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En diciembre del 2002 se conmemoró el Primer Centenario de la Doctrina Drago. Con una mirada a la evolución que experimentó el mundo en el siglo XX y ante las tendencias internacionales del presente, no he dudado en volver a revisar la sustancia de esta Doctrina erigida en 1902 por el Canciller argentino de ese entonces Luis María Drago.
A inicios del siglo pasado, en 1902, Venezuela, bajo la presidencia de Cipriano Castro, fue objeto de la intervención tripartita realizada por Alemania, Inglaterra e Italia para obligar a esta nación al pago de las deudas contraídas con ciudadanos de los citados países. Para esa época, anterior a la Primera Guerra Mundial, las nuevas tendencias geopolíticas basadas en la fuerza hacia el dominio del mundo y el expansionismo territorial que, en último término llevaron a la primera conflagración mundial, eran las características que predominaban en el comportamiento de las potencias colonialistas europeas. Y la intervención tripartita en Venezuela se inscribió en este abusivo uso del poder para ocupar un territorio americano, pese a la existencia de la Doctrina Monroe (1823) que explicitó entre su principios aquél de la "no intervención en América" ante la amenaza del poder político de las potencias colonialistas en aquella época, en especial de Españacute;a, contra las Repúblicas americanas recientemente independizadas.
Por ello fue que el Canciller Drago, invocó la Doctrina Monroe al poner a consideración del Gobierno norteamericano el anhelo de su país de hacer reconocer la prohibición de recurrir a la fuerza para conseguir el pago de las deudas contractuales de los Estados, como un principio de derecho internacional y por considerar un ataque injusto que, a su criterio, debía ser rechazado en base de los principios de la citada doctrina norteamericana. Sin embargo, el Gobierno de Estados Unidos no compartió este planteamiento al manifestar que la propuesta de Drago podía llevar a garantizar la impunidad del deudor y, por lo tanto, no refutó la acción coercitiva contra Venezuela al concebirla como una intervención lícita y porque el objetivo no era una adquisición territorial en América. Sin embargo, más tarde, exigió el retiro de los barcos de los intervencionistas europeos de las costas venezolanas y se comprometió a obligar a Venezuela a pagar sus deudas. Esta actitud norteamericana no...





