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Ello, por una parte, como pone de relieve la autora del trabajo, dificulta su control democrático por parte de las instituciones europeas y, por otra, supone un riesgo en relación con el respeto de derechos humanos universales y contribuye a devaluar los estándares de trato de personas que, de otro modo, habrían llegado a territorio europeo y se habrían beneficiado de regímenes de protección de aplicación territorial como el Sistema Europeo Común de Asilo. Resulta especialmente interesante que el trabajo se concentre en las relaciones con Libia, por la evolución social, política y jurídica de este país a partir de 2015; por su especial posición geográfica como país de origen y tránsito de inmigrantes; y porque los riesgos de violación de los derechos humanos y la posible responsabilidad internacional de la UE y sus estados miembros son diversos y requieren recorrer distintas ramas jurídicas aplicables. Los objetivos principales de la investigación son (1) identificar las principales estrategias y prácticas de la colaboración y cooperación de la UE y sus Estados con Libia; (2) aplicar respecto de ellas un marco de análisis que distingue entre desterritorialización, extraterritorialización y externalización de actividades y funciones estatales relativas al control de fronteras y la gestión migratoria; y (3) determinar las posibles violaciones de los derechos humanos que ya se han producido o que son susceptibles de producirse teniendo en cuenta el régimen jurídico internacional y europeo de la protección de los derechos humanos, en particular, (a) el régimen internacional que parte del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y de la Convención contra la tortura, y (b) el sistema europeo a partir del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Uno de los conceptos clave que se maneja es el de «desterritorialización» que se aplica a control fronterizo, a la gestión migratoria, y a la gestión del asilo; y que se distingue de los conceptos de «externalización» (cuando existe cooperación de terceros estados) y de «extraterritorialización» (cuando son los agentes públicos de un estado los que se desplazan) [páginas 74 y siguientes y 119]. La primera parte, con tres capítulos, plantea el marco general de análisis a partir del cual se va a desarrollar la segunda parte, en que se analiza el caso concreto de las relaciones entre la Unión Europea y algunos de sus estados, por una parte, y Libia, por otra, en relación con las funciones de control de fronteras y de gestión migratoria. El primer capítulo se dedica a explicar la respuesta de la UE y los desarrollos normativos generales en política de control de fronteras, migración y asilo de la UE tras la llamada crisis de refugiados hasta 2022. El segundo capítulo opera como preludio del tercero, porque en él se expone la progresiva externalización de las medidas de control de fronteras y relativas a migraciones y asilo en la sociedad internacional, partiendo de conceptos propios del Derecho internacional como jurisdicción, competencia territorial y personal, funciones de las fronteras, ficciones extraterritoriales, y desterritorialización de funciones estatales a través de medidas de carácter autónomo y de medidas que precisan cooperación con otros estados. En el capítulo tercero se parte de unas explicaciones sumarias acerca de los principales componentes de las políticas europeas de control de fronteras, de gestión del asilo y las migraciones, y de su dimensión exterior, y se propone en las páginas 99 a 116 un marco de análisis conceptual detallado a partir del cual enla segunda parte del trabajo se van a analizar las estrategias y prácticas de la UE los estados miembros en la dimensión exterior de las políticas de control de fronteras y de gestión migratoria en relación con Libia. El capítulo cuarto es instrumental porque en él se estudia el marco político, social y jurídico en Libia y su evolución desde la primera década del siglo XXI. El capítulo quinto es uno de los capítulos más relevantes del estudio porque en él se desarrolla con detalle, a partir de materiales de difícil acceso y con interesantes pautas de análisis (A) las medidas de cooperación y colaboración entre la UE y sus estados miembros y Libia a partir de la «crisis» de refugiados de 2015; y (B) el «control desterritorial de la inmigración y el asilo en la cooperación europea con Libia» en el período 2016-2022. El capítulo sexto es un capítulo de preludio del siguiente en el que se examinan los estándares de aplicación extraterritorial de los principales instrumentos de protección de los derechos humanos aplicables a la gestión de fronteras entre Libia y los estados de la UE, y el régimen de la responsabilidad internacional del estado y de las organizaciones internacionales por actuaciones extraterritoriales. Se trata de un capítulo detallado y muy bien estructurado que permite al lector ir desgranando cada punto, posicionándose su autora caso por caso en relación con un hipotético futuro examen por parte de una institución de garantía, teniendo en cuenta
CALVO MARISCAL, Lorena Inmigración, Externalizacion de Fronteras Europea у Derechos Humanos en Libia Reus, Madrid, 2023, pp. 1-310
La obra Inmigración, Externalización de Fronteras Europea y Derechos Humanos en Libia es el resultado de la investigación realizada por parte de la profesora Lorena Calvo Mariscal para la redacción de su tesis doctoral defendida en la Universidad de Cádiz el 1 de marzo del 2023. La investigación recibió el XVII Premio Andaluz de Investigación sobre Integración Europea.
El tema tratado es de gran actualidad y relevancia. Se desarrolla un aspecto de la dimensión exterior de las políticas europeas relativas a las migraciones internacionales, el asilo y los controles fronterizos a partir de las relaciones que se establecen entre la Unión Europea (UE), sus Estados miembros, y algunos terceros países para que estos colaboren y participen en estas políticas. El desarrollo de esta dimensión exterior contribuye a configurar una corona de estados limítrofes o situados geográficamente en lugares estratégicos en relación con las rutas migratorias que tienen su destino en la Unión Europea, a menudo, a través de acuerdos informales y normas atípicas. Ello, por una parte, como pone de relieve la autora del trabajo, dificulta su control democrático por parte de las instituciones europeas y, por otra, supone un riesgo en relación con el respeto de derechos humanos universales y contribuye a devaluar los estándares de trato de personas que, de otro modo, habrían llegado a territorio europeo y se habrían beneficiado de regímenes de protección de aplicación territorial como el Sistema Europeo Común de Asilo. Resulta especialmente interesante que el trabajo se concentre en las relaciones con Libia, por la evolución social, política y jurídica de este país a partir de 2015; por su especial posición geográfica como país de origen y tránsito de inmigrantes; y porque los riesgos de violación de los derechos humanos y la posible responsabilidad internacional de la UE y sus estados miembros son diversos y requieren recorrer distintas ramas jurídicas aplicables. El trabajo de investigación resuelve con éxito todos los retos que plantea estudiar un caso concreto en el que se producen situaciones de desterritorialización de funciones estales de los estados europeos como resultado de las relaciones internacionales que desarrolla la UE con terceros países a través de mecanismos informales e instrumentos discretos. La autora consigue como resultado una monografía bien planteada, cuyos resultados y conclusiones son interesantes, que no rehúye el trato de cuestiones complejas y un posicionamiento claro y razonado frente a situaciones de fragilización de derechos de las que son responsables la Unión Europea y sus estados miembros.
Los objetivos principales de la investigación son (1) identificar las principales estrategias y prácticas de la colaboración y cooperación de la UE y sus Estados con Libia; (2) aplicar respecto de ellas un marco de análisis que distingue entre desterritorialización, extraterritorialización y externalización de actividades y funciones estatales relativas al control de fronteras y la gestión migratoria; y (3) determinar las posibles violaciones de los derechos humanos que ya se han producido o que son susceptibles de producirse teniendo en cuenta el régimen jurídico internacional y europeo de la protección de los derechos humanos, en particular, (a) el régimen internacional que parte del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y de la Convención contra la tortura, y (b) el sistema europeo a partir del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Para analizar este último aspecto se examinan diversas prácticas respecto del régimen de responsabilidad internacional y del régimen de responsabilidad extracontractual en el marco del Derecho de la Unión. Uno de los conceptos clave que se maneja es el de «desterritorialización» que se aplica a control fronterizo, a la gestión migratoria, y a la gestión del asilo; y que se distingue de los conceptos de «externalización» (cuando existe cooperación de terceros estados) y de «extraterritorialización» (cuando son los agentes públicos de un estado los que se desplazan) [páginas 74 y siguientes y 119].
Tras una Nota previa y una Introducción, el trabajo se estructura en dos partes y termina con un capítulo de Conclusiones. La primera parte, con tres capítulos, plantea el marco general de análisis a partir del cual se va a desarrollar la segunda parte, en que se analiza el caso concreto de las relaciones entre la Unión Europea y algunos de sus estados, por una parte, y Libia, por otra, en relación con las funciones de control de fronteras y de gestión migratoria. El primer capítulo se dedica a explicar la respuesta de la UE y los desarrollos normativos generales en política de control de fronteras, migración y asilo de la UE tras la llamada crisis de refugiados hasta 2022. El segundo capítulo opera como preludio del tercero, porque en él se expone la progresiva externalización de las medidas de control de fronteras y relativas a migraciones y asilo en la sociedad internacional, partiendo de conceptos propios del Derecho internacional como jurisdicción, competencia territorial y personal, funciones de las fronteras, ficciones extraterritoriales, y desterritorialización de funciones estatales a través de medidas de carácter autónomo y de medidas que precisan cooperación con otros estados. En el capítulo tercero se parte de unas explicaciones sumarias acerca de los principales componentes de las políticas europeas de control de fronteras, de gestión del asilo y las migraciones, y de su dimensión exterior, y se propone en las páginas 99 a 116 un marco de análisis conceptual detallado a partir del cual enla segunda parte del trabajo se van a analizar las estrategias y prácticas de la UE los estados miembros en la dimensión exterior de las políticas de control de fronteras y de gestión migratoria en relación con Libia. En esta primera parte se aprecia una cierta dificultad para distinguir situaciones de migraciones mixtas de aquéllas en que claramente el fenómeno migratorio es de tipo forzoso, y en las que el régimen de la protección internacional suele ser relegado y confundido con las políticas fronterizas y de gestión migratoria general. Esta dificultad no es atribuible a esta investigación, puesto que la realidad y las políticas europeas favorecen esta confusión.
La segunda parte de la monografia lleva por titulo «Derechos humanos en Libia y la responsabilidad de la Unién Europea у sus estados miembros» у consta de cuatro capítulos. El capítulo cuarto es instrumental porque en él se estudia el marco político, social y jurídico en Libia y su evolución desde la primera década del siglo XXI. Describe los datos históricos como la autorización para el uso de la fuerza del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la evolución del país a partir de este momento, y se concentra en una explicación detallada del marco jurídico libio sobre migraciones y refugio. El capítulo quinto es uno de los capítulos más relevantes del estudio porque en él se desarrolla con detalle, a partir de materiales de difícil acceso y con interesantes pautas de análisis (A) las medidas de cooperación y colaboración entre la UE y sus estados miembros y Libia a partir de la «crisis» de refugiados de 2015; y (B) el «control desterritorial de la inmigración y el asilo en la cooperación europea con Libia» en el período 2016-2022. Resulta especialmente interesante la explicación de la historia de las relaciones entre Libia y la UE y sus estados miembros, especialmente desde 2015, así como sus lagunas, en parte propiciadas por el uso creciente de actos atípicos e instrumentos jurídicos informales. Las fuentes documentales en este capítulo son especialmente amplias y diversas y se ponen al servicio de explicaciones lo más completas posibles de cuestiones tratadas con discreción e informalidad entre la UE y algunos de sus estados miembros (Italia y Malta) y Libia. Resulta un mérito destacable de este capítulo el riguroso análisis jurídico desde el marco de análisis desarrollado en la primera parte (desterritorialidad; externalización; extraterritorialización) de cuestiones como la formación de guardacostas libios por parte de agentes europeos; la creación de la zona SAR libia; la financiación de políticas aplicadas en Libia; y las propuestas de creación de plataformas de desembarco de personas rescatadas o interceptadas en el norte de África.
El capítulo sexto es un capítulo de preludio del siguiente en el que se examinan los estándares de aplicación extraterritorial de los principales instrumentos de protección de los derechos humanos aplicables a la gestión de fronteras entre Libia y los estados de la UE, y el régimen de la responsabilidad internacional del estado y de las organizaciones internacionales por actuaciones extraterritoriales. El capítulo séptimo y último es (junto con el quinto) uno de los más interesantes, novedosos e indispensables para apreciar las obligaciones de derechos humanos aplicables fuera del territorio y la responsabilidad internacional de la UE y de sus estados miembros por sus actividades de cooperación con Libia. Se trata de un capítulo detallado y muy bien estructurado que permite al lector ir desgranando cada punto, posicionándose su autora caso por caso en relación con un hipotético futuro examen por parte de una institución de garantía, teniendo en cuenta precedentes cercanos. El examen es riguroso y se fundamenta en diversos tipos de fuentes, lo que permite al lector posicionarse y tomar partido (aunque no siempre comparta las conclusiones parciales en cada punto expresadas en el trabajo, que resultan siempre razonadas). El capítulo se estructura en tres partes que examinan las obligaciones de derechos humanos y la responsabilidad internacional por: (1) la posible creacién de plataformas o centros de desembarco о internamiento de inmigrantes о solicitantes de asilo en Libia; (2) la aplicación de acuerdos informales de la UE y sus estados miembros en Libia o en zonas próximas, como operaciones marítimas o intercambio de información, formación y equipamiento; y (3) la financiación, formación de agentes públicos y creación de capacidades en Libia. En todos los casos se examinan las distintas modalidades posibles basadas en propuestas formales o informales de los estados o de las instituciones, sus consecuencias en relación con los derechos humanos de los inmigrantes y de los refugiados, y la responsabilidad internacional de la UE y de sus estados miembros. La publicación finaliza con un apartado de Bibliografía citada. Se echa en falta un listado de la documentación usada, en especial, fuentes normativas, puesto que muchas de las fuentes utilizadas son de difícil acceso o localización.
El contenido de la publicación es equilibrado y da cuenta de todos los temas que se propone tratar de forma ordenada y con criterio propio, lo que revela un gran dominio de cuestiones complejas por parte de la autora del trabajo. Los capítulos son relativamente cortos y contenidos, lo que permite concentrarse en aquello más esencial en las partes más tratadas ya por la doctrina (primera parte), y desarrollar de un modo más detallado las partes más novedosas (segunda parte). Además, cada capítulo termina con un apartado recopilatorio que permite recuperar las cuestiones más importantes tratadas y las reflexiones o conclusiones a las que se ha llegado. La bibliografía es abundante y su uso adecuado, citándose los autores de referencia en las materias tratadas. En la primera parte del trabajo, se usa profusamente la literatura jurídica de autores con los que la autora comparte grupos de investigación y proyectos comunes. Ello permite apreciar que la Dra. Lorena Calvo Mariscal es una buena discípula de sus maestros, aunque sabe aprender también de otros profesores de la Universidad de Cádiz y de otras universidades andaluzas. Por todo ello, el trabajo de la profesora Calvo Mariscal contribuye a posicionar este entorno universitario como uno de los más importantes en cuanto a producción científica en relación con las políticas migratorias y de asilo de la Unión Europea.
Sílvia Morgades Gil
Profesora agregada Serra Hunter de Derecho
Internacional Público
Universitat Pompeu Fabra
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