BARÓN, Andrés Raimundo de Borgoña, conde de Galicia. Política y relaciones de poder en el occidente peninsular (1093-1107). Glyphos Publicaciones. Valladolid: 2017, 478 pp. ISBN: 978-84-94538-68-1.
Esta es una obra de gran interés para los especialistas de los siglos xi y xii, pero también para el público en general, puesto que no existía hasta el momento una monografía sobre el conde Raimundo de Borgoña, algo de lo que era deudora tanto la historiografía española como la francesa. Es cierto que recientemente se han publicado diversos estudios monográficos que han reavivado el interés por el conocimiento de los años finales del siglo xi y el primer tercio del siglo xii. Me refiero a libros que han puesto el acento en las personalidades políticas de ese complejo momento histórico: la reina Urraca I (Pallares y Portela, 2006; Gordo y Melo, 2018) y el obispo y arzobispo de Santiago Diego Gelmírez (Portela, 2016), que se suman a los más numerosos estudios sobre la figura del rey Alfonso VI; sin embargo, en mi opinión, el conocimiento de este periodo histórico quedaba aún incompleto por la ausencia de un trabajo sobre una personalidad política que tanto influyó en el reino, como lo fue el conde Raimundo de Borgoña.
Andrés Barón ha centrado sus investigaciones en el estudio de los grupos aristocráticos de los siglos plenomedievales. Sus aportaciones han puesto el acento en la reconstrucción de parentelas, la evolución de las estructuras aristocráticas y el estudio del patrimonio y de las comitivas vasalláticas de la aristocracia de la Tierra de Campos entre los siglos x y xiii, y también, y de forma más biográfica, en el poder y dominio del conde Pedro Ansúrez. En esta ocasión, el autor retoma de nuevo el estudio biográfico para centrarse en la figura del conde Raimundo de Borgoña, de quien presenta la reconstrucción de su parentela, sus redes vasalláticas y sus relaciones de poder para ilustrar el enorme poder que ejerció en la Extremadura y, sobre todo, en el noroeste peninsular.
En la introducción del libro, Andrés Barón alude a la necesidad de abordar un estudio sobre la figura del conde Raimundo. Personaje que debió llegar a Hispania con los séquitos atraídos por la solicitud de apoyo de Alfonso VI a otros gobernantes europeos, después de la famosa derrota de sus fuerzas en la batalla de Sagrajas -o Zalaca- contra los almorávides de Yusuf ibn Tašufín (1086), y que pronto fue adquiriendo prestigio y consolidando sus bases de poder. Llegó a casarse con la infanta Urraca, hija del rey, primogénita y legítima. Matrimonio que, en ese momento, catapultaba a Raimundo situándole en la línea directa de sucesión al trono de León y Castilla, ya que no existía aun un heredero varón. Esa privilegiada posición fue la que, en opinión de Barón, permitió a Raimundo actuar como uno de los principales colaboradores de Alfonso VI. De hecho, su suegro, el rey, le encomendó la repoblación de los territorios al sur del Duero y la defensa de las ciudades que, en esa Extremadura, custodiaban los pasos del Sistema Central, además del gobierno de los territorios del noroeste peninsular, es decir, Galicia y el territorium Portucalense. Indudablemente, pues, el conde Raimundo ejerció un poder considerable en este período histórico que es necesario conocer de forma particular. En este sentido, el autor pone en evidencia la inexistencia no solo de un estudio monográfico sobre el conde Raimundo, sino también de trabajos de peso sobre su figura en el panorama historiográfico, más allá de algunos estudios en los que se hace alguna alusión puntual al conde por su evidente protagonismo en los temas tratados. Barón atribuye esta realidad al hecho de que, durante mucho tiempo, ha habido una ausencia de interés entre los historiadores por el análisis de los poderes laicos en la plena Edad Media; y ello, sobre todo, por las dificultades y el esfuerzo que representa emprender el estudio de los grupos aristocráticos de esos siglos centrales de la Edad Media, precisamente por la escasez de datos documentales, pero también por la dispersión de los existentes. Además, el caso concreto del conde Raimundo conlleva una dificultad añadida: la información que se tiene de él no es abundante y, por ello, existen considerables lagunas. Sin embargo, el autor asume el reto y logra escribir una obra que, me apresuro a decir, va a ser claramente de referencia para los historiadores que, desde diferentes puntos de vista, nos dedicamos al estudio de los siglos centrales de la Edad Media.
A la introducción siguen cinco capítulos que se desarrollan a partir de la biografía del conde Raimundo siguiendo su progreso en el poder.
El primer capítulo es una excelente reconstrucción de la parentela del conde, cuyos orígenes se sitúan en Borgoña y en Mâcon. Se trata de una reconstrucción amplia y detallada que integra la ascendencia del conde Raimundo y sus hermanos y sobrinos, así como su propia descendencia. Todo ello pone en evidencia el profundo conocimiento de las fuentes francesas (no solo documentales, sino también cronísticas) por parte del autor, que somete a una encomiable labor de prosopografía, pero también el conocimiento de la estructura de los grupos aristocráticos de esas tierras desde principios del siglo xi. Barón plantea, en esta parte, las diferencias que se constatan en las estructuras de los grupos aristocráticos entre el continente y los reinos de León y Castilla por lo que se refiere a la referencia a un ascendiente común. En este sentido, la pertenencia a un determinado linaje y la existencia de un antepasado común era ya un rasgo distintivo en las tierras de Borgoña. Las estructuras familiares de esta aristocracia eran agnaticias y, por ello, destacaba la figura del hijo primogénito, lo que obligaba a los segundogénitos a buscar otras opciones para consolidar su posición en la sociedad. Esta última era la realidad del conde Raimundo como miembro de su parentela.
En el segundo capítulo el autor aborda la llegada del conde Raimundo a las tierras de Hispania y su integración en la corte del rey Alfonso VI. Cuestiones cuya cronología exacta es imposible de establecer por la escasez de datos entre las fuentes. Según el autor, las fuentes francesas detallan la petición de ayuda de Alfonso VI a las cortes europeas para hacer frente a la nueva amenaza almorávide y es en ese ambiente en el que hay que situar la llegada del conde Raimundo. Este, como miembro secundario de su parentela, necesitaba buscar otras opciones para secundar su particular cursus honorum. Y a partir de ahí Barón plantea una interesante hipótesis: dentro del engranaje de las alianzas familiares de los grupos aristocráticos debió ser fundamental el apoyo de su hermana Sibila, casada con el duque Eudes I, para que Raimundo se integrara bajo la protección del duque, circunstancia que mejoraba sus expectativas de poder. Con él Raimundo debió llegar a la Península y, en este contexto, Eudes debió acudir a la corte del rey Alfonso VI no solo para visitar a su tía Constanza, esposa del rey leonés, sino también para establecer con el rey una alianza que preveía el matrimonio de Raimundo con la infanta Urraca y, posteriormente también, el del conde Henri que de Borgoña, hermano de Eudes, con la infanta Teresa, hija natural del rey. Esta alianza beneficiaba a las dos partes: Alfonso VI reforzaba su proyección exterior y obtenía el apoyo necesario para su futura relación con el poder almorávide que, desde el principio, se descubría difícil; para la casa de Borgoña la alianza suponía proyectar su influencia en una de las cortes más poderosas del momento. Igualmente debió ser fundamental la influencia que debió ejercer en el establecimiento de esta alianza la abadía de Cluny, interesada en asegurar la renta anual que recibía de los reyes de León y Castilla.
A la luz de los datos disponibles, Barón afirma que Raimundo debió llegar a la Península hacia 1087; aunque concluye que no puede constatarse su presencia definitiva hasta 1093, momento en que el conde aparece de forma continuada en los documentos regios de Alfonso VI tras su matrimonio con la infanta Urraca.
Otro aspecto importante analizado en este capítulo es la influencia alcanzada por el conde Raimundo en la corte de Alfonso VI. Influencia que, indudablemente, se confirma por la posición que adquiere al integrarse en la familia real por su matrimonio con Urraca. A partir de ese momento, Raimundo forma parte del palatium regis y figura en la documentación como yerno del rey. Se plantea aquí el hecho de que la posición de Raimundo llegue a desplazar a la de otros integrantes de la corte, pero no hay que olvidar que Raimundo se posicionaba como firme candidato a suceder al rey Alfonso VI en el trono, puesto que aún no existía un heredero varón del rey.
El tercer capítulo trata la intervención del conde en la Extremadura como tenente del rey. De nuevo se plantea aquí la dificultad de establecer una datación sobre su participación en los procesos de repoblación de los territorios del sur del Duero. Tradicionalmente, la historiografía ha establecido que esta tuvo lugar a partir del año 1087; sin embargo, Andrés Barón advierte que no es posible documentar la presencia del conde en Hispania hasta el año 1093 y, de hecho, no es hasta el año 1094 cuando la documentación revela su posición como tenente en algunas plazas al sur del Duero, donde reemplaza a poderosos magnates que habían iniciado tareas de repoblación en la línea del Duero.
En esos lugares, el conde Raimundo llevó a cabo diversas funciones que respondían a la jurisdicción delegada que el rey le había encomendado y a las que Barón dedica distintos apartados dentro de este capítulo: en primer lugar, era fundamental la función militar por lo que se refiere particularmente a las cuestiones de defensa del territorio, pero también a la potenciación de la guerra en acciones ofensivas contra los territorios islámicos, lo que exigía la consolidación de una serie de ciudades-fortaleza que el conde reconstruyó y adaptó, y el establecimiento de población que debía especializarse en la guerra, como sociedad de frontera que era. Otras de sus funciones en la Extremadura fueron la restauración de las diócesis eclesiásticas, lo que era fundamental para la organización del territorio y para su implantación en el sistema político de la monarquía; la distribución de los grupos repobladores, que Barón analiza desde las necesidades militares de los grupos establecidos en esa área geográfica; la actividad fiscal relacionada con la recaudación de rentas y tributos, que Raimundo desempeñaba como representante del rey en la Extremadura, pero también la recaudación de los tributos que procedían de la administración de justicia y que sancionaban a quienes incumpliesen la ley. Junto con todas estas funciones fue muy importante la promulgación de cartas forales, aunque afirma el autor que solo se tiene constancia de que redactara el fuero de Valle (1094).
Es obvio que la vasta zona geográfica donde actuaba el conde, pero también la amplitud de sus funciones como tenente hacían necesario la delegación de algunas de ellas entre sus colaboradores; aunque no hay datos que permitan establecer quiénes eran. Sin embargo, apunta Barón que la ausencia casi total de aristocracia autóctona en la Extremadura llevó al conde a apoyarse en colaboradores de origen franco. No sucedió lo mismo en las tierras gallegas, donde Raimundo no concedió prerrogativas de gobierno a sus servidores borgoñones, precisamente para asegurarse el apoyo de distintos sectores de la aristocracia gallega y leonesa.
Al siguiente capítulo, el cuarto, dedica Andrés Barón más de la mitad de las páginas de su libro. Se trata de un extenso análisis de la actividad de Raimundo como conde de Galicia, título por el que ha pasado a la historia. De hecho, no es que no fuesen importantes sus actividades en las tierras de la Extremadura, pero su verdadero feudo fue Galicia.
Como es sabido, en un primer momento la cesión de Alfonso VI a su yerno comprendía no solo las tierras de Galicia, sino también el territorium Portucalense hasta la desembocadura del Tajo. Luego, en 1096, Alfonso VI otorgó los territorios portugueses a su yerno Henrique de Borgoña. En el análisis de estos aspectos, una vez más, Barón topa con la dificultad de las fuentes disponibles. Porque no existe información segura relacionada con el conde Raimundo antes del año 1093, lo que ha convertido su acceso al gobierno de Galicia en objeto de debates y polémicas historiográficas. En realidad, afirma Barón, tras hacer un recorrido por las conclusiones de los autores que han tratado este aspecto, corrigiendo incluso teorías propias de estudios anteriores, el acceso del conde a las estructuras de poder del noroeste peninsular debió producirse al poco de contraer matrimonio con la infanta Urraca.
En su análisis sobre las causas que motivaron la concesión de estas tierras del noroeste peninsular, Barón pone el acento en que la política regia del momento no era ya la de entregar vastas tierras a la aristocracia laica, lo que podía poner en dificultad a la propia autoridad regia por una excesiva acumulación de poder de estos aristócratas. Por ello, se concedieron estas tierras a un integrante de la familia real, al esposo de la primogénita legítima, quizás también, como una posible medida de futuro en materia sucesoria si finalmente el rey tenía un heredero varón y la infanta Urraca quedaba excluida de la sucesión al trono. Pero el autor valora además otros argumentos planteados por otros especialistas, matizando algunas conclusiones: no descarta la voluntad de consolidar la implantación del rito romano donde el ritual mozárabe estaba fuertemente asentado, pero, en su opinión, esta no puede ser la única causa. En conexión con esto, pudo influir también la voluntad de la diócesis de Braga por recuperar la dignidad metropolitana que generó tensiones políticas con el rey; sin embargo, según Barón, estos hechos tuvieron lugar en el momento en que el conde Raimundo debió llegar a la Península, por lo que esta no pudo ser la causa exclusiva, sino una más de ellas. Además, en su opinión, debió contribuir en la decisión del rey la rebelión armada de la aristocracia laica del año 1087, liderada por Rodrigo Ovéquiz y en la que participaron también altas dignidades del clero de Galicia. Para Barón este último factor tiene una importancia capital y lo apunta como una nueva teoría, ya que el rey debió querer ejercer mayor control sobre el territorio por el peligro que podía suponer para la autoridad regia una nueva revuelta, en un momento en que existía un claro deterioro de las relaciones entre la aristocracia laica y Alfonso VI. De este modo, concluye Barón que la revuelta del año 1087 no se debió a la designación del conde Raimundo como señor de Galicia, sino que su designación debió ser una consecuencia de la revuelta.
Una vez argumentadas las posibles fechas y motivaciones de la concesión de estas tierras a Raimundo, el autor pasa a analizar las altas cuotas de poder que el conde alcanzó en esas tierras y que superaban a las de cualquier otro miembro de la aristocracia en sus condados o demarcaciones delegadas. Allí ejerció Raimundo las más altas competencias políticas con un elevado grado de autonomía, y afirma Barón que Raimundo fue más lejos en sus funciones de lo que correspondía al ejercicio de un poder delegado, ejerciendo competencias que correspondían al rey con derechos de indudable carácter público. Ejercía el poder como si no estuviese supeditado a ninguna autoridad terrenal superior. Además, a su alrededor había consolidado una curia palatina, un aparato similar al palatium regis de Alfonso VI, donde tomaba decisiones, legislaba, confirmaba fueros, impartía justicia y obtenía el consilium y auxilium militar. Asimismo, fue muy importante el entramado vasallático que logró constituir para obtener la fidelidad de los miembros más importantes de la aristocracia laica y del clero. Fidelidad a la que correspondía el ejercicio de un poder delegado que el conde Raimundo les concedía.
Según el autor, fueron todas estas manifestaciones de poder del conde Raimundo, que llegan a ser incluso muy evidentes en las intitulaciones, las que habrían provocado que el rey decidiese entregar el territorium Portucalense a su yerno Henrique y no la pérdida de Lisboa por parte del conde Raimundo en el año 1095, como se había sostenido tradicionalmente. En una interesante reflexión, Barón apunta que en 1095 Alfonso VI acudió a Galicia -para rezar ante la tumba del apóstol Santiago, según la Historia Compostelana- y que su presencia en esas tierras bien pudo responder a la voluntad del rey de ver en persona hasta qué punto se habían acrecentado las cuotas de poder de Raimundo e impedir la debilitación del poder regio que pudiera llevar a una situación similar a la revuelta del año 1087.
También es fundamental en este capítulo el apartado dedicado a la organización y articulación política del espacio. En él Andrés Barón incide en las relaciones que el conde Raimundo estableció con la aristocracia laica y con los clérigos para alcanzar el control del territorio. En este sentido, Raimundo concedió cartas de coto y de inmunidad para buscar el apoyo de catedrales y monasterios, puesto que estos tenían una mayor capacidad de penetración en los espacios rurales, circunstancia que no podía obviar el conde en su necesidad de control del territorio. Además, fue situando en un amplio número de demarcaciones administrativas a sectores inferiores de la aristocracia laica -los merinos-, cuyas funciones y cargos podían ser revocados, e intentó mermar la influencia que los grandes magnates habían acaparado en épocas anteriores, concediendo cartas de inmunidad para evitar la violencia de los poderosos al arrebatar propiedades a terceros e incrementar las propias estructuras de poder. Sin embargo, a pesar de los intentos de prescindir de la participación de la aristocracia magnaticia en las cuestiones referentes al ejercicio del dominio señorial, como de hecho era la dinámica general en el reino, esta aristocracia continuó ejerciendo las prerrogativas de poder delegado sobre el territorio porque, obviamente, el conde no podía prescindir de los altos aristócratas. No obstante, la intervención de Raimundo en la organización del territorio y en la distribución de poder es un claro precedente de la política que, en ese sentido, llevará a cabo su hijo, el futuro Alfonso VII, con la extensión del sistema de tenencias.
A partir de lo anterior, Barón realiza un amplio y profundo análisis de la relación del conde con los poderes superiores del territorio a los que identifica. Se trata del amplio tejido vasallático que el conde Raimundo logró tejer para hacer efectiva su autoridad, un amplio círculo de fieles y acólitos que le permitieron defender el territorio, evitar revueltas e, incluso, hacer valer sus derechos al trono. En primer lugar, el autor habla de los miembros de la aristocracia magnaticia que fueron cerrando filas en torno a su persona. Se trata mayoritariamente de aristócratas que ocupaban un lugar secundario en sus familias o, bien, que estaban iniciando su trayectoria política en la curia del rey Alfonso VI, por lo que su posición cercana al rey distaba mucho de la que gozaban otros miembros de la aristocracia más aventajados. Para estos magnates, situarse al lado del conde significaba una oportunidad única de consolidar sus propias estructuras y expectativas de poder; mientras que Raimundo obtenía el apoyo de hombres fieles. También los sectores inferiores de la aristocracia laica son objeto de análisis del autor del libro. Afirma Barón que un elevado porcentaje de ellos ocupó puestos de relevancia en la oficialidad del conde, sobre todo como merinos. Por último, se detiene en el análisis de los colaboradores eclesiásticos: obispos, abades y clérigos, con quienes Raimundo tuvo una relación de suma cordialidad y colaboración, puesto que, de nuevo, el objetivo principal era el control del territorio. La estrecha colaboración de los clérigos con el conde se observa también en los cargos de canciller y notario que ocuparon fundamentalmente oficiales procedentes del cabildo de Santiago. Esta circunstancia se explica, según Barón, porque la urbe de Santiago fue un lugar habitual de residencia del conde Raimundo y su esposa, la infanta Urraca. Destaca entre ellos la figura de Diego Gelmírez, futuro obispo y arzobispo de Santiago. Sobre él, el autor recurre a los varios estudios que Ermelindo Portela ha dedicado a esta figura, aunque parece que lamentablemente ya no pudo consultar para la redacción de su libro el último trabajo de Portela, que vio la luz en 2016 (Diego Gelmírez (c. 1065-1140): El báculo y la ballesta).
El último capítulo, el quinto, lo dedica Barón a la cuestión del pacto sucesorio. Temática que ha suscitado, también, no pocas polémicas y debates historiográficos. De nuevo, el autor expone las teorías de los principales especialistas sobre este argumento, señalando las controversias por lo que se refiere a su datación, y plantea al final una propuesta propia. El llamado pacto sucesorio fue un acuerdo establecido entre el conde Raimundo y su primo, el conde Henrique de Borgoña, con el apoyo de Cluny, para establecer la sucesión al trono de León y Castilla al fallecer el rey Alfonso VI. Se trata de un compromiso de fidelidad -de un pacto feudal, pleito-homenaje como lo llama el autorde Henrique para apoyar a Raimundo en los derechos al trono, mientras que Raimundo le aceptaba como vasallo y le entregaba a cambio las tierras de Toledo y parte del tesoro de esta ciudad, y, si esto no fuera posible, el mismo condado de Galicia. El pacto surge como una forma de asegurar la sucesión del conde Raimundo al trono una vez que su posición peligra por la posible descendencia masculina que el rey puede tener de un nuevo matrimonio -al haber fallecido la reina Constanza- o por la posibilidad de que el rey legitimase como sucesor al trono a su hijo ilegítimo, el infante Sancho.
No hay fechas precisas para datar la redacción de este pacto sucesorio. La hipótesis de Barón, siguiendo las teorías de A. Estefânio, es que el nacimiento del infante Alfonso Raimúndez, hijo del conde Raimundo y de la infanta Urraca, en marzo de 1105, fija la fecha ante quem en la que debió firmarse el pacto sucesorio; mientras que, para Barón, la fecha post quem la marca la confirmación de los fueros de los habitantes de Santiago del 16 de diciembre de ese mismo año. En su opinión, en medio de la confirmación de estos fueros tuvo lugar una curia condal convocada por Raimundo a la que asistieron todos sus vasallos laicos, sus colaboradores eclesiásticos y otras dignidades eclesiásticas del conjunto del reino. El propósito de esta curia sería el de comunicar a los presentes el acuerdo de un pacto para que fuese su hijo Alfonso Raimúndez, y no el infante Sancho, quien accediese al trono de León y Castilla al fallecer el rey. En estas circunstancias, el conde Raimundo y la infanta Urraca se presentaban como regentes hasta que el infante Alfonso Raimúndez pudiese acceder al trono. Según el autor, se trataba de comunicar, pero también de recabar apoyos fuera de la propia área de influencia, de ahí que asistieran a esa curia otras dignidades eclesiásticas del reino.
Es una hipótesis interesante; sin embargo, el propio autor no da la cuestión por cerrada y afirma que es un tema abierto a nuevas aportaciones e hipótesis. De hecho, el ambiente de intrigas en el que se genera el pacto hace difícil el poder llegar a conclusiones definitivas.
El libro se cierra con una conclusión en la que el autor hace un sucinto recorrido por la evolución política del conde Raimundo y la consolidación de su poder en Hispania, concluyendo que, a pesar de que Raimundo nunca reinó, sí fue el origen de la estirpe que llevó a reinar a la dinastía borgoñona que se inaugura con su hijo Alfonso VII. Por último, reitera la dificultad de llevar a cabo un estudio monográfico sobre la personalidad del conde Raimundo por la escasez y fragmentación de las fuentes y por el carácter apócrifo de muchas de ellas, circunstancia que ha suscitado no pocas polémicas entre los especialistas, sobre todo por cuanto se refiere al establecimiento de fechas seguras. Este es para el autor el principal motivo por el que no se ha hecho antes un estudio monográfico, además del carácter foráneo del personaje que dificulta la investigación. El objetivo último de este libro, pues, es llenar el vacío existente en las historiografías española y francesa.
Objetivo que el autor ha cumplido con creces porque, indudablemente, este libro que utiliza una abundante bibliografía, integrada por fuentes documentales y cronísticas, además de libros y artículos especializados, constituye una excelente fuente de información que permite completar el conocimiento del complejo momento político que supusieron los últimos años de reinado de Alfonso VI; aunque echo de menos referencias concretas al papel de la infanta Urraca como condesa-consorte, ya que, después de todo, es ella quien transfiere la herencia real al conde Raimundo. No obstante, el libro refleja clara y detalladamente el poder que ostentó el conde y la amplia red de apoyos que logró tejer para hacer efectivo el ejercicio de ese poder. En este sentido, la obra permite comprender también la situación política que se creó en Galicia a la muerte del conde Raimundo y el poder que continuaron ostentando algunos de sus máximos colaboradores, como por ejemplo Diego Gelmírez y el conde Pedro Fróilaz de Traba. Situación que se mantendrá durante el reinado de doña Urraca y también de su heredero, el rey Alfonso VII. Además, esta obra de Andrés Barón constituye una importante fuente de información para las cuestiones que tienen que ver con las relaciones de poder y el ejercicio del poder a través de un personaje clave para la historia de León y de Castilla de finales del siglo xi y principios del siglo xii. Personaje que, formando parte de una familia aristocrática foránea, llegó a desposar a la hija legítima del rey Alfonso VI, consiguió ejercer un poder extraordinario en su reino y optó a la sucesión al trono de León y Castilla. Sucesión al trono a la que no renunció y que defendió hasta el final de sus días.
Sonia Vital Fernández
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© 2018. This work is published under https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/ (the “License”). Notwithstanding the ProQuest Terms and Conditions, you may use this content in accordance with the terms of the License.
Abstract
Sin embargo, el autor asume el reto y logra escribir una obra que, me apresuro a decir, va a ser claramente de referencia para los historiadores que, desde diferentes puntos de vista, nos dedicamos al estudio de los siglos centrales de la Edad Media. En esos lugares, el conde Raimundo llevó a cabo diversas funciones que respondían a la jurisdicción delegada que el rey le había encomendado y a las que Barón dedica distintos apartados dentro de este capítulo: en primer lugar, era fundamental la función militar por lo que se refiere particularmente a las cuestiones de defensa del territorio, pero también a la potenciación de la guerra en acciones ofensivas contra los territorios islámicos, lo que exigía la consolidación de una serie de ciudades-fortaleza que el conde reconstruyó y adaptó, y el establecimiento de población que debía especializarse en la guerra, como sociedad de frontera que era. En conexión con esto, pudo influir también la voluntad de la diócesis de Braga por recuperar la dignidad metropolitana que generó tensiones políticas con el rey; sin embargo, según Barón, estos hechos tuvieron lugar en el momento en que el conde Raimundo debió llegar a la Península, por lo que esta no pudo ser la causa exclusiva, sino una más de ellas. Para Barón este último factor tiene una importancia capital y lo apunta como una nueva teoría, ya que el rey debió querer ejercer mayor control sobre el territorio por el peligro que podía suponer para la autoridad regia una nueva revuelta, en un momento en que existía un claro deterioro de las relaciones entre la aristocracia laica y Alfonso VI.
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