestras heredades" -señalaba el obispo-, "et labran et tienen labradas et plantadas viñas en ellas..."; poco después en lumbrales "robaron la boyada del dicho logar et muchos otros de los ganados nuestros et de los vezinos dende et prendieron a los pastores que los guardavan"; ya durante el asalto al castillo en febrero de 1441 "robaron et tomaron más de dos mill fanegas de pan, trigo e çevada et çenteno, et más de dos mil cántaros de vino blanco e tinto...et lana et lino, et otrosý las arcas con oro et plata e joyas e muchas alfajas et armas e preseas de casa que teníamos et estavan en el dicho castillo et todo el ganado, vacas et bueyes, yeguas et cabras et cabrones, que nos teníamos en el dicho logar, et todo el pan, trigo e çevada et çenteno et lino et lana", DMCiudad Rodrigo, doc. 284.
52. Cf. supra. 53. DMCiudad Rodrigo, doc. 282.
54. Como en 1434: "que luego que derribasen e quitasen la forca" del lugar de Campocerrado. Era una aldea de Ciudad Rodrigo contigua a Tierra de Salamanca, donde el usurpador salmantino Alfonso de Tejeda había puesto una horca de madera para convertir el lugar en señorío, Ibid, doc. 247. De forma semejante se obligó al usurpador Fernán Nieto en 1443 a quitar de nuevo la forca de villavieja y Bañobárez, declarado ilegal fnalmente, AMCR. leg. 301 (leg. 18, ns. 28 y 29).
55. Cf. referencias varias a Diego de Solís en el cuadro de acontecimientos 56. AMCR. leg. 315 (leg. 32, nº 10), fols. 2-6v
57. AMCR. leg. 304 (leg. 21, n 8 F, primera parte); AMCR. leg. 300 (leg. 17, n 14 A). 58. DMCiudad Rodrigo, doc. 284. Se repite en Ibid., doc. 285.
59. Ibid. 60. Ya en 1450 una provisión regia le ordenaba derribar la "casa e torre fuerte" que levantaba en Tejeda; también la documentación la denomina "torre e cortijo" y, según la pesquisa,"avía en ella çinquenta palmos en alto", Pesquisas sobre términos de Salamanca 1433-1453, fol. 73-73v.
61. "Casa fuerte" o "grand torre" fue denominada por algunos testigos, Ibid., fols. 38v, 43v. 62. Referencias en el Anexo con el cuadro de acontecimientos.
63. Según los pleitos de 1414-1416, en la Paramera abulense los hombres de Gil González Dávila persiguieron a gentes de la comarca que estaban pastoreando ganado: "los avían corrido omes del dicho Gil Gonçález"; además, les tomaron las "lanças" -pértigas o garrochas- con las que conducían el ganado, Asocio, doc. 70. Tal como se aprecia en esos pleitos, Diego González del Águila, y antes su padre Nuño González del Águila, usurparon una gran área en la comarca de Narros de Saldueña. Delimitaron una zona donde no dejaron entrar a nadie con su ganado, apropiándoselo -para unirlo a una dehesa suya-: "el dicho Nuño González (...) que levara pieça de omes consygo e que feziera rraya con surcos de bueyes por donde se guardase", Asocio, doc. 74.
64. valga de ejemplo lo que hacían los hombres de Diego de Solís -caballero salmantino usurpador-, a los que iban a quejarse a Cojos, donde tenía su fortaleza: "yendo Alfonso Sánchez (...)que çiertos onbres del dicho Diego de Solís lo corrieron", otro testigo "oyó dezir al dicho Diego de Solís mismo que, sy allá yvan, que los descalabraría" y hubo otro hombre que tuvo que salir huyendo "e que, sy lo alcançara, que por ello lo matara", Pesquisas sobre términos de Salamanca 1433-1453, fols. 38v, 43v, 52-52v, 59, 268-269.
65. Se menciona en concreto en actuaciones de Alfonso de Tejeda, dueño del lugar de Tejeda y usurpador de lugares próximos y de parte de la Sierra Mayor. Durante el amojonamiento de términos en 1433, ante numerosos vecinos y el propio corregidor, se presentó el caballero en persona "armado, ençima de un cavallo e un omne de pie çerca de sý, con una lança e una adarga, e venían con el dicho Alfonso de Texeda diez omnes de armas, armados, ençima de cavallos e lanças en las manos". la estampa es elocuente. El corregidor quiso intervenir: "que cónmo venía ansý, en asonada", preguntó, a lo que el caballero respondió "que venía a defender su tierra, que le avía dexado su padre", Pesquisas sobre términos de Salamanca 1433-1453, fol. 209v-210.
66. Monsalvo Antón, Comunalismo concejil abulense, p. 305, 316-319. las amenazas fueron lo más frecuente, pero el uso físico de la fuerza por los hombres de Pedro Dávila también se dio. A un hombre de Navalvado, collación de Burgohondo, que vivía de cazar, Juan de Cogollos -hombre fuerte de Pedro Dávila- le secuestró la ballesta y el venado que llevaba: "porque era vallestero de monte, le prendara la vallesta con que pasava su vida e se la tuvo prendada todo el verano". Ya los antepasados de Pedro Dávila el Mozo habían obligado a los de la comarca de Navalmoral a venderles sus tierras; al abuelo de un testigo Diego Dávila le amenazó: "porque no quería [vender] le dixo o que avía de recular fasta el aguijón o morder en el cagajón o le caualgaría la muger y le hecharía de aquí"; también impusieron exacciones de tipo señorial -sin ningún derecho para ello-, como ciertas prestaciones de trabajo, cargas de leña para el castillo de El Risco, entrega de parte de las cosechas o del ganado. Según testimonios de 1493 en El Helipar, adegaña -es decir, collación o lugar anejo- de Hoyo de Pinares, un término del que se quería apropiar el caballero, "que les dixeron que tomasen sus asnos e se fuesen presto porque no los ahorcase Pedro de Auila sy los topaua", o que "dos de cavallo e uno de pie con sus lanças e espadas (...) e que le dixeron que no entrase a paçer en el término del Helipar, si no que, sy Pedro de Ávila lo topase, [le espetó] 'te ahorcará'"; mientras que a uno de Cebreros "le ataron las manos atrás con una toca que este testigo lleuaua" y a otros les amenazaron con ballestas y lanzas, diciéndoles que "los colgaría de una enzina" si entraban en El Helipar. A otro vecino de Hoyo, que pastoreaba en Quintanar -otra adegaña de Hoyo de Pinares, que también se quiso apropiar Pedro Dávila- le amenazaron nada menos que treinta hombres de este caballero procedentes de valdemaqueda, que era parte de su señorío de las Navas: "treynta onbres, poco mas o menos, e le tomaron sus cabras ...e se las leuaron a Valdemaqueda e que le llegaron a este testigo dos delanteros con lanças acometiéndole a dar con las lanças", luego le ataron un "cordel al pescuezo (...) menaçándole que sy no andava que le darían de pinchones con las lanças". A otro mozo que estaba allí con el ganado "le dieron dos o tres palos con las lanças... e le dio uno en la cabeça de que le
fzo un buen golpe"; a otro le llevaron una noche a valdemaqueda, donde estuvo preso; a otro habitante de El Herradón esos hombres de Pedro Dávila "le acometían con las lanças", mientras alguno de estos hombres "le ató las manos e le echó una soga a la garganta, e que le descalçaron los çapatos", llevándoselo a la fuerza a valdemaqueda, donde estuvo apresado una noche; y a otro, vecino de Cebreros, que se negó a pagar una prenda que le pidieron los hombres de Pedro Dávila, "le dieron una pedrada e una cuchillada (...) por la cara con un destral de que le salió mucha sangre"; otros de Cebreros fueron apedreados por hombres que Pedro Dávila tenía valdemaqueda. Parece que el alcalde de esta localidad, obedeciendo al señor, "sacó todos los más vezinos que pudo [vasallos de Pedro Dávila en esa localidad aneja a su señorío de las Navas] e fue con ellos al término del Felipar [Helipar, adegaña de Hoyo de Pinares] e a los que fallaron de Tierra de Áuila les dieron de palos e los corrieron..." DAMÁvila, doc. 400. En la pesquisa algunos de valdemaqueda confesaron que el señor les obligó a perseguir a pecheros de la comarca -de Cebreros y El Helipar-, amenazándoles con ahorcarles a ellos si no lo hacían: "por mandado del señor Pedro de Áuila, que los mandó que viniesen a lançear, e que porque no fzieron más los quiso enhorcar", DAMÁvila, doc. 403.
67. En su intento de hacerse con el control de Bóveda de Río Almar, aldea de Ávila, según la orden de 1497 que le obligaba a derribar la fortaleza ilegal que construía allí, el caballero Gil González Dávila "e sus yjos e criados" no dejaban de amedrentar a la población del lugar: "los han amenaçados e fecho muchos agravios e sinrazones (...) e queriendo tomar mugeres e acochillando e aporreando los vezinos del dicho logar e a sus mugeres e yjos e criados", RGS Ávila, vol. XIII, doc. 48. 68. Se dice en 1495 que sus hombres agredían a la población de Riofrío, aldea de Ávila, donde tenía él dos dehesas. Estos hombres "hazen otros muchos vituperios a los vezinos del dicho lugar: a unos dar de palos e abofetear las mugeres casadas, e otras muy muchas synrazones et agravios tan feos, en lo qual diz que el dicho conçejo et vezinos dél han rresçibido mucho agravio e daño", DAMÁvila, doc. 424
69. los testimonios de despoblación forzada de las aldehuelas próximas a Tejeda en Pesquisa sobre términos de Salamanca, fol. 42v, 52v y 55v. Y el intento del regidor Enrique Enríquez de vaciar las aldeas próximas a Garcivelasco-villalba para engrandecer este lugar en Ibid., p. 38-38v, 49 y 62v. Diego de Solís quiso "despobrar tres o quatro aldeas que parten término con el dicho Coxos, e fazer ende un gran pueblo". Mientras que Rodrigo Godínez quiso despoblar Altejos para anexionarlo a su pequeño señorío de Tamames. Cuando la justicia acudió en diciembre de 1453 a proclamar la jurisdicción salmantina del lugar, este estaba vacío, por lo que el corregidor "mandó llamar a conçejo" a campana repicada. Sólo acudieron mujeres, "e todas las dichas mugeres dixieron que todos los omes vezinos del dicho logar eran ydos e absentados dél por mandado de Rodrigo Godínez...". Referencias a estos casos en el Anexo.
70. En el pleito de los años 1414-1416 contra Alfonso González Dávila un testigo contó que a su padre hombres de este caballero y regidor lo retuvieron "et le tuvieron una noche preso et enaspado", es decir, amarrado a un madero en forma de aspa, como se hacía para maltratar a prisioneros, Asocio, doc. 71
71. Hombres de este mismo caballero en ese lugar de Navarredonda fueron "por las casas del dicho lugar por fuerça" y las saquearon, los mismos que en la Sierra Mayor asaltaban a pastores: "que salieron a ellos Alfonso de Enzinas e Juan Montejo, escuderos de Fernando de Texeda, e que ge los tomaran e llevaran por fuerça", Pesquisas sobre términos de Salamanca 1433-1453, fols. 228-229v. 72. "El dicho corregidor les preguntó [a los habitantes de los Arévalos] que por qué estavan ençerrados en la dicha iglesia por la dicha manera. E los dichos omes e mugeres dixeron que por miedo", pensando que Fernando de Tejeda iba "tomar sus faziendas e açotarlos e fazer otros males". Estas acciones iban acompañadas de amenazas "e que dezían que, sy aý fallaran a este testigo, que lo mataran". Cf. referencias en Anexo.
73. valgan como ejemplo las amenazas, que alternó con ataques físicos auténticos, de Pedro Dávila y sus hombres, Cf. testimonios de la nota 66. 74. Bernardino de Barrientos, hijo de Pedro de Barrientos, usurpador de Zapardiel, en 1490 amenazaba al alcalde de esta aldea con ahorcarle si le reclamaba que cumpliese con la ley, Asocio, doc. 183. Bernardino era señor del pequeño Serranos de la Torre y también amenazaba a los habitantes de la villa vecina de Bonilla de la Sierra, según testimonios de 1495. Se decía que "sus onbres e criados han fecho e fazen muchas fuerças e violençias a los vezinos de la villa de Bonilla". En una ocasión, un testigo contó cómo fueron contra él "criados del dicho Bernaldino de Barrientos, armados de diversas armas ofensivas e defensivas... le dieron de palos, tantos que le fzieron caer en tierra e le quebraron un braço, e diz que le hendieron la cabeça por medio, de que diz que o es muerto o está para morir", Documentación medieval de Archivos municipales... AM. Bonilla, doc. 24.
75. "Con hodio et malcreençia [malquerencia] que contra ellos tienen algunos regidores e caualleros e escuderos e otras personas de la dicha çibdad de Salamanca por çiertos pleitos que contra ellos en el mi Consejo tratan (...), que se temen de reçelan que ynjusta e non devidamente los sobredichos o qualquier dellos o sus omes o criados o tras personas (...) querrán ferir o matar o ligar e prendar eprender e tomar e enbargar sus vienes e fazer otros qualesquier daños e desaguisados a ellos e a cada uno dellos o a sus mugeres e fjos e criados e sus procuradores que en sus nombres negoçian los dichos pleitos", AGS,RGS,lEG,148308,140. los pleitos con la Tierra continuaban aún en 1492, AMS, R/ 2.215 76. las actuaciones de los caballeros salmantinos hacia 1453 o las acciones de hombres de Pedro Dávila o de Francisco Dávila, antes descritas, incluían ese ingrediente de abusos y vejaciones. Vid. supra.
77. Asocio, docs. 70, 75, entre otros. 78. las prendas consistían en ganado o, con menos frecuencia, útiles personales. las tomaban los hombres de los poderosos en sus acciones de apropiación ilegal de comunales. En los pleitos de términos abulenses de 1414-1416, la toma de prendas es mencionada por 87 de los 136 testigos, un 64%. Y, unida a coacciones o asociada a un ejercicio usurario de préstamos a campesinos por parte de Pedro Dávila, en 22 de los 32 testimonios de los pleitos de 1489-1493, un 68% de esos procesos. Monsalvo Antón, Comunalismo concejil abulense, pp. 304-306.
79. la documentación judicial permite conocer la percepción que tenían las víctimas de las coacciones caballerescas, con consciencia de injusticia e ilegalidad. En los pleitos de 1414-1415 de Ávila se habla del miedo de muchos campesinos que, pese a verse afectados por ocupaciones y desalojos de espacios comunales, "que con miedo non ge lo osaran contradezir persona alguna", o que "por quanto era poderoso, que non osaran rreclamar los labradores", según decían -valga este ejemplo-, las víctimas de las usurpaciones que llevaron los Águila, caballeros abulenses, en las comarcas de Narros de Saldueña, Gallegos de Solmirón y villaviciosa-Solosancho, Asocio, doc. 74. Esta actitud de miedo era una situación habitual en la época, aunque en determinados momentos sí se atrevían a denunciar. véanse, sobre actitudes de los pecheros, Monsalvo Antón, José María: "Ideario sociopolítico y valores estamentales de los pecheros abulenses y salmantinos (ss. XIII-Xv)", Hispania, 238 (2011), pp. 325-362; Id., Comunalismo concejil abulense, pp. 359-421.
80. Por ejemplo, en los pleitos de términos abulenses de 1414-1416, de los 136 testimonios recogidos en pesquisa, en 41 -cerca de un 30%- aparecen expresiones de ese tipo, Asocio, docs. 70, 71, 74, 75, 77 y 92. Y, para el caso de los pleitos contra Pedro Dávila entre 1489-1493, 14 de los 32 testigos incluían una valoración de la justicia -un 43%-, en principio negativa, si bien en algunos casos esa opinión la aplicaban al pasado -más o menos, reinado de Enrique Iv- pero mostraban, en cambio, una actitud más confada en la acción de los corregidores y jueces de términos ya en su época, la del reinado de Isabel. Estos testimonios en DMÁvila, docs. 356, 400, 402, 403; y Asocio, docs. 158, 166. El análisis de los datos en Monsalvo Antón, Comunalismo concejil abulense, pp. 300-319; asimismo, Miceli, Paola: "Por fuerza y sin razón. El vocabulario técnico de la apropiación a partir de los confictos abulenses (siglo Xv)", Actas y comunicaciones del Instituto de Historia Antigua y Medieval (Buenos AiresI, 9-1 (2013), 1-10.
81. Es una noción clave entre los valores de los pecheros, Monsalvo Antón, "Ideario sociopolítico y valores esta-mentales", p. 337-339. Retomó el tema Somoza, Tamara: "los pecheros y la noción de agravio en los confictos por usurpaciones de tierras (Ávila, siglo Xv), en vv.AA., Hispania-Espanna-Españas. Diálogos y dinámicas históricas en el mundo hispánico, Buenos Aires, 2020, pp. 194-209 (libro digital); 82. las Ordenanzas Generales de 1487 de Ávila y su Tierra fueron impugnadas por los representantes de los pecheros de la Tierra, en concreto del sexmo de Santiago, por haber establecido reglas de pastoreo "en gran agravio e perjuyzio de
los omes vezinos los pecheros de la Tierra e seysmos desa dicha çibdad, espeçialmente contra los labradores e omes buenos pecheros...", según decía un documento de 1490, RGS-Ávila-vI, doc. 34. 83. En la pesquisa de 1453 algunos testigos se quejaban de los abusos de Fernando de Tejeda sobre la población de Navarredonda de la Rinconada, ya que estaban "syn justiçia de Salamanca", Pesquisas sobre términos de Salamanca 1433-1453, fol. 228v. Otros labradores de ese lugar decían que se habían quejado al concejo salmantino, pero el "dicho conçejo non les provee por rrazón de los muchos parientes que tiene en el dicho conçejo, que lo favorecen", Ibid. fol. 55v. Baste también mencionar lo que opinaba un vecino agraviado de Fuentesaúco respecto a lo que iba a pasar después de que el regidor salmantino Rodrigo Arias Maldonado le hubiera tomado "por fuerza de armas" 18 vacas en 1480: "diz que vos soys regidor de la dicha çibdad de Salamanca e muy rico e enparentado en ella; tanto e por tal manera que de vos allá non podría aver nin alcançar conplimiento de justiçia ni las justiçias desa dicha çibdad ge la farían nin podrían fazer de vos aunque quesyesen", AGS, RGS,lEG,148010,232.
84. Entre otras referencias, Monsalvo Antón, Comunalismo concejil abulense, pp. 144-145, 161-164. 85. Así, en 1477 los reyes nombraban un juez especial para ir a Ávila después de que el regidor Gonzalo Dávila -líder del bando de San vicente de Ávila- hubiera protagonizado algunos enfrentamientos: "que luego vayades a la dicha çibdad de Ávila e fagáys derramar [disolver] qualesquier gentes de armas que allí falláredes asonadas e ayuntadas, e les mandedes que se partan de la dicha çibdad e se vayan para sus casas" y que "luego otorguen las dichas treguas en la forma e manera e so las penas...", DAMÁvila, doc. 228. 86. Ajustamiento de Paz, cit..
87. Salamanca en la documentación de la Casa de Alba, doc. 88.
88. Por ejemplo, tras los ataques a Cristóbal Nieto y Pedro de Peroluengo de 1484 (AGS,RGS,lEG,148503,103) los reyes habían prohibido portar armas, según carta del año siguiente: "que ningund cauallero nin escudero nin otras personas desta dicha çibdad de qualquier calidad que fuesen non fuesen osados de se armar en los ruydos que en ella acaesçiesen" AGS,RGS,lEG,148509,240.
89. En la Crónica de Álvaro de Luna, refriéndose a c. 1450 se decía: "grand trabajo e muertes de honbres, e otros assaz graves e grandes males, que por cabsa de los vandos nuevamente en Salamanca avían recresçido; de guissa que la çibdad estava en vigilia de se destruyr e perder sin reparo alguno", Crónica de don Álvaro de Luna, p. 253. En el conficto protagonizado en Ávila hacia 1477 se dice que el regidor Gonzalo Dávila, señor de villatoro, tenía enfrentamientos -él y sus parientes y amigos- con la otra parte, como consecuencia de lo cual, se decía, "ha avido debates, ruydos, muertes, feridas, escándalos e males dentro de la dicha çibdad", DAMÁvila, doc. 228. En febrero de 1475, por ejemplo, en Salamanca, se mencionaba que hubo enfrentamientos y muertos: "han avido e ay peleas e ruidos e otros debates e questiones de que se han seguido entre ellos muertes de omes e otros inconvenientes, AGS,RGS,lEG,147502,148. En 1484 se decía que, pese a las prohibiciones, en Salamanca se habían formado bandos, que daban lugar a ruidos y muertes: "con grandes juramentos, fuerças e frmeças de se fauoresçer e ayudar los unos a los otros e los otros a los otros en las cosas del consystorio de la dicha çibdad e en otras de sus diferençias e parçialidades por cabsa de lo qual han nasçido e naçen en la dicha çibdad nuevamente enemistades e questiones e diferençias e vandos e están para se seguir sobre ello escándalos e ruydos e muertes de onbres", AGS,RGS,lEG,148404,11.
90. AGS,RGS,lEG,147806,132. Aunque el episodio no pasó de una herida, el querellante apelaba a la gravedad de lo ocurrido: por una parte, porque los bandos estaban en tregua y, por otra, porque los atacantes no respetaron las reglas del desafío, propio de gente noble. Por eso, el agredido había presentado la acusación y querella "sobre crimen de aleue e quebrantamento de tregua". la gravedad también derivaba de la condición de los atacantes: "por ser fecha por fuerça e con armas e por ser, como diz que soys, vosotros muy enparentados en la dicha çibdad", decía más adelante la carta. Alonso Maldonado había pedido a los reyes que se les reconociese como "enemigos" suyos y de sus parientes -parientes hasta el cuarto grado-, y que a él "le diésemos liçençia e facultad para que vos podiesen matar e matasen do quiera que vos podiesen aver, syn pena alguna". Se añadía "que por quanto vosotros soys poderosos e enparentados en la dicha çibdad e el conçejo para vos leer e notifcar la dicha carta", el agredido había pedido a los reyes "poner la dicha carta de enplazamiento en algund logar cercano donde podiesen venir a nuestras noticias", por lo que el rey ordenaba que se pusiese la carta "en una de las puertas de la dicha iglesia de Sant Martín de la dicha plaçuela de la dicha çibdad de Salamanca" durante un mes, para que todos pudieran verla, Ibid. 91. Por ejemplo, en el enfrentamiento entre Cristóbal Nieto y Pedro de Peroluengo, por una parte, y los hermanos Martín y García Díaz, por otra -no se sabe la raíz del problema-. en agosto de 1484, estando los primeros tranquilamente en una calle de Salamanca, estos fueron "con ánimo e yntençión de los matar e les dixeron muchas palabras feas e injuriosas e echaron mano a las espadas y les dieron muchos golpes en sus cuerpos", cortándole la mano izquierda a Cristóbal Nieto, mientras que un hermano de Pedro sufrió en la cabeza una herida por la que murió unos días más tarde. AGS,RGS,lEG,148503,103. Después hubo un ruido donde participaron muchos caballeros y allegados en apoyo de Martín Díaz, AGS,RGS,lEG,148509,240
92. AGS, CCA,DIv,9,63 93. AGS,RGS,lEG,147502,148
94. Ajustamiento de Paz, cit.
95. "Los cavalleros e escuderos e otras personas del linaje e vando de Santo Tomé e Sant Benito de la çibdad de Salamanca, que están en una conformidad e parentela...son acordados en esta manera...", Salamanca en la documentación de la Casa de Alba, doc. 88
96. Decía una carta regia de 1495 "que entre algunos caualleros e otras personas, vezinos de la çibdad de Salamanca están fechas algunas ligas e confederaciones unos contra otros e otros contra otros, asý por palabra como por escripto, de lo qual diz que se sigue e de cada día se esperan seguir muchos ruydos e escándalos e muertes de onbres", AGS,RGS,lEG,149510,6 97. Como relataba un documento de abril de 1484 sobre Salamanca, AGS,RGS,lEG,148404,11 98. Así se decía en alguna ocasión para referirse a disputas que no eran de bando sino particulares, lópez Benito, Bandos nobiliarios, p. 73; Monsalvo Antón, José María, "Torres, tierras y linajes. Mentalidad social de los caballeros urbanos y de la élite dirigente en la Salamanca medieval (siglos XIII-Xv)", en Id. ed., Sociedades urbanas y culturas políticas en la Baja Edad Media castellana. Salamanca, Universidad, 2013, p. 204-205.
99. DAMÁvila, doc. 192. 100. Salamanca en la documentación de la Casa de Alba, doc. 88.
101. DAMÁvila, doc. 228. 102. "Y qualesquier cavalleros y escuderos y personas de la dicha çibdad, nuestros contrarios o parientes", "todos avemos
de ser buenos parientes e verdaderos amigos", "nin ayuden nin fauorescan a persona de las que en tal ruydo o questión, non enbargante que qualquier dellos sea su pariente o primo o tío o hermano o en otro qualquier grado, e avn fjo si fziere su biuienda apartadamente", "enpero los parientes que cada vando o linaje touiere fuera de la çibdad, se queden con cada vn linaje y vando como de antes estauan", "si algunos parientes asi de vna parte como de otra quisieren estar neutrales non ayudando a ninguna de las partes", etc. Ajustamiento de Paz, passim. véanse también referencias de la nota 106, cf. infra.
103. AGS, RGS,lEG,148503,103; AGS, RGS,lEG,148509,240. 104. AGS RGS,lEG,149103,461; Ibid., RGS,lEG,149303,120. 105. Incluso el Estudio salmantino se vio salpicado por estos enfrentamientos. En efecto, en una referencia nada menos que en las Cortes de Castilla de 1462 se aludía a cómo se involucraban los miembros del Estudio: "por se fazer parçiales con los vandos de la dicha çibdad (...)de cada día se rrecreçen muchos e diuersos rruydos e contyendas, esforçándose en los dichos fauores e parçialidades que asý tienen en los dichos vandos e con los caualleros dellos", solicitando al rey -aceptado por este- "que ninguno de los dichos doctores e catredátycos e estudiantes e personas que asý resyden en el dicho Estudio sean de vando ni se alleguen a ninguno de los caualleros de la dicha çibdad", Cortes de Castilla, p. 708
106. En documentos datados entre 1470 y 1475, período muy intenso de injerencia del conde y duque de Alba en Salamanca (Salamanca en la documentación de la Casa de Alba, docs. 53, 56, 57, 72, 73, 75), la voz "pariente" aparece profusamente, con cerca de una veintena de menciones de la palabra en la media docena de cartas comprendidas en ese intervalo: "fablaron con vuestra señoría, de nuestra parte [caballeros del bando de Santo Tomé], Pedro de Miranda, e Alfonso Aries de Corvelle, e lohán de Almaraz e Diego Ordóñez, nuestros parientes..." (5-1-1470); "liçençiado de Villalón... Alfonso de Miranda. ...fue acordado por todos nosotros que, pues anbos heran nuestros prinçipales parientes", "anbos estoviesen a ordenança de parientes" , "quererlo quitar [un regimiento que correspondía al bando de Santo Tomé, pero maniobró el conde, que quiso dárselo a Rodrigo Maldonado de Talavera] a dos prinçipales parientes nuestros e lo fazer menos a nuestro linaje e bando para lo dar e acreçentar al bando contrario" (28-9-c.1471 o 1472); "Juan Pereyra, e Pero Nieto, e Rodrigo Nieto e sus parientes... e esto mesmo se faga sy por parte de Gómez de Anaya, e Alfonso Enrríquez, e Alfonso Maldonado, e Yñigo de Anaya, e Ferrnando Nieto, e sus parientes e sus onbres ...e, sy por ventura algunos o algunos de cada una de las dichas partes e vandos, aquí declarados, fueren tomados o ocupados algunos byenes o cosas, que sean rrequeridos o rrequerido los tales, o el tal o sus parientes", "los daños fechos en las dichas casas, o en alguna o algunas de las casas de la otra parte, quel señor corregidor e dos cavalleros, uno de cada parte de sus parientes, fagan pesquisa entre los unos e los otros" (29-12-1473), "que los dichos cavalleros, e escuderos e personas del dicho vando de Santo Tomé ... con tanto
que non sea contra persona alguna de los del dicho linage e vando nin contra sus señores, o parientes o de su parentería" (20-5-1475), entre otros ejemplos. 107. Crónica anónima de Enrique IV de Castilla, 1454-1474 (Crónica castellana), I parte, p. 156. O "en aquella ciudad, que de tiempos estava en grandes contiendas y bandos, y entonzes estava partida en dos parcialidades, la una siguía al conde de Plasencia y la otra al conde de Alva, donde de cada día avía grandes debates y peleas por la poca justicia", según otra versión de la crónica, Torres Fontes ed., Crónica de Enrique IV, cap. 62, p. 232. Semejante era el texto de Palencia, Alonso de, Crónica de Enrique IV, I, p. 445. 108. AGS,CCA,DIv,9,63
109. Era un principio muy arraigado tanto en las ciudades como en la monarquía en la Baja Edad Media. Vid. lópez Gómez, óscar: "la paz en las ciudades de Castilla (siglos XIv y Xv)", Edad Media. Revista de Historia, 11, 2010, pp. 123-149. Este autor ha desarrollado después en otros interesantes trabajos esta idea de la paz. 110. Ajustamiento de Paz, cit.; Salamanca en la documentación de la Casa de Alba, doc. 88 111. Se establecía en concreto que se debía respetar este seguro -llegaba hasta San Miguel el plazo- tanto en la ciudad como en las aldeas. Serían entregados a la justicia quienes incumplieran el seguro y repercutiría en todo el linaje tal infracción: "...o non quisiere entregar al tal quebrantador del dicho seguro, que todos los de ambos linajes unánimes serán contra él a ge lo fazer entregar a la justiçia". Se hacían responsables los cabezas de los bandos: "sy acaesçiese algund ruydo en la dicha çibdad o sus arrauales, lo que Dios no quiera, que los señores Pedro de Ávila el Moço et Gonçalo de Áuila, fjo del doctor Pedro Gonçalez de Ávila, sy aquí estovieren en la dicha çibdad, ambos a dos luego el primero que lo sopiere cavalgará
o irá a pie, como más presto podiere, a llamar al otro e non se armará e luego yrán a despartyr el tal ruydo e mandarán en sus casas que todos los que a ellas vinieren non salga ninguno dellas ni vaya al tal ruydo saluo que espere fasta aquellos vengan e les manden lo que fagan". Si por alguna razón los líderes de los bandos no estuvieran en la ciudad "al tiempo que acaesçiere el tal ruido, que todos los parientes que aquí estouieren de ambos linajes, los que más presto se fallaren, tengan este mesmo cargo susodicho e todos sean en lo despartyr". Es verdad que se establecía también que ni ellos ni alguno de sus parientes contratarían "rufán nin rufanes algunos que tengan putas en la dicha çibdad nin en sus arrauales", lo que apunta a responsabilidades en otra dirección, pero ello no impide ver la rivalidad entre los linajes, AGS,CCA,DIv,9,63. 112. Salamanca en la documentación de la Casa de Alba, doc. 88; Ajustamiento de Paz, cit.
113. Ajustamiento de paz, cit. Interpretamos, pues, la Concordia como dispositivo alternativo y disolvente de la solidaridad de linaje y bando-linaje. Esto no quiere decir que desaparecieran o quedaran cancelados estos últimos. Se explica en Monsalvo Antón, "En torno a la cultura contractual", p. 200-201 e Id., "Torres, tierras y linajes", p. 205-207. 114. la tregua entre los bandos que se frmó el 13 de enero de 1477, tras el poco éxito de la Concordia del año anterior, incluía en esa misma voluntad de llevar a la ciudad paz e sosiego el ideal de una única parentela formada por ambos bandos: "Los cavalleros, e escuderos e otras personas del linaje e vando de Santo Tomé e Sant Benito de la çibdad de Salamanca, que están en una conformidad e parentela,...", es decir, unos y otros, cada uno con su bando-linaje detrás, frmaban la tregua, Salamanca en la documentación de la Casa de Alba, doc. 88.
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