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Analisis
No es posible que en el ano 2000, una conducta en la que se considero siempre que operaba una excusa absolutoria (no sancionable), como en el caso de la mujer cuyo embarazo fue producto de una violacion, vuelva a aplicarse pena de prision cuando a nivel mundial esta imperando ya el principio de minima intervencion del Derecho Penal.
En los primeros dias del mes de Agosto surgio a nivel nacional una controversia derivada de la aprobacion por el Congreso del Estado libre y soberano de Guanajuato, de tan solo una excusa absolutoria para el aborto provocado por la mujer embarazada, y que es el caso del aborto culposo, dejando fuera de la excusa absolutoria, el aborto provocado con consentimiento de la mujer cuando el embarazo fue producto de una violacion.
Meses antes surgio tambien la discusion sobre el tema, pues en el Estado de Baja California Norte no se permitio a una jovencita, que fue violada, abortar el producto de la concepcion fruto de ese brutal ataque a su libertad sexual.
El vocablo aborto tiene un concepto medico y otro juridico; desde el punto de vista medico-obstetrico, se considera el aborto como la expulsion del producto de la concepcion antes de que sea viable (que tenga posibilidades de vivir), siendo la viabilidad a los 180 dias de haber sido concebido; a la expulsion del producto en los ultimos tres meses de embarazo se le denomina parto prematuro. Ahora bien, existe diferencia entre el concepto medico-obstetrico del aborto y la nocion juridico-penal sobre el mismo, toda vez, que como se senalo renglones antes, desde el punto de vista de la medicina consiste en la expulsion del producto de la concepcion, su viabilidad, estara determinada por la edad intrauterina, mientras que en el Codigo Penal, no se define al aborto por la maniobra abortiva para la expulsion del producto de la concepcion, sino, por la consecuencia de ella, que es la muerte del concebido.
Es por eso que el Codigo Penal Federal en vigor en su articulo 329, establece que: "Aborto es la muerte del producto de la concepcion en cualquier momento de la prenez.". A su vez, el Codigo Penal del Estado de Coahuila tipifica el delito de aborto en su articulo 357 al...