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Resumen
El presente artículo plantea una revisión del concepto de dominio de nuestro artículo 582 del Código civil, para determinar aquello que pertenece a la tradición jurídica romana en dicha definición y aquello que ha sido aportado por el Derecho moderno. En esta línea, el artículo plantea que el contenido del dominio, como derecho de exclusión de la posesión, sigue permaneciendo en la esencia de la definición de nuestro Código (y no como la pura suma de facultades), pero que no puede considerarse, por el contrario, que se recogiera desde el Derecho romano la idea de que la propiedad fuese un verdadero derecho subjetivo.
Palabras clave
Dominio - posesión - derecho subjetivo.
Abstract
This article presents a review of our domain concept Article 582 of the Civil Code, to determine what belongs to the Roman legal tradition within that definition and that which has been provided by the modern law. In this line, the article argues that the contents of the domain, such as exclusion of the right of possession, still remains at the core of the definition of our code (and not the pure sum of powers), but can not be considered, by instead, they pick from Roman law the idea that the property was a real subjective right.
Keywords
Domain - possession - subjective right.
Recibido el 2 de abril y aceptado el 15 de mayo de 2016
I. LO NUEVO Y LO ANTIGUO EN EL CONCEPTO DE DOMINIO: LAS PREGUNTAS
El artículo 582 del CC define el dominio de la siguiente manera: "El dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o el derecho ajeno"} ¿Cuáles son las bases romanas de esta definición? O, en otras palabras, ¿qué es lo nuevo y lo propiamente romano que aún conserva la definición chilena?
Consideramos que la cuestión puede ser analizada desde dos puntos de vista. Por un lado, uno podría considerar la definición dogmática del dominio. Veamos algunos ejemplos. Alessandri y Somarriva definen el dominio como el derecho que confiere al sujeto el poder más amplio sobre una cosa; en principio, que lo faculta para apropiarse, en forma exclusiva, de todas las utilidades que...