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1. LA REHABILITACIÓN ACÚSTICA
Antes de la entrada en vigor de la parte dedicada al ruido del Código Técnico de la Edificación (CTE) (1), y en concreto de su Documento Básico sobre Habitabilidad Ruido (DB-HR), que aparece en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 23 de octubre 2007 aprobado por la Orden VIV/984/2009 de 15 de abril (2), tenemos en España un panorama regido por la normativa estatal vigente (NBE/CA -81, transformada a NBE/ CA-82 y finalmente modificada a NBE/CA-88) (3), así como las normas autonómicas pertinentes, y finalmente las ordenanzas, edictos y bandos de cada consistorio.
Todo este panorama, pretendía conferir una cualidad acústica de las viviendas, que en aquel entonces todavía se encontraba muy por debajo de lo requerido en otros países, pero que respondía a la praxis usual del proceso constructivo.
Además, cada elemento constructivo se evaluaba con independencia de los restantes componentes (la pared se ensayaba en laboratorio y no en obra, donde se perdían decibelios del aislamiento debido a las rozas, pasos de instalaciones, y por los contactos rígidos con suelos, forjados y restantes paredes).
Si bien en algunas comunidades o ciudades se exigía la medición «in situ», en el resto era suficiente con incorporar la ficha justificativa de características acústicas en el proyecto ejecutivo, para obtener la licencia de obras y/o el certificado de obra nueva.
Obviamente, como el cumplimiento de la NBE/CA-88 no exigía en general más que rellenar unos formularios y justificar unos cálculos, los colegios profesionales se dotaron de programas de cálculo para la ficha justificativa exigida en dicha normativa.
Uno de los autores contribuyó en uno de estos programas, en concreto para el Colegio Oficial de Arquitectos de Cataluña (COAC), y descubrió que en algunos casos se presentaba la ficha de otra ubicación, o que algún compañero realizaba el cálculo del aislamiento acústico global de la fachada introduciendo la superficie del acristalamiento con valor negativo. Ello obligó a bloquear estos datos y adoptar precauciones en el proceso de cálculo para la edición de la ficha justificativa. Posteriormente, con el desuso del MS DOS, el COAC prefirió realizar unos programas en Excel en los que dicho autor intervino como asesor, pero sin tomar responsabilidades debido a que los procesos de cálculo quedaban abiertos.
En algunas...