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Es necesario partir de una idea clara: el derecho de daños en el Ecuador durante décadas ha permanecido inmóvil respecto de la evolución continua que el resto de países a nivel mundial ha mantenido. Si bien existen varias aristas dentro del derecho de daños que se podrían abordar para procurar un análisis de posibles actualizaciones doctrinarias y/o jurisprudenciales, esta investigación se centra en analizar a la base del derecho civil, es decir, a la voluntad y autonomía de las partes, al momento de estipular contractualmente la forma y el monto de resarcirse cláusulas penales acumuladas a daños y perjuicios. Las modificaciones que ha sufrido nuestra norma sustantiva civil durante el último siglo, si bien no han sido trascendentales o aclaradoras dentro del ámbito del análisis propuesto, por el contrario, nos han dejado la puerta abierta para visualizar el problema y las posibles soluciones desde una perspectiva más amplia, la de libertad contractual como pilar del derecho civil, por lo cual se efectuará un análisis doctrinario y jurisprudencial. Repotenciando las ideas primigenias de nuestro Código Civil, tras analizar si existen o no prohibiciones normativas, doctrinarias y/o jurisprudenciales a la definición y cuantificación contractual de daños y perjuicios, la conclusión es que podemos ejecutarlo libremente, como un remedio eficiente para el acreedor.